Illes Balears · FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ISLAS BALEARES (FOGAIBA)
Subvenciones para inversiones en explotaciones agrarias del sector de los frutos secos. Convocatoria 2027
Resumen
Estas subvenciones están diseñadas para impulsar la modernización, viabilidad y sostenibilidad de las explotaciones agrícolas de las Illes Balears dedicadas a los frutos secos (almendros y algarrobos). El objetivo principal es reestructurar un sector muy afectado por la plaga de la bacteria Xylella fastidiosa, promoviendo la incorporación de tecnologías innovadoras y la adaptación al cambio climático.
La convocatoria va dirigida a agricultores activos, tanto personas físicas como jurídicas, que busquen mejorar el rendimiento global de sus explotaciones mediante nuevas plantaciones, replantaciones o la modernización de su maquinaria de cultivo.
Interesa especialmente porque ofrece un porcentaje de ayuda base que puede incrementarse de forma acumulativa con diversos pluses (por ejemplo, si eres joven agricultor, mujer, si produces en ecológico o si tu explotación está en Ibiza o Formentera), cubriendo hasta un máximo del 60 % de la inversión realizada.
Quién puede solicitarla
- Personas físicas o jurídicas (y agrupaciones sin personalidad jurídica) que sean titulares o cotitulares de una explotación agraria en las Illes Balears inscrita en el Registro autonómico de explotaciones agrarias (REA) con datos actualizados en los últimos 5 años.
- Tener una edad mínima de 18 años.
- Contar con la competencia y calificación profesional adecuada (acreditada mediante titulación agraria, cursos de formación de mínimo 150 horas o experiencia laboral de más de 6 años).
- Tener la consideración de agricultor activo en la campaña de la PAC del año anterior.
- Obtener una puntuación mínima de 30 puntos en los criterios de prioridad de la convocatoria.
- Disponer de una explotación que cumpla con un volumen de trabajo mínimo de 0,75 UTA en Mallorca y Menorca, 0,5 UTA en Ibiza y 0,3 UTA en Formentera.
- Demostrar la viabilidad económica de la explotación según los tramos de ingresos agrarios mínimos exigidos por volumen de UTA.
Cuantía
La dotación presupuestaria total para la convocatoria de 2027 queda sujeta a la existencia de crédito adecuado y suficiente (como referencia, la convocatoria de 2026 cuenta con un presupuesto total de 1.000.000,00 €).
Por beneficiario, los límites e importes de la ayuda son:
- Subvención máxima: 100.000,00 € por beneficiario y convocatoria.
- Inversión mínima auxiliable por expediente: 10.000,00 € con carácter general, y de 2.500,00 € si el expediente solo incluye replantaciones aisladas.
- Inversión máxima auxiliable por explotación durante todo el periodo PEPAC 2023-2027: 1.500.000,00 € (ampliable a 2.000.000,00 € para cooperativas o SAT de más de 12 UTA).
- Porcentaje de ayuda: El importe base es del 25,00 % de la inversión subvencionable. Este porcentaje se puede incrementar de forma acumulativa con pluses del 5 %, 10 % o 20 % por cumplir condiciones específicas (como regadío, producción ecológica, joven agricultor, mujer, localización en Ibiza/Formentera, etc.) hasta un límite máximo del 60,00 % del total de la inversión.
- Para la compra de maquinaria específica de recolección, poda, tratamiento y trituradoras se establece una inversión máxima auxiliable de 50.000,00 €.
Gastos subvencionables
- Nuevas plantaciones de almendros en regadío (con densidades mínimas de 238 árboles/ha) y algarrobos injertados (mínimo 100 árboles/ha).
- Replantación aislada de pies de almendro y algarrobo (con densidades resultantes superiores a 80 y 30 pies/ha respectivamente).
- Injerto de algarrobos sobre árboles ya plantados.
- Instalación de protecciones contra elementos climáticos y biológicos.
- Compra de maquinaria específica de recolección, poda, tratamiento y trituradoras de restos de poda.
- Adquisición e instalación de sondas de humedad o sensores inteligentes para control de riego de precisión.
- Honorarios de ingenieros, asesores y estudios de viabilidad económica y medioambiental (con un límite del 10,00 % de la inversión realizada en plantaciones, replantaciones o injertos).
- Quedan excluidos: el IVA (salvo que no sea recuperable), maquinaria de segunda mano, inversiones de simple sustitución o reposición (salvo mejora tecnológica), gastos de arrendamiento financiero (como margen del arrendador o intereses) e instalaciones de regadío que no cumplan con los requisitos de ahorro de agua del anexo 2.
