Comunidad Valenciana · AGENCIA VALENCIANA DE FOMENTO Y GARANTÍA AGRARIA
RESOLUCIÓN del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, por la que se convocan ayudas a inversiones en explotaciones agrarias de la Comunitat Valenciana en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España 2023-2
Resumen
Estas ayudas están destinadas a financiar inversiones que busquen modernizar, reestructurar o mejorar la competitividad y sostenibilidad de las explotaciones agrarias de la Comunitat Valenciana. El programa busca facilitar el relevo generacional, dar continuidad a la actividad de mujeres y jóvenes agricultores, e impulsar la recuperación del potencial productivo que haya sido dañado por desastres naturales o catástrofes climáticas.
La subvención cubre una parte importante de la inversión realizada y se abona en un único pago tras justificar la ejecución de los trabajos. El presupuesto total asignado para esta convocatoria asciende a 50 millones de euros, distribuidos en tres anualidades entre los años 2027 y 2029.
Quién puede solicitarla
Puedes solicitar estas ayudas si cumples con los siguientes requisitos:
- Ser agricultor individual, entidad de titularidad compartida o persona jurídica.
- Estar calificado como PYME.
- Tener como objeto fundamental de tu negocio la actividad agraria.
- Ser titular de una explotación agraria activa.
- Presentar un plan de mejora de la explotación.
- Acreditar que la Renta Unitaria de Trabajo (RUT) de tu explotación es superior al 20 % de la renta de referencia, tanto antes como después de aplicar el plan de mejora.
Cuantía
La ayuda consiste en una subvención con las siguientes condiciones:
- El porcentaje general de ayuda es del 40 % de la inversión subvencionable.
- Este porcentaje puede incrementarse en un 20 % adicional para jóvenes agricultores con capacitación profesional establecidos en los 5 años anteriores.
- Se suma un 15 % adicional si más del 50 % de las Unidades de Trabajo Agrario (UTA) están en zonas con limitaciones naturales, Red Natura 2000 o municipios LEADER.
- Se suma otro 15 % adicional si al menos el 25 % de las UTA están acogidas a compromisos medioambientales o climáticos.
- El límite máximo de intensidad de ayuda es del 75 % (80 % en caso de inversiones para recuperar el potencial productivo por desastres naturales).
- El volumen de inversión máximo subvencionable es de 125.000 € por UTA, con un límite de 250.000 € por explotación para todo el periodo PEPAC (en entidades asociativas se multiplica por el número de socios profesionales hasta un máximo de 4).
- El volumen mínimo de inversión por plan de mejora debe ser de 6.000 €.
Gastos subvencionables
Se consideran gastos subvencionables los siguientes:
- Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles y compra de terrenos.
- Implantación y reestructuración de cultivos permanentes.
- Instalaciones de riego y equipos de acondicionamiento, comercialización o transformación de productos (siempre que el 50 % provenga de la propia explotación).
- Inversiones en energías renovables para autoconsumo y equipos para reducir el impacto medioambiental.
- Compra de maquinaria nueva, vehículos de carga y transporte, y equipos informáticos (se excluyen bienes de segunda mano).
- Adquisición de software, patentes, licencias y marcas registradas.
Quedan excluidos expresamente:
- Compra de derechos de producción, animales y plantas anuales.
- Intereses de deudas, licencias, tasas, impuestos y el IVA (salvo que no sea recuperable).
- Adquisición de bienes mediante leasing, renting o reserva de dominio antes de la justificación.
- Gastos de transporte y matriculación de maquinaria o vehículos.
- Reparaciones, consumibles y material de recambio.
- Variedades específicas de cítricos que produzcan semillas por polinización cruzada (como las mandarinas Nadorcott, Nova, Ortanique, Fortune, o naranjas Valencia Late, entre otras).
Criterios de valoración
Las solicitudes se ordenan de mayor a menor puntuación (mínimo exigido de 18 puntos) según el siguiente baremo:
- Solicitante joven menor de 41 años: 7 puntos.
- Agricultor de entre 18 y 57 años que asume una explotación por jubilación del anterior titular: 5 puntos.
- Explotaciones de titularidad compartida o lideradas por mujeres (más del 50 % del capital o en órganos de gobierno): 5 puntos.
- Explotaciones calificadas como prioritarias: 7 puntos.
- Ubicación de más del 50 % de las UTA en zonas con limitaciones naturales, Red Natura 2000 o LEADER: 5 puntos.
- Más del 50 % de las UTA dedicadas a producción ecológica o de calidad diferenciada: 5 puntos.
- Explotaciones que utilicen o prevean utilizar más de dos UTA tras el plan de mejora: 5 puntos.
- Planes de mejora con al menos un 25 % de inversión medioambiental, de ahorro energético o innovadora: 3 puntos.
- Inversiones destinadas a recuperar el potencial destruido por catástrofes o desastres naturales: 5 puntos.
- En caso de empate, se dará prioridad a la explotación con mayor dimensión equivalente en UTAs.
Cómo solicitarla
El procedimiento de solicitud se realiza de la siguiente manera:
- Accede a la aplicación informática específica (https://picassa.gva.es/picassa/anuncios) para generar tu Plan de Mejora y el estudio económico de viabilidad.
- Prepara la documentación requerida (identificación, acreditación de agricultor profesional, escrituras si es persona jurídica, presupuestos o las tres ofertas de proveedores si la inversión no se financia mediante costes unitarios).
- Presenta la solicitud de forma telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana (procedimiento G574).
- Si actúas mediante representante, registra previamente el poder en el Registro de Representantes de la ACCV.
- Registra o modifica tu cuenta bancaria para el cobro de la ayuda en el trámite telemático correspondiente (proc22648).
- El plazo de presentación finaliza el 3 de septiembre de 2026.
Ir a la sede electrónica para solicitarla →
Preguntas frecuentes
- ¿Puedo comprar un tractor de segunda mano con esta ayuda?
- No, la compra de maquinaria, vehículos y equipos de segunda mano está expresamente excluida de los gastos subvencionables.
- ¿Qué es el volumen mínimo de inversión que debo realizar?
- Para que tu plan de mejora sea admitido, el presupuesto de la inversión subvencionable debe ser de al menos 6.000 euros.
- ¿Puedo financiar la compra de los terrenos donde voy a realizar la inversión?
- Sí, la compra de terrenos se incluye entre los gastos subvencionables, sujeta a los límites y valoraciones oficiales correspondientes.
- ¿Cómo se me pagará la subvención si resulta aprobada?
- La ayuda se pagará de una sola vez mediante transferencia bancaria, pero siempre después de que hayas ejecutado, pagado y justificado debidamente todas las inversiones aprobadas.
- ¿Qué pasa si mi solicitud no llega a una puntuación mínima?
- Para poder optar a la subvención, tu solicitud debe alcanzar una puntuación mínima de 18 puntos en el baremo de valoración. Si no los alcanza, no será elegible.
- ¿Puedo pedir esta ayuda junto con otra subvención para la misma máquina?
- No, estas ayudas son incompatibles con cualquier otra subvención o ayuda que tenga la misma finalidad, proceda de fondos públicos locales, autonómicos, nacionales o internacionales.
Ficha revisada el 2026-07-31 · Fuente: BDNS 909712 · Cómo elaboramos las fichas