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Guía de Ayudas

Aragon · INSTITUTO ARAGONÉS DE FOMENTO (IAF)

ORDEN de la Vicepresidenta y Consejera de Presidencia, Economía y Justicia del Gobierno de Aragón, por la que se convocan ayudas para la preparación, elaboración y presentación de propuestas para concurrir a programas europeos de I+D+i 2026

PlazoAbierta15 días hábiles desde el siguiente a publicación en BOA
Cuantía máxima citada173.000 €Ver condiciones y tramos →

Resumen

Estas ayudas están diseñadas para impulsar la participación de las empresas aragonesas en proyectos internacionales de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i). Financian los costes asociados a la preparación, redacción y presentación de propuestas técnicas para competir en programas europeos y de cooperación tecnológica internacional durante el año 2026.

La convocatoria se canaliza a través de las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEIs), facilitando que las pymes integradas en estas estructuras accedan a importantes fuentes de financiación comunitaria. Es una excelente oportunidad para reducir el riesgo económico y los costes de consultoría que conlleva diseñar propuestas competitivas para programas exigentes como Horizonte Europa.

El apoyo económico cubre hasta el 75% de los gastos subvencionables, con un límite máximo de ayuda que puede alcanzar los 15.000 euros por proyecto, dependiendo de la envergadura del presupuesto que se presente a la Unión Europea.

Quién puede solicitarla

Pueden solicitar estas ayudas las entidades que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser una Agrupación Empresarial Innovadora (AEI).
  • Tener la sede social en la Comunidad Autónoma de Aragón y desarrollar en ella las actividades del proyecto.
  • Estar inscrita de forma vigente en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria y Turismo.
  • Cumplir con la normativa medioambiental aplicable sobre el tratamiento de residuos que se puedan generar.
  • No haber sido sancionado por la autoridad laboral competente ni tener sanciones firmes por discriminación de género.
  • No encontrarse en ninguna de las prohibiciones generales para recibir subvenciones públicas ni tener deudas pendientes con el Estado, la Seguridad Social o la Comunidad Autónoma de Aragón (salvo que la deuda sea inferior al importe de la ayuda que se va a conceder).
  • No ser una empresa en crisis (con la excepción de aquellas que pasaron a estar en crisis entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2021) ni tener pendiente una orden de recuperación de ayudas de la Comisión Europea.

Cuantía

La dotación presupuestaria total de la convocatoria es de 173.000 euros. A nivel individual por beneficiario, las ayudas están sujetas al régimen de minimis (límite de 300.000 euros recibidos en los tres años previos) y cubren hasta un máximo del 75% del gasto subvencionable.

El importe de cada ayuda individual oscila entre un mínimo de 1.500 euros y un máximo de 15.000 euros, estructurado en los siguientes tramos según el presupuesto del proyecto que se presente a Europa:

  • Presupuestos inferiores a 70.000 euros: ayuda máxima de hasta 3.000 euros.
  • Presupuestos de entre 70.000 y 200.000 euros: ayuda máxima de hasta 8.000 euros.
  • Presupuestos superiores a 200.000 euros: ayuda máxima de hasta 15.000 euros.

Gastos subvencionables

Se consideran subvencionables los gastos realizados y pagados entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026 que correspondan a:

  • Servicios externos de consultoría, traducción y asistencia equivalente contratados a empresas externas para preparar y redactar la propuesta (con un límite máximo de subcontratación del 70% del importe de la actividad subvencionada). La consultora no puede estar vinculada a la AEI ni participar como socia en el proyecto.
  • Costes de personal propio de la AEI (con contrato laboral) dedicados a la preparación de la propuesta.
  • Gastos de viaje, alojamiento, manutención e inscripciones del personal laboral para asistir a jornadas informativas ("Infodays"), eventos de contacto ("Brokerage events"), reuniones de consorcios o encuentros con la Comisión Europea. Estos gastos están limitados por los importes de las dietas oficiales de la administración pública.