Criterios de valoración
La valoración de solicitudes se realiza sobre un máximo de 120 puntos repartidos de la siguiente forma:
- Características del beneficiario o de la explotación (Máximo 80 puntos):
- Explotación agraria prioritaria: 25 puntos.
- Orientación productiva previa en frutos secos con UTA mínima reconocida: 15 puntos.
- Forma jurídica de cooperativa: 10 puntos.
- Socio de cooperativa o SAT que cumpla obligaciones: 10 puntos.
- Realización de curso sobre cuaderno de campo digital: 10 puntos.
- Explotación con al menos el 25 % de superficie en Red Natura 2000: 5 puntos.
- Forma jurídica de SAT: 5 puntos.
- Entidad reconocida como OPFH: 5 puntos.
- Titular mujer (o 40 % de mujeres en dirección de persona jurídica): 5 puntos.
- Joven agricultor (o 40 % de jóvenes en dirección): 5 puntos.
- Cursos realizados sobre aplicaciones SGA@PP, SGAFot y PRADIB: 5 puntos.
- Cursos sobre administración electrónica (firma, registro, etc.): 5 puntos.
- Objeto de la inversión (Máximo 40 puntos):
- Inversiones en almendros en regadío: 20 puntos.
- Inversiones que mejoren la competitividad según plan de mejora: 10 puntos.
- Replantación de variedades locales inscritas en el Catálogo oficial (mínimo 0,25 ha): 10 puntos.
- Replantación de pies de almendro/algarrobo para recuperar densidades en al menos 3 ha: 10 puntos.
- Penalizaciones:
- Revocación total de ayudas de inversión en frutos secos entre 2021 y 2024: resta 20 puntos.
En caso de empate, se priorizará el expediente presentado en primer lugar.
Cómo solicitarla
- Accede al trámite telemático disponible en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (http://www.caib.es) utilizando tu certificado digital.
- Rellena el formulario de solicitud oficial dirigido al FOGAIBA.
- Adjunta la documentación requerida, que incluye: Plan de mejora (según modelo oficial), planos de ubicación de las actuaciones, documento de titularidad o alquiler de las parcelas, y tres presupuestos de proveedores independientes para las inversiones en protecciones, maquinaria u honorarios.
- Si eres persona jurídica, aporta el NIF, acreditación de representación, copia del Impuesto de Sociedades (modelo 200) o modelo 184, y certificado de ingresos agrarios si realizas otras actividades.
- En caso de inversiones en regadío, adjunta la memoria técnica justificativa del cumplimiento de las condiciones de ahorro de agua.
- Presenta la solicitud por vía telemática dentro del plazo establecido (desde el 3 de mayo de 2027 hasta el 30 de junio de 2027).
Ir a la sede electrónica para solicitarla →
Preguntas frecuentes
- ¿Puedo solicitar un anticipo del pago de la subvención?
- Sí, puedes solicitar un anticipo de hasta el 50 % de la ayuda concedida, pero para ello debes presentar una garantía financiera que cubra el 125 % del importe que solicites como anticipo.
- ¿Qué obligaciones de mantenimiento tienen las inversiones?
- Debes mantener la propiedad, uso y ubicación de las inversiones subvencionadas durante un periodo mínimo de 5 años desde el pago de la ayuda, o de 3 años si eres una PYME y se trata de mantenimiento de inversiones o puestos de trabajo creados.
- ¿Se admiten pagos en efectivo para justificar los gastos?
- No, bajo ningún concepto se admiten los pagos en efectivo. Todos los pagos deben justificarse mediante transferencia bancaria, cheque nominativo o pagaré nominativo cargado en cuenta.
- ¿Qué pasa si no llego a ejecutar el 100 % de la inversión aprobada?
- Se ajustará la ayuda a la cantidad finalmente justificada, siempre que alcances al menos el 50 % de la inversión inicialmente aprobada y cumplas con los objetivos del proyecto. Si no llegas al 50 %, perderás el derecho a la ayuda.
- ¿Puedo comprar maquinaria de segunda mano con esta ayuda?
- No, la adquisición de maquinaria o equipos de segunda mano está expresamente excluida de los gastos subvencionables.
- Si mi explotación está en Ibiza o Formentera, ¿tengo alguna ventaja?
- Sí, las explotaciones situadas en Ibiza o Formentera reciben un incremento adicional del 10 % en el porcentaje de la ayuda sobre la base general.
Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 892725 · Cómo elaboramos las fichas