Ciudad Autonoma De Ceuta · PROCESA SOCIEDAD DE DESARROLLO DE CEUTA
CUARTA CONV DE LAS AYUDAS PARA CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE PERSONAS DESEMPLEADAS, EN EL MARCO DEL PROGRAMA FSE + PARA CEUTA, PERÍODO 2021-2027, PRIORIDAD 5, OBJETIVO ESPECÍFICO ESO4.1, MEDIDA5.A.02.JÓVENES INSCRITOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUV.
Resumen
Estas ayudas están diseñadas para fomentar la contratación indefinida de personas jóvenes desempleadas que se encuentren inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil en la ciudad de Ceuta. El programa busca dinamizar el mercado laboral local apoyando directamente a las empresas que incrementen sus plantillas con perfiles jóvenes.
La convocatoria resulta de gran interés para autónomos y pymes, ya que ofrece subvenciones directas bajo la modalidad de costes simplificados (baremos estándar por contratación). Esto facilita la tramitación y justificación de la ayuda, vinculando el importe recibido al grupo de cotización de la persona contratada.
El proyecto está cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) dentro del periodo de programación 2021-2027, lo que garantiza el respaldo de fondos europeos para la consolidación del empleo estable en la región.
Quién puede solicitarla
Pueden solicitar estas ayudas las pymes que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar localizadas en la Ciudad Autónoma de Ceuta.
- No ser una empresa cuya actividad principal consista en la prestación de un servicio público con carácter de exclusividad.
- Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, con la hacienda local de Ceuta y con la Seguridad Social.
- No haber destruido empleo fijo en los seis meses anteriores a la solicitud, salvo que las vacantes se deban a dimisión, discapacidad, jubilación por edad, reducción voluntaria de jornada o despido disciplinario procedente.
- La contratación debe suponer un incremento neto de la plantilla media de la empresa respecto a los 6 meses anteriores, y también un incremento de la plantilla fija total en el momento de la contratación.
- No contratar a personas que hayan tenido relación laboral previa con la empresa en los 3 meses anteriores a la solicitud o contratación (quedan exceptuados los contratos de formación en alternancia o para la práctica profesional).
- Cumplir con la normativa de lucha contra la morosidad comercial para subvenciones que superen los 30.000 euros.
Cuantía
La cuantía de la subvención se calcula mediante módulos fijos según el grupo de cotización de la persona contratada a jornada completa:
- Grupo 1 (Ingenieros, licenciados y alta dirección): 10.265 euros.
- Grupo 2 (Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados): 8.513 euros.
- Grupo 3 (Jefes administrativos y de taller): 7.405 euros.
- Grupos 4 al 11 (Ayudantes no titulados, oficiales, auxiliares, peones y menores de 18 años): 7.350 euros.
Reglas de ajuste e incrementos:
- Contratos a tiempo parcial: Se percibirá exactamente la mitad de la ayuda correspondiente. No se subvencionan jornadas inferiores a la media jornada establecida en el convenio colectivo aplicable.
- Incremento adicional: La ayuda aumenta en 500 euros (no acumulables) si la persona contratada es mujer o tiene una discapacidad reconocida.
- El presupuesto total asignado para esta convocatoria es de 100.000 euros.
Gastos subvencionables
Son subvencionables los costes derivados de la contratación indefinida de jóvenes desempleados inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Condiciones de los contratos:
- Deben formalizarse por tiempo indefinido, ya sea a jornada completa o parcial (mínimo media jornada).
- Solo se admiten contrataciones realizadas con posterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda.
- El empleo subvencionado debe mantenerse durante un periodo mínimo de 2 años.
Exclusiones explícitas:
- Contratos fijos discontinuos.
- Contratos indefinidos de formación en alternancia.
- Contratos indefinidos formativos para la obtención de la práctica profesional.
- Contratos indefinidos para el servicio del hogar familiar.
- Contrataciones realizadas antes de presentar la solicitud de subvención.
