Ámbito estatal · CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Convocatoria de ayudas de mínimis para estimular el cebo de terneros y potros machos de las razas locales amenazadas de Cantabria para el año 2026
Resumen
Estas ayudas de la Comunidad Autónoma de Cantabria buscan fomentar el cebo y sacrificio de terneros y potros machos de razas locales amenazadas. El objetivo es apoyar una producción ganadera local de alta calidad y proximidad, compensando a los productores por los costes de ciclos de cebo más largos que el mercado no retribuye suficientemente.
La convocatoria está dirigida a ganaderos cántabros que mantengan estas razas protegidas y realicen prácticas de cebo y sacrificio sostenible. Se trata de una ayuda de mínimis que busca asegurar la viabilidad de estas explotaciones y la conservación del entorno medioambiental.
Quién puede solicitarla
Puedes solicitar esta ayuda si cumples con los siguientes requisitos:
- Ser titular de una explotación de ganado bovino y/o equino (persona física o jurídica, incluyendo Sociedades Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación) ubicada en Cantabria.
- Estar inscrito en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas (REGA).
- Mantener alguna de las razas locales amenazadas de Cantabria de las especies bovina o equina.
- Cumplir la normativa vigente sobre medio ambiente, bienestar, sanidad animal, identificación y registro de animales.
- No haber sido sancionado en firme por faltas graves o muy graves en estas materias durante el año anterior a la solicitud.
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales con la Hacienda Estatal, Autonómica y frente a la Seguridad Social.
Cuantía
La ayuda se concede por animal elegible y año, con un límite máximo de 6.000 euros por solicitante. Los importes se estructuran en los siguientes tramos:
- 300 euros por cada ternero o potro elegible hasta los primeros 5 animales sacrificados.
- 250 euros por cada animal elegible desde el 6º hasta el 15º sacrificado.
- 200 euros por cada animal elegible desde el 16º hasta el 25º sacrificado.
Para ser elegibles, los animales deben cumplir:
- Bovinos machos: sacrificados con una edad de entre 7 y 16 meses, y un peso mínimo de 110 kg/canal.
- Equinos machos: sacrificados con una edad de entre 10 y 18 meses, y un peso mínimo de 90 kg/canal.
- Si abandonaron su explotación de nacimiento, deben haber permanecido en la explotación del solicitante al menos 3 meses antes del sacrificio.
Gastos subvencionables
No se financian conceptos de gasto o inversiones en sentido tradicional. La ayuda consiste en una prima directa por cada cabeza de ganado macho (ternero o potro de raza local amenazada) que haya sido criado, cebado y sacrificado cumpliendo los requisitos de edad, peso en canal y tiempos de permanencia en la explotación.
Criterios de valoración
Las solicitudes se priorizan mediante concurrencia competitiva con los siguientes puntos:
- Titulares de explotación de 'Producción Reproducción' con compromisos vigentes del PEPAC 2023-2027 para el mantenimiento de razas locales amenazadas: 4 puntos.
- Resto de titulares de explotaciones de 'Producción Reproducción' (excepto cebaderos exclusivos): 2 puntos.
- Titulares de explotaciones de 'Producción Reproducción' que actúen exclusivamente como 'Cebo-Cebadero': 1 punto por explotación más 0,01 puntos por cada animal elegible solicitado.
- Censo de UGM (Unidad de Ganado Mayor) comprometidas en la medida de razas locales amenazadas: 0,1 puntos por cada UGM.
- Censo de animales registrados en el Libro Genealógico: 0,2 puntos por cada cabeza registrada.
*Nota: Si el presupuesto no es suficiente para cubrir las solicitudes de los dos primeros grupos, se realizará un prorrateo exclusivo entre ellos.
Cómo solicitarla
El procedimiento para solicitar la ayuda es el siguiente:
- Rellena los modelos oficiales de solicitud que figuran como Anexos I, II y III de la convocatoria.
- Prepara la documentación requerida, que incluye la declaración responsable de no tener prohibiciones para recibir subvenciones, la declaración de cumplimiento de obligaciones y la declaración de ayudas de mínimis recibidas en los 3 años previos.
- Presenta la solicitud de forma presencial en el Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación (C/ Albert Einstein, nº 2, Santander), en sus Oficinas Comarcales, o en cualquiera de los lugares autorizados por la Ley de Cantabria 5/2018.
- El plazo de presentación finaliza el 31 de agosto de 2026. Se pueden incluir animales sacrificados desde el 1 de septiembre del año anterior.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué razas de animales están permitidas?
- La convocatoria indica que deben ser terneros y potros machos pertenecientes a las razas o morfotipos locales amenazadas de Cantabria inscritos en el Registro de Identificación Individual de animales (RIIA).
- ¿Cuál es el límite máximo de dinero que puedo recibir?
- El límite máximo de ayuda que puede recibir un único solicitante es de 6.000 euros al año.
- ¿Tengo que presentar certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social?
- No es obligatorio si autorizas a la Dirección General de Ganadería a consultarlo telemáticamente. Si deniegas esta autorización, deberás aportar tú mismo los certificados vigentes.
- ¿Qué pasa si compré el animal a otro ganadero?
- Sigue siendo elegible para la ayuda siempre y cuando el animal haya permanecido en tu explotación ganadera un periodo mínimo y continuo de tres meses antes de llevarlo al sacrificio.
- ¿Cuánto tardan en resolver y pagar la ayuda?
- El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses a contar desde el día siguiente al fin del plazo de presentación de solicitudes (31 de agosto de 2026).
- ¿Qué ocurre si no recibo ninguna respuesta en el plazo?
- Si transcurre el plazo de tres meses sin una notificación expresa, debes entender que tu solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.
Ficha revisada el 2026-07-31 · Fuente: BDNS 900738 · Cómo elaboramos las fichas