Ámbito estatal · INSTITUTO ARAGONÉS DE FOMENTO (IAF)
Orden de la Vicepresidenta y Consejera de Presidencia, Economía y Justicia, por la que se convocan las ayudas a proyectos de inversión empresarial que fomenten la investigación y desarrollo e innovación industrial en la provincia de Teruel. FITE 2023
Resumen
Esta convocatoria de ayudas, enmarcada en el Fondo de Inversiones de Teruel (FITE 2023), tiene como objetivo financiar proyectos empresariales de investigación industrial y desarrollo experimental que se lleven a cabo en la provincia de Teruel. Busca potenciar la competitividad del tejido industrial aragonés, corregir desequilibrios territoriales y fomentar la creación de empleo de calidad mediante la innovación tecnológica.
La convocatoria está gestionada por el Instituto Aragonés de Fomento (IAF) y cuenta con un presupuesto total de 1.000.000 de euros. Interesa especialmente porque permite obtener subvenciones de hasta el 70% del presupuesto del proyecto para microempresas y pequeñas empresas bajo el régimen de minimis, o hasta el 50% en investigación industrial bajo el régimen general de exención por categorías.
Los proyectos deben tener un presupuesto mínimo de 20.000 euros y pueden desarrollarse de forma individual o en cooperación entre varias empresas y organismos de investigación.
Quién puede solicitarla
Puedes solicitar estas ayudas si cumples con los siguientes requisitos:
- Ser una empresa (pyme o gran empresa) u organismo de investigación y difusión de conocimientos.
- Estar establecido en la provincia de Teruel, lo que implica disponer de un centro de trabajo abierto y en funcionamiento en dicha provincia en el momento en que se haga efectiva la ayuda.
- Estar válidamente constituido antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
- En el caso de organismos de investigación, solo podrán participar en la modalidad de cooperación con una o varias empresas, asumiendo como mínimo el 10% del proyecto.
- No encontrarse en situación de crisis (salvo la excepción temporal para empresas afectadas entre 2020 y 2021) ni tener órdenes de recuperación de ayudas pendientes de la Comisión Europea.
- Acreditar el cumplimiento de los plazos de pago de la Ley de Morosidad Comercial para ayudas que superen los 30.000 euros.
Cuantía
La intensidad de la ayuda y los límites económicos varían según el régimen elegido y el tamaño de la empresa:
- Bajo el Régimen General de Exención por Categorías (RGEC - Art. 25):
- Desarrollo experimental: 25% de intensidad de ayuda.
- Investigación industrial: 50% de intensidad de ayuda.
- Bajo el Régimen de Minimis:
- Micro y Pequeña Empresa: 70% para investigación y desarrollo.
- Mediana Empresa: 60% para investigación y desarrollo.
- Gran Empresa: 25% para investigación y desarrollo.
Límites y condiciones adicionales:
- El importe máximo de subvención por proyecto es de 250.000 euros.
- El límite máximo de ayuda acumulada por empresa o grupo empresarial es de 500.000 euros (ampliable si sobra presupuesto).
- Las intensidades del régimen general pueden incrementarse en un 10% adicional si existe una colaboración efectiva (entre empresas donde al menos una sea pyme, o entre empresa y organismo de investigación).
- Las ayudas de minimis están limitadas a un máximo de 300.000 euros por beneficiario durante cualquier período de tres años.
Gastos subvencionables
Se consideran subvencionables los gastos directamente vinculados al proyecto de I+D+i:
- Costes de personal: investigadores, técnicos y personal auxiliar dedicados al proyecto, con un límite máximo de coste por hora de 70 euros.
- Costes de instrumental y material: si no se usan exclusivamente para el proyecto en toda su vida útil, solo se subvencionará la amortización correspondiente a la duración del proyecto.
- Costes de investigación contractual, conocimientos, patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas, así como consultoría y servicios equivalentes dedicados en exclusiva al proyecto.
Gastos excluidos:
- Impuestos indirectos recuperables o compensables (como el IVA) e impuestos personales sobre la renta.
- Intereses deudores, recargos, sanciones administrativas o penales y gastos de procedimientos judiciales.
- Tasas y contribuciones especiales.
- Bienes o servicios suministrados por empresas del mismo grupo o vinculadas, salvo autorización previa expresa.
- Gastos ya subvencionados en convocatorias anteriores del Fondo de Inversiones de Teruel.