Criterios de valoración
Las solicitudes se evalúan sobre un máximo de 100 puntos conforme a los siguientes criterios:
- Actividad económica de la empresa (Máximo 10 puntos): Servicios digitales, economía digital, verde, azul o industria transformadora ligera (10 puntos); Turismo, comercio, hostelería y ocio (7 puntos); Resto de sectores (3 puntos).
- Número de contratos indefinidos incentivados (Máximo 30 puntos): 10 puntos por cada contratación de jóvenes inscritos en Garantía Juvenil.
- Medidas de igualdad e inclusión (Máximo 10 puntos): Plantilla con entre el 40% y 60% de mujeres (5 puntos); Más del 60% de mujeres (8 puntos); Más del 10% de trabajadores con discapacidad o en riesgo de exclusión (5 puntos).
- Tipo de empresa (Máximo 5 puntos): Micropyme (5 puntos); Pequeña empresa (4 puntos); Mediana empresa (3 puntos).
- Adhesión al procedimiento de resolución extrajudicial de conflictos: 5 puntos.
- Empresa de emprendimiento social: 10 puntos.
- Contratación de desempleados que hayan finalizado con éxito una acción formativa de empleo de PROCESA (Máximo 30 puntos): 10 puntos por cada contratación.
En caso de empate, se priorizará la mayor puntuación obtenida sucesivamente en los criterios de contratación de Garantía Juvenil, medidas de igualdad y tipo de empresa. Si persiste el empate, se decidirá por orden de presentación en el registro.
Cómo solicitarla
El procedimiento de solicitud y tramitación se realiza de la siguiente manera:
- Accede a la sede electrónica de PROCESA (https://sede.procesa.es/eAdmin/Sede.do) entre el 1 de junio y el 30 de septiembre de 2026 (hasta las 13:00 horas).
- Rellena el formulario oficial de solicitud junto con el modelo de autobaremación obligatoria.
- Adjunta la documentación requerida: DNI/CIF de los socios y la empresa, escrituras de constitución, acreditación de representación (si aplica), alta en el IAE, certificado de cuenta bancaria, DNI y vida laboral del trabajador a contratar, así como su inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y en el SEPE.
- Presenta los informes de vida laboral de la empresa y de plantilla media de los 6 meses anteriores para acreditar que no se ha destruido empleo y que se produce un incremento neto de trabajadores.
- Tras la evaluación, se publicará una propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE). Dispondrás de 10 días hábiles para presentar alegaciones.
- Una vez publicada la propuesta de resolución definitiva, deberás comunicar tu aceptación expresa en el plazo de 10 días hábiles para que se dicte la resolución de concesión.
Ir a la sede electrónica para solicitarla →
Preguntas frecuentes
- ¿Puedo pedir la ayuda para un trabajador que ya he contratado?
- No. Solo son subvencionables los contratos que se formalicen con fecha posterior a la presentación de la solicitud de la ayuda.
- ¿Cuánto tiempo tengo que mantener el puesto de trabajo creado?
- Tienes la obligación de mantener el empleo indefinido subvencionado durante un periodo mínimo de 2 años.
- ¿Se pueden subvencionar contratos a media jornada?
- Sí, se admiten contratos a tiempo parcial siempre que alcancen al menos la media jornada establecida en el convenio. En este caso, recibirás exactamente la mitad de la subvención.
- ¿Qué pasa si la persona contratada decide marcharse de la empresa?
- En caso de sustitución, deberás aportar toda la documentación del nuevo trabajador para acreditar que cumple con los mismos requisitos exigidos en la convocatoria.
- ¿Cómo se justifica esta subvención una vez concedida?
- Se justifica mediante el sistema de costes simplificados. Deberás presentar una cuenta justificativa (simplificada si la ayuda es menor de 60.000 €) con la memoria de actuación, el contrato, el alta en la Seguridad Social y los informes de vida laboral y plantilla media.
Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 897655 · Cómo elaboramos las fichas