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Guía de Ayudas

Comunidad Valenciana · AGENCIA VALENCIANA DE FOMENTO Y GARANTÍA AGRARIA

RESOLUCIÓN del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, por la que se convocan ayudas a inversiones en explotaciones agrarias de la Comunitat Valenciana en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España 2023-2

Quedan34 díasCierra el 3 de septiembre de 2026
Cuantía máxima citada6.000 €Ver condiciones y tramos →

Resumen

Estas ayudas están destinadas a financiar inversiones que busquen modernizar, reestructurar o mejorar la competitividad y sostenibilidad de las explotaciones agrarias de la Comunitat Valenciana. El programa busca facilitar el relevo generacional, dar continuidad a la actividad de mujeres y jóvenes agricultores, e impulsar la recuperación del potencial productivo que haya sido dañado por desastres naturales o catástrofes climáticas.

La subvención cubre una parte importante de la inversión realizada y se abona en un único pago tras justificar la ejecución de los trabajos. El presupuesto total asignado para esta convocatoria asciende a 50 millones de euros, distribuidos en tres anualidades entre los años 2027 y 2029.

Quién puede solicitarla

Puedes solicitar estas ayudas si cumples con los siguientes requisitos:

  • Ser agricultor individual, entidad de titularidad compartida o persona jurídica.
  • Estar calificado como PYME.
  • Tener como objeto fundamental de tu negocio la actividad agraria.
  • Ser titular de una explotación agraria activa.
  • Presentar un plan de mejora de la explotación.
  • Acreditar que la Renta Unitaria de Trabajo (RUT) de tu explotación es superior al 20 % de la renta de referencia, tanto antes como después de aplicar el plan de mejora.

Cuantía

La ayuda consiste en una subvención con las siguientes condiciones:

  • El porcentaje general de ayuda es del 40 % de la inversión subvencionable.
  • Este porcentaje puede incrementarse en un 20 % adicional para jóvenes agricultores con capacitación profesional establecidos en los 5 años anteriores.
  • Se suma un 15 % adicional si más del 50 % de las Unidades de Trabajo Agrario (UTA) están en zonas con limitaciones naturales, Red Natura 2000 o municipios LEADER.
  • Se suma otro 15 % adicional si al menos el 25 % de las UTA están acogidas a compromisos medioambientales o climáticos.
  • El límite máximo de intensidad de ayuda es del 75 % (80 % en caso de inversiones para recuperar el potencial productivo por desastres naturales).
  • El volumen de inversión máximo subvencionable es de 125.000 € por UTA, con un límite de 250.000 € por explotación para todo el periodo PEPAC (en entidades asociativas se multiplica por el número de socios profesionales hasta un máximo de 4).
  • El volumen mínimo de inversión por plan de mejora debe ser de 6.000 €.

Gastos subvencionables

Se consideran gastos subvencionables los siguientes:

  • Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles y compra de terrenos.
  • Implantación y reestructuración de cultivos permanentes.
  • Instalaciones de riego y equipos de acondicionamiento, comercialización o transformación de productos (siempre que el 50 % provenga de la propia explotación).
  • Inversiones en energías renovables para autoconsumo y equipos para reducir el impacto medioambiental.
  • Compra de maquinaria nueva, vehículos de carga y transporte, y equipos informáticos (se excluyen bienes de segunda mano).
  • Adquisición de software, patentes, licencias y marcas registradas.

Quedan excluidos expresamente:

  • Compra de derechos de producción, animales y plantas anuales.
  • Intereses de deudas, licencias, tasas, impuestos y el IVA (salvo que no sea recuperable).
  • Adquisición de bienes mediante leasing, renting o reserva de dominio antes de la justificación.
  • Gastos de transporte y matriculación de maquinaria o vehículos.
  • Reparaciones, consumibles y material de recambio.
  • Variedades específicas de cítricos que produzcan semillas por polinización cruzada (como las mandarinas Nadorcott, Nova, Ortanique, Fortune, o naranjas Valencia Late, entre otras).

Criterios de valoración

Las solicitudes se ordenan de mayor a menor puntuación (mínimo exigido de 18 puntos) según el siguiente baremo:

  • Solicitante joven menor de 41 años: 7 puntos.
  • Agricultor de entre 18 y 57 años que asume una explotación por jubilación del anterior titular: 5 puntos.
  • Explotaciones de titularidad compartida o lideradas por mujeres (más del 50 % del capital o en órganos de gobierno): 5 puntos.
  • Explotaciones calificadas como prioritarias: 7 puntos.
  • Ubicación de más del 50 % de las UTA en zonas con limitaciones naturales, Red Natura 2000 o LEADER: 5 puntos.
  • Más del 50 % de las UTA dedicadas a producción ecológica o de calidad diferenciada: 5 puntos.
  • Explotaciones que utilicen o prevean utilizar más de dos UTA tras el plan de mejora: 5 puntos.
  • Planes de mejora con al menos un 25 % de inversión medioambiental, de ahorro energético o innovadora: 3 puntos.
  • Inversiones destinadas a recuperar el potencial destruido por catástrofes o desastres naturales: 5 puntos.
  • En caso de empate, se dará prioridad a la explotación con mayor dimensión equivalente en UTAs.

Cómo solicitarla

El procedimiento de solicitud se realiza de la siguiente manera:

  1. Accede a la aplicación informática específica (https://picassa.gva.es/picassa/anuncios) para generar tu Plan de Mejora y el estudio económico de viabilidad.
  2. Prepara la documentación requerida (identificación, acreditación de agricultor profesional, escrituras si es persona jurídica, presupuestos o las tres ofertas de proveedores si la inversión no se financia mediante costes unitarios).
  3. Presenta la solicitud de forma telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana (procedimiento G574).
  4. Si actúas mediante representante, registra previamente el poder en el Registro de Representantes de la ACCV.
  5. Registra o modifica tu cuenta bancaria para el cobro de la ayuda en el trámite telemático correspondiente (proc22648).
  6. El plazo de presentación finaliza el 3 de septiembre de 2026.

Ir a la sede electrónica para solicitarla →

Preguntas frecuentes

¿Puedo comprar un tractor de segunda mano con esta ayuda?
No, la compra de maquinaria, vehículos y equipos de segunda mano está expresamente excluida de los gastos subvencionables.
¿Qué es el volumen mínimo de inversión que debo realizar?
Para que tu plan de mejora sea admitido, el presupuesto de la inversión subvencionable debe ser de al menos 6.000 euros.
¿Puedo financiar la compra de los terrenos donde voy a realizar la inversión?
Sí, la compra de terrenos se incluye entre los gastos subvencionables, sujeta a los límites y valoraciones oficiales correspondientes.
¿Cómo se me pagará la subvención si resulta aprobada?
La ayuda se pagará de una sola vez mediante transferencia bancaria, pero siempre después de que hayas ejecutado, pagado y justificado debidamente todas las inversiones aprobadas.
¿Qué pasa si mi solicitud no llega a una puntuación mínima?
Para poder optar a la subvención, tu solicitud debe alcanzar una puntuación mínima de 18 puntos en el baremo de valoración. Si no los alcanza, no será elegible.
¿Puedo pedir esta ayuda junto con otra subvención para la misma máquina?
No, estas ayudas son incompatibles con cualquier otra subvención o ayuda que tenga la misma finalidad, proceda de fondos públicos locales, autonómicos, nacionales o internacionales.

Ficha revisada el 2026-07-31 · Fuente: BDNS 909712 · Cómo elaboramos las fichas

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