Criterios de valoración
Las solicitudes se evalúan sobre un máximo de 100 puntos repartidos en los siguientes bloques:
- Excelencia científico-técnica del proyecto (Máximo 40 puntos):
- Grado de innovación y novedad frente al estado del arte (hasta 10 puntos).
- Implantación de tecnologías clave de la industria 4.0 (hasta 10 puntos).
- Capacidad de la tecnología para resolver problemas de fabricación avanzada o mejorar procesos (hasta 10 puntos).
- Viabilidad de la propuesta: metodología (hasta 4 puntos), plan de contingencias y riesgos (hasta 3 puntos) y planificación/cronograma (hasta 3 puntos).
- Calidad y eficiencia de la implementación (Máximo 10 puntos):
- Trayectoria de la empresa u organismo en proyectos de I+D y patentes (hasta 5 puntos).
- Capacidad y experiencia del equipo de trabajo según su currículum (hasta 5 puntos).
- Impacto de la explotación del proyecto (Máximo 50 puntos):
- Impacto tecnológico: optimización de procesos y efecto arrastre en el tejido empresarial (hasta 20 puntos).
- Impacto económico y social: repercusión económica, creación de empleo de calidad y mejoras ambientales (hasta 20 puntos).
- Impacto en el territorio: proyectos en municipios de comarcas mineras de Teruel en proceso de transición ecológica (hasta 10 puntos).
Cómo solicitarla
La tramitación es exclusivamente electrónica. Sigue estos pasos para realizar la solicitud:
- Accede a la sede electrónica del Gobierno de Aragón a través del trámite específico (procedimiento número 10644) en la dirección: https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ayudas-proyectos-i-d-i-provincia-teruel-fite-2023
- Identifícate mediante un certificado electrónico reconocido o el sistema Cl@ve.
- Cumplimenta el formulario de solicitud general y selecciona el régimen de ayudas al que te acoges (Minimis o RGEC).
- Adjunta en formato PDF la documentación obligatoria requerida:
- Memoria detallada del proyecto y presupuesto estimado.
- Copia de la lista de gastos en formato Excel (.xls o .xlsx).
- Acreditación de representación legal (si aplica).
- Informe de plantilla media de trabajadores de la Seguridad Social del mes anterior a la solicitud (o informe de inexistencia si no tienes asalariados).
- Última declaración del Impuesto de Sociedades (Modelo 200).
- Firma electrónicamente la solicitud y obtén el justificante de registro.
- El plazo de presentación es de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón (BOA).
Ir a la sede electrónica para solicitarla →
Preguntas frecuentes
- ¿Cuál es el presupuesto mínimo que debe tener mi proyecto para poder solicitar la ayuda?
- El proyecto debe tener un presupuesto mínimo de gastos subvencionables de 20.000 euros.
- ¿Puedo presentar más de un proyecto de I+D+i a esta convocatoria?
- Sí, pero para evitar la división artificial de proyectos, si presentas más de uno deberás agruparlos dentro de un único plan, aunque las solicitudes se realicen de forma diferenciada.
- ¿Tengo que mantener el empleo de mi empresa si recibo esta subvención?
- Sí, tienes la obligación de crear y mantener el nivel de empleo desde la presentación de la solicitud hasta la finalización del proyecto. Se verificará que la plantilla media de la justificación no sea inferior en más de un trabajador (-1) respecto a la del mes anterior a la solicitud.
- ¿Cuánto tiempo debo mantener la inversión realizada en Teruel?
- Debes mantener la actividad y la inversión subvencionada durante un período mínimo de 5 años si eres una gran empresa, o de 3 años si eres una pyme o autónomo.
- ¿Se pueden pagar gastos en efectivo?
- Sí, pero los pagos en efectivo están limitados a un máximo de 2.500 euros para todo el conjunto del gasto subvencionable del proyecto, y deberás aportar el asiento contable del pago si estás obligado a llevar contabilidad.
- ¿Qué pasa si al final gasto menos de lo que me aprobaron en la ayuda?
- Si justificas menos de lo aprobado, la subvención se reducirá proporcionalmente. Sin embargo, si justificas menos del 50% del presupuesto aprobado, se considerará que no has cumplido los objetivos y perderás el derecho a cobrar la ayuda.
Ficha revisada el 2026-07-31 · Fuente: BDNS 882327 · Cómo elaboramos las fichas