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Convocatoria 1/2026 de ayudas LEADER 2023-2027 GAL ARACOVE - Actuación 1.3 Ticket promoción del autoempleo
Resumen
Esta ayuda, denominada "Ticket promoción del autoempleo", está diseñada para impulsar el emprendimiento y el trabajo autónomo en el ámbito rural de la Comarca de las Vegas y la Alcarria de Alcalá. Financia la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales mediante un pago único a tanto alzado, facilitando que personas desempleadas puedan crear su propio puesto de trabajo y consolidar una actividad económica en el territorio.
Quién puede solicitarla
Personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:
- Encontrarse en situación de desempleo en el momento de presentar la solicitud.
- Acreditar la situación de desempleo durante al menos 180 días dentro de los últimos 360 días.
- No haber desarrollado la actividad económica para la que se solicita la ayuda durante los tres años anteriores.
- No haber obtenido en el ejercicio anterior rentas superiores al límite fijado en las Bases Reguladoras (el límite exacto no consta en el texto de la convocatoria).
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Cumplir con los límites de ayudas de minimis aplicables.
- El proyecto debe localizarse en uno de los municipios del ámbito territorial de ARACOVE especificados en la convocatoria.
- Generar, al menos, el puesto de trabajo propio mediante el alta en el RETA o mutualidad correspondiente.
- Acreditar que la actividad no cuenta con más de tres prestatarios en el municipio donde se va a implantar.
Cuantía
La ayuda consiste en una subvención a tanto alzado que varía según el compromiso de permanencia:
- Tipo 1: Equivalente a 1,5 veces el IPREM anual del ejercicio anterior al de la solicitud, si te comprometes a mantener la actividad y el empleo durante un mínimo de 3 años.
- Tipo 2: Equivalente a 3 veces el IPREM anual del ejercicio anterior al de la solicitud, si el compromiso de mantenimiento de la actividad y el empleo se extiende a 5 años.
El presupuesto total asignado a esta convocatoria es de 138.600 euros.
Gastos subvencionables
Al tratarse de una ayuda a tanto alzado ("ticket") vinculada al inicio de la actividad y al compromiso de mantenimiento del empleo, no se detalla un listado de facturas o gastos materiales elegibles en el texto de la convocatoria. No obstante, el proyecto debe ser viable técnica y económicamente, tener carácter productivo, constituir un proyecto completo con carácter finalista y no haberse iniciado antes de la firma del acta de no inicio o comprobación correspondiente.
Criterios de valoración
Las solicitudes se valoran sobre un máximo de 100 puntos y requieren un mínimo de 30 puntos para ser elegibles. El baremo es el siguiente:
- Creación de empleo (Hasta 40 puntos): Generación de más de 3 puestos a tiempo completo (40 puntos); entre más de 1 y 3 puestos (25 puntos); 1 puesto a tiempo completo (15 puntos).
- Equilibrio territorial (Hasta 15 puntos): Ubicación en municipios de menos de 2.500 habitantes (15 puntos); entre 2.500 y 5.000 habitantes (10 puntos); más de 5.000 habitantes (5 puntos).
- Duración del desempleo (Hasta 10 puntos): Más de 361 días en desempleo (10 puntos); entre 181 y 360 días (5 puntos).
- Recursos endógenos (10 puntos): Si el proyecto emplea o transforma materias primas o recursos del territorio.
- Calidad/adecuación del proyecto (Hasta 10 puntos): Calidad de la propuesta técnica, económica y financiera (5 puntos) y solvencia del promotor (5 puntos).
- Criterios transversales (Hasta 10 puntos): Carácter innovador (5 puntos) y contribución a la mitigación del cambio climático o medio ambiente (5 puntos).
- Perfil del beneficiario (5 puntos): Ser joven menor de 41 años en el año de la solicitud, mujer o pertenecer a colectivos desfavorecidos.
Cómo solicitarla
- Descarga el formulario de solicitud normalizado disponible en la página web oficial de ARACOVE (www.aracove.com).
- Prepara la documentación obligatoria, que incluye obligatoriamente una memoria descriptiva y valorada del proyecto, declaración responsable de no incurrir en prohibiciones, última declaración del IRPF, informe de vida laboral actualizado, certificado de la oficina de empleo que acredite el periodo de desempleo, certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social, y licencias o autorizaciones municipales necesarias.
- Presenta la solicitud y documentación de forma electrónica a través de la sede electrónica de ARACOVE (https://aracove.sedelectronica.es) o de forma presencial en la oficina técnica del Grupo de Acción Local (Centro Cultural El Matadero, C/ Huertos, 36, Chinchón).
- El plazo de presentación es de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
Ir a la sede electrónica para solicitarla →
Preguntas frecuentes
- ¿Puedo pedir la ayuda si acabo de quedarme en el paro?
- No. Uno de los requisitos obligatorios es acreditar que has estado en situación de desempleo durante al menos 180 días dentro de los últimos 360 días anteriores a la solicitud.
- ¿Cuánto dinero me van a dar exactamente?
- La cuantía exacta dependerá del IPREM anual del año anterior a tu solicitud. Recibirás 1,5 veces ese IPREM si te comprometes a mantener el negocio 3 años, o 3 veces el IPREM si te comprometes a mantenerlo durante 5 años.
- ¿Puedo montar el negocio en cualquier parte de Madrid?
- No. El proyecto debe localizarse obligatoriamente en alguno de los municipios del ámbito territorial de ARACOVE especificados en la convocatoria (como Chinchón, Colmenar de Oreja, Belmonte de Tajo, entre otros).
- ¿Qué pasa si ya he empezado con los gastos del negocio?
- Los proyectos no pueden haberse iniciado antes de que se realice el acta de no inicio o comprobación por parte de los técnicos. Cualquier gasto previo corre por tu cuenta y riesgo y podría invalidar la ayuda.
- ¿Puedo solicitar la ayuda si ya tuve un negocio similar hace poco?
- No. No debes haber desarrollado la actividad económica para la que solicitas la subvención durante los tres años anteriores a la fecha de la solicitud.
- ¿Cuánto tardarán en decirme si me han concedido la subvención?
- El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de seis meses contados desde la fecha de publicación de la convocatoria. Si pasa ese plazo sin respuesta, se entiende desestimada por silencio administrativo.
Ficha revisada el 2026-07-31 · Fuente: BDNS 902114 · Cómo elaboramos las fichas