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Guía de Ayudas

Aragon · INSTITUTO ARAGONÉS DE FOMENTO (IAF)

ORDEN de la Vicepresidenta y Consejera de Presidencia, Economía y Justicia del Gobierno de Aragón, por la que se convocan ayudas de apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras para la realización de proyectos colaborativos 2026

PlazoAbierta15 días hábiles desde el siguiente a publicación en BOA
Cuantía máxima citada300.000 €Ver condiciones y tramos →

Resumen

Estas ayudas están diseñadas para impulsar la competitividad y el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas aragonesas mediante el fomento de la cooperación empresarial. Se financia el desarrollo de proyectos colaborativos y la organización de jornadas de innovación que se lleven a cabo a través de Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEIs).

La convocatoria apoya iniciativas enfocadas en la innovación tecnológica y empresarial, tales como la incorporación de tecnologías facilitadoras, el desarrollo de nuevos modelos de negocio o el impulso de capacidades industriales en sectores estratégicos como el de defensa.

Interesa especialmente porque ofrece una subvención que cubre hasta el 75% de los gastos del proyecto, facilitando que las pymes accedan a recursos de innovación y conocimiento compartido que de forma individual serían difíciles de alcanzar.

Quién puede solicitarla

  • Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEIs) que tengan su sede en la Comunidad Autónoma de Aragón y desarrollen allí los proyectos.
  • Estar inscritas en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria y Turismo.
  • Cumplir con los requisitos de la legislación ambiental respecto al tratamiento de residuos que generen.
  • No haber sido sancionadas por la autoridad laboral competente ni por acciones u omisiones discriminatorias por razón de género.
  • No encontrarse incursas en prohibiciones para obtener subvenciones ni ser consideradas empresas en crisis (salvo la excepción para aquellas que entraron en crisis entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2021).
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como no tener deudas pendientes con la Comunidad Autónoma de Aragón (salvo que la deuda sea inferior al importe de la ayuda a recibir).

Cuantía

Las ayudas se conceden bajo el régimen de minimis y cuentan con los siguientes límites por beneficiario:

  • El importe de la subvención no podrá ser inferior a 3.000 euros.
  • El importe máximo de la ayuda por beneficiario será de 22.000 euros.
  • La intensidad de la ayuda alcanzará un máximo del 75% del gasto subvencionable.
  • El límite máximo de ayudas bajo el régimen de minimis que puede recibir un beneficiario es de 300.000 euros en los 3 años previos.
  • La dotación presupuestaria total de la convocatoria es de 330.000 euros.

Gastos subvencionables

  • Gastos externos de consultoría, asistencia técnica y servicios necesarios para la actividad (con un límite máximo del 50% del total de gastos subvencionables).
  • Gastos salariales y sociales del personal propio de las AEIs dedicado a la ejecución del proyecto (con un límite máximo del 70% del total de gastos subvencionables).
  • Gastos indirectos de funcionamiento y administrativos de la AEI necesarios para el proyecto (hasta un máximo del 10% del total de gastos subvencionables).
  • Quedan excluidos los gastos de asesoramiento periódico o de mantenimiento.
  • El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) queda excluido, excepto cuando el beneficiario demuestre que no lo puede recuperar o compensar.

Criterios de valoración

Las solicitudes se evalúan sobre un máximo de 100 puntos conforme a los siguientes criterios:

  • Ambición del proyecto y actuaciones a desarrollar (hasta 40 puntos): se valora la dificultad, riesgos, recursos, colaboraciones, grado de innovación (hasta 10 puntos) e impacto económico en creación de empleo cualificado (hasta 10 puntos).
  • Indicadores de ejecución y resultado (hasta 15 puntos): definición de objetivos y establecimiento de indicadores de medición.
  • Carácter colaborativo entre empresas (hasta 15 puntos): implicación de miembros de la AEI. De 1 a 5 empresas participantes se otorgan 5 puntos; de 6 a 10 empresas, 10 puntos; y más de 10 empresas, 15 puntos.
  • Contribución al desarrollo de las AEIs (hasta 15 puntos): efecto incentivador de la cooperación. Proyectos con 2 AEIs aragonesas obtienen 5 puntos; con 3 AEIs, 10 puntos; y con más de 3 AEIs, 15 puntos.
  • Alineación con la Estrategia de Especialización Inteligente de Aragón (hasta 15 puntos): relación con programas estratégicos del IAF. Un ámbito de relación suma 5 puntos; 2 ámbitos, 10 puntos; y 3 o más ámbitos, 15 puntos.

Cómo solicitarla

  1. Accede a la Sede Electrónica del Gobierno de Aragón en la dirección web http://www.aragon.es/tramites.
  2. Localiza el trámite introduciendo en el buscador el número 11449 o la denominación "Ayudas de apoyo a Agrupaciones empresariales innovadoras para la realización de proyectos colaborativos - Convocatoria 2026".
  3. Cumplimenta el formulario obligatorio de solicitud utilizando tu certificado digital.
  4. Adjunta la documentación requerida: notificación de inscripción en el Registro de AEIs, acreditación de la representación (si aplica) y una memoria descriptiva del proyecto con el detalle de gastos previstos.
  5. Firma y presenta la solicitud por vía electrónica dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón (BOA).

Ir a la sede electrónica para solicitarla →

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo para ejecutar las actividades del proyecto?
El periodo para realizar y pagar los gastos subvencionables está comprendido entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026.
¿Puedo presentar más de una solicitud en esta convocatoria?
No, cada entidad beneficiaria puede presentar únicamente una solicitud en esta convocatoria.
¿Qué ocurre si no llego a ejecutar todo el presupuesto aprobado?
Debes alcanzar al menos el 50% de la ejecución del proyecto. Si ejecutas el 50% o más, recibirás la ayuda de forma proporcional. Si ejecutas menos del 50%, perderás el derecho al cobro o se te exigirá el reintegro total.
¿Se admiten los pagos en efectivo para justificar los gastos?
No, bajo ninguna circunstancia se admiten los pagos en efectivo. Todos los pagos deben realizarse mediante transferencia bancaria, tarjeta de la entidad o cheque bancario.
¿Tengo que pedir varios presupuestos para contratar un servicio?
Sí, cuando el gasto supere el límite del contrato menor de la normativa de contratación pública, debes solicitar como mínimo tres ofertas de proveedores distintos antes de realizar la contratación.
¿Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones?
No, estas subvenciones son incompatibles con cualquier otra ayuda pública que esté destinada a la misma finalidad.

Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 887424 · Cómo elaboramos las fichas

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