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Guía de Ayudas

Pais Vasco · LANBIDE-SERVICIO VASCO DE EMPLEO

Ayudas contratación de personas mayores de 50 años en desempleo 2026-2027

Quedan7 díasCierra el 30 de septiembre de 2026
Cuantía máxima citada15.750 €Ver condiciones y tramos →

Resumen

Estas ayudas de Lanbide buscan incentivar la contratación de personas desempleadas de 50 o más años en centros de trabajo del País Vasco. El objetivo es combatir el edadismo y facilitar la reincorporación al mercado laboral de un colectivo que sufre especialmente el desempleo de larga duración.

La convocatoria financia tanto contratos indefinidos (con un mínimo de 12 meses de duración) como contratos temporales (con un mínimo de 6 meses). Las contrataciones deben haberse iniciado a partir del 1 de enero de 2026 y suponer una creación neta de empleo en la empresa respecto a la plantilla media de los 6 meses anteriores.

Quién puede solicitarla

Pueden solicitar estas ayudas las empresas y entidades privadas, incluyendo trabajadores autónomos, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma de Euskadi (CAE) o un centro de trabajo radicado en ella.
  • Haber comunicado a la Representación Legal de los Trabajadores la intención de contratar bajo este programa (o declarar que no se dispone de ella).
  • Estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No haber sido sancionadas por discriminación de sexo ni por incumplimiento de normativas ambientales.
  • Cumplir con los plazos de pago a proveedores de la Ley de Morosidad (para ayudas superiores a 30.000 euros).
  • Quedan excluidas las Administraciones Públicas y el sector público.

Cuantía

La ayuda se calcula por cada contratación en función del tipo de contrato y la titulación requerida para el puesto:

Para contratos temporales (mínimo 6 meses):

  • Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura, Máster o Grado: 4.725 €
  • Ciclo Formativo de Grado Superior (FP II): 4.140 €
  • Ciclo Formativo de Grado Medio (FP I), Bachillerato o Certificado de Profesionalidad: 3.150 €
  • ESO o sin estudios: 2.500 €

Para contratos indefinidos (mínimo 12 meses):

  • Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura, Máster o Grado: 15.750 €
  • Ciclo Formativo de Grado Superior (FP II): 13.800 €
  • Ciclo Formativo de Grado Medio (FP I), Bachillerato o Certificado de Profesionalidad: 10.500 €
  • ESO o sin estudios: 8.300 €

Incrementos acumulables:

  • Se suma un 15 % si la persona contratada es mujer o tiene 55 años o más.
  • Se suma un 10 % en contratos indefinidos si la persona finalizó en 2025 o 2026 un curso de formación con compromiso de contratación de Lanbide.
  • Si se cumplen ambas condiciones, el incremento total es del 20 %.

Los importes indicados son para jornada completa; en jornadas parciales (mínimo del 70 %) se reducirán proporcionalmente. El presupuesto total de la convocatoria es de 2.500.000 €.

Gastos subvencionables

Se subvenciona la contratación de personas de 50 o más años que estuvieran desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide el día anterior al inicio del contrato.

Quedan excluidos los siguientes contratos:

  • Contratos de formación en alternancia.
  • Contratos fijo-discontinuos.
  • Contratos de puesta a disposición a través de Empresas de Trabajo Temporal (ETT).
  • Contratos en el régimen del hogar familiar.
  • Contratación de cónyuges, parejas de hecho, descendientes y familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad con los cargos directivos o propietarios de la empresa.
  • Contrataciones de personas que hayan tenido una relación laboral indefinida previa con la misma empresa, o una de duración determinada en los 3 meses anteriores.

Criterios de valoración

Las solicitudes se tramitan bajo el procedimiento de concurrencia no competitiva. Esto significa que no se comparan entre sí ni se asigna una puntuación, sino que se analizan y aprueban por estricto orden de presentación (una vez que el expediente esté completo) hasta que se agote el presupuesto total de 2.500.000 €.

Cómo solicitarla

La tramitación debe realizarse de forma exclusivamente electrónica a través de los siguientes pasos:

  1. Accede a la ficha del procedimiento en la sede electrónica del Gobierno Vasco (https://www.euskadi.eus/servicios/1234603).
  2. Rellena el formulario de solicitud y las declaraciones responsables correspondientes.
  3. Adjunta la documentación requerida: copia del contrato de trabajo, informes de plantilla media de la Seguridad Social (de los 6 meses anteriores y del día de la contratación), acreditación de representación legal y, si eres autónomo, el alta en el IAE.
  4. Si la ayuda supera los 30.000 €, aporta la certificación de cumplimiento de plazos de pago a proveedores.
  5. Envía la solicitud firmada digitalmente. El plazo de presentación finaliza el 30 de septiembre de 2026.

Ir a la sede electrónica para solicitarla →

Preguntas frecuentes

¿Puedo contratar a alguien a media jornada?
Sí, se permiten contratos a jornada parcial, pero la jornada de trabajo nunca puede ser inferior al 70 % de la jornada completa establecida. La cuantía de la ayuda se reducirá proporcionalmente.
¿Qué pasa si el trabajador contratado se va voluntariamente antes de tiempo?
Debes comunicarlo a Lanbide en el plazo de un mes. Si la baja se debe a cese voluntario, no superar el periodo de prueba, despido objetivo, jubilación o incapacidad, la ayuda se ajustará de forma proporcional al tiempo trabajado. Si es por otra causa, deberás devolver toda la subvención.
¿Existe un sueldo mínimo que deba pagar al trabajador para recibir la ayuda?
Sí. La convocatoria exige una retribución bruta anual mínima según la titulación. Por ejemplo, para titulados universitarios el mínimo es de 31.500 € anuales y para FP de Grado Superior es de 27.600 € anuales a jornada completa.
¿Puedo solicitar la ayuda si ya he iniciado el contrato de trabajo?
Sí, son subvencionables los contratos que se hayan iniciado a partir del 1 de enero de 2026, siempre que cumplas con todos los requisitos y presentes la solicitud dentro del plazo establecido.
¿Esta ayuda es compatible con otras subvenciones para la contratación?
No, estas subvenciones son incompatibles con cualquier otra ayuda pública o privada para la misma contratación y finalidad, a excepción de las bonificaciones o reducciones en las cuotas de la Seguridad Social.

Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 902995 · Cómo elaboramos las fichas

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