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Convocatoria 2/2026 de ayudas LEADER 2023-2027 GAL ARACOVE
Resumen
Esta convocatoria de ayudas, gestionada por el Grupo de Acción Local ARACOVE, tiene como objetivo impulsar el desarrollo económico en la Comarca de las Vegas y la Alcarria de Alcalá. Financia proyectos de inversión destinados a la creación, ampliación y modernización de industrias agroalimentarias, así como al apoyo del comercio minorista de productos agrarios y agroalimentarios.
La ayuda resulta de gran interés para autónomos y pymes de la zona, ya que ofrece una subvención a fondo perdido que cubre hasta el 65% de las inversiones necesarias para modernizar o poner en marcha sus negocios, contribuyendo a la fijación de población y a la dinamización del entorno rural.
Quién puede solicitarla
Puedes solicitar estas ayudas si cumples con los siguientes perfiles y requisitos:
- Ser persona física (empresario individual o autónomo, o con el compromiso de serlo al presentar el proyecto).
- Ser persona jurídica de carácter empresarial.
- Para la Actuación 1.1 (industrias agroalimentarias): ser exclusivamente una microempresa del sector agroalimentario.
- Para la Actuación 1.2 (comercio minorista): ser microempresa, pequeña o mediana empresa (pyme) agraria o agroalimentaria, o bien una persona física/jurídica que promueva nuevas iniciativas de comercio minorista de productos agrarios y agroalimentarios.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid ni con otras administraciones públicas.
- No figurar como deudor de fondos FEAGA-FEADER en fase de pago.
- Cumplir con los límites de la normativa de ayudas de mínimis.
- El proyecto debe ubicarse en alguno de los municipios del ámbito de actuación de ARACOVE especificados en la convocatoria.
Cuantía
La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 207.914,14 € distribuido de la siguiente forma:
- Actuación 1.1 (Industrias agroalimentarias): 187.140,12 €.
- Actuación 1.2 (Comercio minorista): 20.774,02 €.
La intensidad de la ayuda es del 65% sobre la inversión máxima subvencionable.
- El límite máximo de ayuda por proyecto es de 300.000 € de forma general.
- No obstante, para la Actuación 1.1 (industrias agroalimentarias), la inversión máxima subvencionable se limita a 100.000 € (IVA excluido), lo que supone una ayuda máxima de 65.000 € (el 65% de 100.000 €).
Gastos subvencionables
Se financian las inversiones y gastos vinculados a la creación, ampliación y modernización de los establecimientos. No obstante, el detalle concreto de los conceptos de gasto aceptados y excluidos no consta en las bases reguladoras adjuntas en este extracto, remitiendo la convocatoria al Anexo IV de las bases reguladoras consolidadas de ARACOVE.
Criterios de valoración
Las solicitudes se valoran sobre un sistema de concurrencia competitiva con un mínimo de 30 puntos para ser elegibles. Los criterios de puntuación son:
- Perfil del beneficiario (Hasta 5 puntos): Jóvenes (<41 años), mujeres, colectivos desfavorecidos o cooperativas/entidades de economía social.
- Modalidad de proyecto (Hasta 10 puntos): Nueva creación, diversificación o traslado a la comarca (10 puntos); ampliación o modernización (5 puntos).
- Aprovechamiento de materia prima local y comercialización conjunta (Hasta 20 puntos): Uso mayoritario de recursos locales (10 puntos) y participación en proyectos comunes (10 puntos).
- Calidad/adecuación del proyecto (Hasta 10 puntos): Calidad técnica y financiera (5 puntos) y solvencia del promotor (5 puntos).
- Criterios transversales (Hasta 10 puntos): Carácter innovador (5 puntos) y mitigación del cambio climático (5 puntos).
- Equilibrio territorial (Hasta 15 puntos): Municipios de <2.500 hab. (15 puntos); de 2.500 a 5.000 hab. (10 puntos); de >5.000 hab. (5 puntos).
- Tipo de proyecto/producción (Hasta 10 puntos): Diversificación agraria, sinergias estratégicas, sector agroalimentario, turismo rural, digitalización, bioeconomía, entre otros (puntuaciones variables de 0 a 10 puntos).
- Creación de empleo (Hasta 40 puntos): Más de 3 empleos a tiempo completo (40 puntos); de 1 a 3 empleos (30 puntos); 1 empleo (20 puntos); consolidación o mantenimiento (10 puntos).
Cómo solicitarla
El procedimiento para solicitar la ayuda es el siguiente:
- Accede a la sede electrónica de ARACOVE (https://aracove.sedelectronica.es) o a su web oficial (www.aracove.com) para descargar el formulario normalizado de solicitud.
- Cumplimenta y firma digitalmente la solicitud dirigida a la Presidencia del Grupo de Acción Local ARACOVE.
- Prepara la documentación obligatoria: memoria descriptiva y valorada del proyecto (con definición de la inversión, presupuesto desglosado y estudio de viabilidad técnica, económica y financiera), acreditación de identidad/representación, declaraciones responsables y certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social.
- Aporta la documentación técnica complementaria: presupuestos, facturas proforma, proyectos técnicos y las licencias o autorizaciones urbanísticas y medioambientales necesarias.
- Presenta todo el expediente de forma telemática a través de la sede electrónica de ARACOVE (obligatorio para personas jurídicas).
- El plazo de presentación es de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
Ir a la sede electrónica para solicitarla →
Preguntas frecuentes
- ¿Puedo iniciar las inversiones antes de solicitar la ayuda?
- No. Los proyectos no pueden haberse iniciado con anterioridad a la firma del acta de no inicio por parte de los técnicos, salvo los gastos preparatorios que estén expresamente permitidos.
- ¿Cuál es el plazo que tengo para ejecutar el proyecto una vez concedido?
- El plazo de ejecución se fijará en la resolución de concesión y no podrá superar los 18 meses desde la fecha de dicha resolución, aunque se pueden solicitar prórrogas.
- ¿Qué pasa si mi solicitud tiene algún error o le falta un papel?
- ARACOVE te enviará un requerimiento de subsanación y dispondrás de un plazo máximo de 10 días hábiles para aportar los documentos que falten o corregir los errores. Si no lo haces, se te considerará desistido.
- ¿Cuánto tardarán en decirme si me han concedido la subvención?
- El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 6 meses desde la publicación de la convocatoria. Si pasa este plazo sin respuesta, debes entenderla como desestimada por silencio administrativo.
- ¿Qué municipios están incluidos en esta convocatoria?
- La ayuda se aplica a proyectos localizados en municipios como Ambite, Anchuelo, Belmonte de Tajo, Brea de Tajo, Campo Real, Carabaña, Colmenar de Oreja, Chinchón, Estremera, Morata de Tajuña, Nuevo Baztán (salvo Eurovillas), Villaconejos, Villarejo de Salvanés, entre otros detallados en el texto oficial.
Ficha revisada el 2026-07-31 · Fuente: BDNS 907961 · Cómo elaboramos las fichas