Pais Vasco · LANBIDE-SERVICIO VASCO DE EMPLEO
CONVOCATORIA CONTRATACIÓN MUJERES Y HOMBRES SECTORES MASC.Y FEMIN.
Resumen
Esta ayuda financia proyectos integrales que combinan la formación presencial y la posterior contratación de personas desempleadas en el País Vasco. El objetivo principal es romper la brecha de género en el mercado laboral, impulsando la incorporación de mujeres en sectores tradicionalmente masculinizados y de hombres en sectores feminizados (programa Morrokotudak).
La iniciativa resulta muy atractiva tanto para empresas que necesitan incorporar personal cualificado a medida como para centros de formación. Permite diseñar programas formativos adaptados a las necesidades reales del negocio con la garantía de que una parte importante de los costes de formación y de los nuevos contratos de trabajo estarán subvencionados.
Quién puede solicitarla
Pueden solicitar estas ayudas las siguientes entidades con centro de trabajo en el País Vasco:
- Empresas privadas que realicen directamente las contrataciones (se excluyen empresas de trabajo temporal, de outsourcing, multiservicios y sector público). Pueden impartir la formación con medios propios (si están acreditadas/inscritas) o contratar a entidades de formación homologadas.
- Entidades de formación, públicas o privadas, inscritas o acreditadas en el Registro de Entidades de Formación.
- Asociaciones sectoriales constituidas antes del 1 de enero de 2022 que representen a las empresas de un sector.
- Empresas tractoras que impulsen la contratación en sus empresas colaboradoras o subcontratadas.
Cuantía
La subvención se divide en dos líneas de ayuda por beneficiario:
- Para las acciones formativas:
El importe se calcula mediante módulos económicos por hora y alumno:
- Coste de personal (Módulo A): Fijo de 72,75 €/hora por grupo (calculado sobre un coste unitario de 4,85 €/hora/alumno aplicado a un estándar fijo de 15 alumnos).
- Gastos de funcionamiento (Módulo B): Variable según la especialidad formativa fijada en el Catálogo Vasco de Especialidades.
- Costes indirectos (Módulo C): Se añade un 10% sobre la suma de los módulos A y B.
- Para los contratos de trabajo:
- Contratos de al menos 6 meses a jornada completa sin bonificaciones en la Seguridad Social: 8.000 € por contrato.
- Contratos de al menos 6 meses a jornada completa con bonificación o reducción en la cotización: 6.650 € por contrato.
- En contratos a tiempo parcial (mínimo del 50% de la jornada y duración mínima de 1 año), la cuantía se reducirá de forma proporcional.
Gastos subvencionables
Son subvencionables los siguientes conceptos:
- Costes directos de personal docente, tutor de intermediación y jefatura de estudios.
- Gastos de funcionamiento, que incluyen costes de mantenimiento (mobiliario, reparaciones, publicidad, alquileres, amortizaciones) y material didáctico específico.
- Costes indirectos de administración, limpieza, luz, calefacción, seguros y asesoría (limitados al 10% de los costes directos).
- Los contratos de trabajo que cumplan con los requisitos de jornada y duración.
Quedan excluidos de la subvención:
- El módulo de formación práctica en centros de trabajo (prácticas no laborales).
- Las contrataciones de familiares directos (hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad) del empresario, miembros de órganos de administración o cargos directivos.
- Los contratos de formación en alternancia y los contratos mercantiles.
Criterios de valoración
El procedimiento de concesión para ambas líneas de ayuda es de concurrencia sucesiva. Esto significa que no se utiliza un baremo de puntos comparativo, sino que las solicitudes se evalúan y aprueban ordenadamente por estricto orden de presentación (según la fecha y hora en que el expediente esté completamente presentado y correcto) hasta que se agote el presupuesto total de la convocatoria.
Cómo solicitarla
La tramitación debe realizarse exclusivamente de forma electrónica a través de la aplicación informática de gestión de la formación de Lanbide (LanF). Los pasos son:
- Solicitar el acceso a la aplicación LanF a través de la web de Lanbide si la entidad no dispone de credenciales.
- Para la línea de formación: Presentar la solicitud telemática adjuntando la Memoria del proyecto formativo (perfil a contratar, tipo de contrato, empresas de destino, etc.) y, si aplica, la declaración responsable de la entidad sectorial o empresa tractora, o los compromisos de contratación de las empresas participantes.
- El plazo para solicitar las acciones formativas finaliza el 15 de octubre de 2025.
- Para la línea de contratación: Presentar una solicitud individual por cada contrato de trabajo formalizado a través de LanF, adjuntando copia del contrato y la comunicación por escrito realizada a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT).
- El plazo para solicitar la subvención por contratación es de dos meses desde el inicio del contrato, con fecha límite improrrogable el 10 de octubre de 2026.
Ir a la sede electrónica para solicitarla →
Preguntas frecuentes
- ¿Qué se considera un sector masculinizado o feminizado?
- Aquel en el que la representación de mujeres u hombres, respectivamente, no alcance el 50% en el País Vasco, según el último informe oficial de Lanbide sobre personas empleadas por ocupación y sexo.
- ¿A cuántas personas estoy obligado a contratar tras la formación?
- Existe un compromiso obligatorio de contratar, en el plazo de tres meses desde que finaliza el curso, al menos al 50% de los alumnos que terminen la formación y resulten aptos.
- ¿Qué pasa si un trabajador contratado se marcha antes de los 6 meses?
- Se realizará un ajuste proporcional de la subvención al tiempo efectivo que haya trabajado y se deberá devolver la parte de la ayuda correspondiente al periodo no cumplido.
- ¿Puedo contratar a un alumno a tiempo parcial?
- Sí, se permiten contratos a tiempo parcial siempre que la jornada sea de al menos el 50% de la ordinaria. En este caso, la duración mínima del contrato deberá ser de 1 año ininterrumpido.
- ¿Cómo se realizan los pagos de la subvención de formación?
- Se abona en dos partes: un primer pago anticipado del 35,71% tras iniciarse el curso, y el 64,29% restante una vez finalizada la formación y formalizados todos los contratos de trabajo obligatorios.
- ¿Es compatible esta ayuda con otras subvenciones?
- La subvención para el curso de formación es totalmente incompatible con cualquier otra ayuda. La subvención por contratación es incompatible con otras ayudas para el mismo contrato, excepto con las bonificaciones o reducciones de cuotas de la Seguridad Social.
Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 897356 · Cómo elaboramos las fichas