Quedan excluidos expresamente:

  • Las actividades de asesoramiento periódico o de mantenimiento continuo.
  • El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), salvo que el beneficiario demuestre que no lo puede recuperar o compensar.
  • Los gastos de viaje, alojamiento o inscripciones de personas que no tengan un contrato laboral directo con la entidad beneficiaria.

Criterios de valoración

Las solicitudes se evalúan de forma competitiva sobre un máximo de 100 puntos, aplicando los siguientes criterios:

  • Temática de la propuesta (hasta 15 puntos): prioridad para proyectos de los Pilares 2 y 3 de Horizonte Europa, InvestEU, economía baja en carbono, medio ambiente, inteligencia artificial, defensa, tecnologías duales y manufactura sostenible alineados con la estrategia S3 Aragón.
  • Resultados e impacto esperado (hasta 25 puntos): creación de empleo, grado de innovación y beneficio para zonas específicas del territorio aragonés.
  • Liderazgo en la propuesta (hasta 30 puntos): se valora que la AEI solicitante actúe como coordinadora o líder del consorcio frente a otros socios.
  • Retorno esperado (hasta 25 puntos): volumen de la subvención que se solicita al programa europeo de I+D+i.
  • Alineación con los programas estratégicos del IAF (hasta 15 puntos): introducción de tecnología en pymes, estrategias de crecimiento empresarial y gestión avanzada. Se otorgan 5 puntos por un ámbito de relación, 10 puntos por dos ámbitos, y 15 puntos por tres o más ámbitos.

Cómo solicitarla

La tramitación es exclusivamente electrónica. Los pasos para solicitar la ayuda son:

  1. Acceder a la Sede electrónica del Gobierno de Aragón (https://www.aragon.es/tramites) y buscar el trámite número 11450.
  2. Cumplimentar el formulario oficial obligatorio con firma digital.
  3. Adjuntar la documentación requerida: notificación de inscripción en el Registro de AEIs, acreditación de la representación legal (si aplica) y una memoria descriptiva detallada del proyecto (con objetivos, plan de trabajo, socios y desglose de presupuesto).
  4. Presentar la solicitud en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón (BOA).
  5. En caso de incidencias técnicas en el último día de plazo, se permite excepcionalmente la presentación por otros registros electrónicos o presenciales aportando una captura de pantalla del error.

Ir a la sede electrónica para solicitarla →

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda si mi proyecto ya ha recibido fondos del IAF anteriormente?
No. Quedan excluidas las solicitudes para preparar proyectos que ya hayan sido beneficiarios de ayudas previas por parte del Instituto Aragonés de Fomento, aunque se trate de una convocatoria europea diferente.
¿Qué pasa si no ejecuto todo el presupuesto que me han aprobado?
Para poder cobrar la ayuda debes ejecutar al menos el 50% de los gastos considerados elegibles. Si cumples ese mínimo, cobrarás la parte proporcional a lo justificado; si te quedas por debajo del 50%, perderás el derecho al cobro por completo.
¿Se admiten los pagos en efectivo para justificar los gastos?
No, bajo ningún concepto se aceptan pagos en efectivo. Todos los pagos deben estar bancarizados y justificarse mediante transferencia, tarjeta de la entidad o cheque, acompañados de sus correspondientes extractos bancarios.
¿Puedo contratar a una consultora que participe como socia en el proyecto europeo?
No. Para que el gasto de consultoría sea subvencionable, la empresa externa no puede participar como socia ni coordinadora en la propuesta que te está elaborando, ni estar vinculada societariamente a tu entidad.
¿Cuál es el plazo máximo para que la administración resuelva mi solicitud?
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOA. Si pasa ese plazo sin respuesta, debes entender que ha sido desestimada por silencio administrativo.

Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 887445 · Cómo elaboramos las fichas

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