Aragon · INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO (INAEM)
Convocatoria contratación estable y de calidad 2026
Resumen
Estas ayudas del Instituto Aragonés de Empleo (INAEM) tienen como objetivo impulsar la contratación indefinida y la estabilidad laboral en Aragón. Se subvenciona tanto la contratación indefinida inicial de personas desempleadas con dificultades de inserción (por edad o desempleo de larga duración) como la conversión de contratos formativos en indefinidos para jóvenes.
La convocatoria pone un foco especial en la igualdad de género, ofreciendo incentivos específicos para la contratación de mujeres, así como en el desarrollo local, promoviendo el empleo en núcleos de población con menor número de habitantes.
Resulta de gran interés para autónomos, pymes y entidades sin ánimo de lucro que busquen ampliar o consolidar su plantilla, ya que permite reducir los costes de contratación de personal cualificado o de jóvenes formados en la propia organización.
Quién puede solicitarla
Puedes solicitar estas ayudas si cumples con los siguientes requisitos:
- Ser una empresa (cualquiera que sea tu forma jurídica), persona trabajadora por cuenta propia o autónoma, o entidad privada sin ánimo de lucro del mercado ordinario de trabajo.
- Desarrollar tu actividad económica en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Actuar en condición de empleadora contratando por cuenta ajena a personas desempleadas o transformando contratos formativos.
- Encontrarte al corriente de tus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonómica, así como con la Seguridad Social.
- No haber sido sancionado mediante resolución administrativa o sentencia judicial firme por prácticas discriminatorias de género o contra los derechos de las personas LGTBI.
- No haber sido sancionado con la exclusión de ayudas de empleo según la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
- Cumplir con la cuota de reserva del 2% para trabajadores con discapacidad si tu plantilla es de 50 o más personas.
- Cumplir con el régimen de ayudas de minimis, no superando el límite de 300.000 euros de ayuda en un período de tres años.
Cuantía
La dotación presupuestaria total asignada inicialmente para esta convocatoria es de 2.250.000 euros (aunque el presupuesto total según la BDNS asciende a 2.700.000 euros debido a posibles ampliaciones de crédito).
El importe exacto de la subvención, los porcentajes de cofinanciación, los tramos y los límites máximos que corresponden a cada beneficiario individual no aparecen en el texto de la convocatoria; consúltalo en las bases reguladoras.
Gastos subvencionables
Son subvencionables las siguientes actuaciones laborales realizadas en centros de trabajo de Aragón entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026:
- Contratos indefinidos iniciales a jornada completa o parcial.
- Conversiones de contratos formativos en contratos indefinidos.
Quedan excluidos los siguientes tipos de contratos y situaciones:
- Contrataciones de carácter fijo-discontinuo.
- Relaciones laborales de carácter especial.
- Contratos para prestar servicios en otras empresas usuarias mediante puesta a disposición (ETTs).
- Contratación de familiares (cónyuge, ascendientes, descendientes o parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive) del empresario, directivos o miembros de la administración de la sociedad. Se exceptúa si el autónomo contrata a hijos menores de 30 años o si, no teniendo asalariados, contrata a un único familiar menor de 45 años que no conviva con él.
- Socios que posean más del 33% del capital social, miembros de comunidades de bienes o de sociedades civiles solicitantes.
- Personas que hayan tenido vinculación laboral indefinida previa con la empresa o grupo en los 12 meses anteriores, o de carácter temporal en los 3 meses anteriores (para contratos indefinidos iniciales).
- Personas que hayan finalizado un contrato indefinido con otro empleador en los 3 meses previos, salvo despido improcedente o colectivo.
- Ayudas a empresas de sectores excluidos por el reglamento de minimis (producción primaria de pesca, acuicultura y productos agrícolas, o actividades vinculadas a la exportación).
Criterios de valoración
El procedimiento de concesión se tramita bajo la modalidad simplificada de concurrencia competitiva. Esto significa que las solicitudes no se comparan entre sí mediante un baremo de puntos, sino que se evalúan y aprueban por estricto orden de presentación (fecha y hora de registro de entrada) siempre que cumplan con los requisitos exigidos, hasta que se agote por completo el crédito presupuestario disponible.
Cómo solicitarla
La tramitación es obligatoriamente electrónica. Sigue estos pasos:
- Accede a la sede electrónica del Gobierno de Aragón a través del trámite específico "Subvenciones para el estímulo del mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de calidad" en la dirección: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/subvenciones-para-el-estimulo-del-mercado-de-trabajo-y-el-fomento-del-empleo-estable-y-de-calidad-1
- Cumplimenta los campos del formulario oficial obligatorio e incorpora la documentación requerida (contrato de trabajo, escrituras, informes de vida laboral de la empresa si no autorizas su consulta, y acreditaciones específicas de colectivos vulnerables si corresponde).
- Firma la solicitud y la declaración responsable mediante tu certificado digital.
- Envía el formulario para obtener el justificante de registro con la fecha y hora oficial de presentación.
- El plazo de presentación es de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al alta en la Seguridad Social de la persona contratada. Si el contrato se inició entre el 1 de octubre de 2025 y la entrada en vigor de la convocatoria, el plazo de 15 días hábiles se cuenta desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria.
Ir a la sede electrónica para solicitarla →
Preguntas frecuentes
- ¿De cuánto tiempo dispongo para pedir la ayuda una vez contrato al trabajador?
- Tienes un plazo de 15 días hábiles que empiezan a contar desde el día siguiente al alta del trabajador en la Seguridad Social.
- ¿Puedo pedir la subvención si he hecho un contrato fijo-discontinuo?
- No, los contratos de carácter fijo-discontinuo están expresamente excluidos de estas ayudas.
- ¿Qué pasa si el presupuesto se agota antes de que revisen mi solicitud?
- Las solicitudes se resuelven por estricto orden de entrada. Si el presupuesto se agota, las solicitudes pendientes serán denegadas por falta de fondos y no generarán derechos para futuras convocatorias.
- ¿Puedo contratar a un familiar y recibir la ayuda?
- Por regla general no. Sin embargo, se permite si eres autónomo y contratas a un hijo menor de 30 años, o si eres un autónomo sin asalariados y contratas a un único familiar menor de 45 años que no viva contigo.
- ¿Cuánto tiempo tengo que mantener contratado al trabajador?
- No aparece en el texto de la convocatoria; consúltalo en las bases reguladoras.
- ¿Qué documentación necesito para demostrar que he contratado a una mujer víctima de violencia de género?
- Puedes acreditarlo mediante sentencia judicial condenatoria, orden de protección vigente, resolución judicial con medidas cautelares, informe del Ministerio Fiscal, certificado de incorporación al Programa de Renta Activa de Inserción o acreditación administrativa del Instituto Aragonés de la Mujer.
Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 898960 · Cómo elaboramos las fichas