Illes Balears · FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ISLAS BALEARES (FOGAIBA)
Subvenciones para inversiones en explotaciones agrarias del sector de los frutos secos. Convocatoria 2027
Resumen
Estas ayudas están diseñadas para impulsar la modernización, reestructuración y sostenibilidad de las explotaciones agrarias de las Islas Baleares que se dedican al sector de los frutos secos (principalmente almendros y algarrobos). El objetivo es paliar los graves efectos que ha causado la plaga de la 'Xylella fastidiosa' mediante la renovación de cultivos y la mejora de la competitividad de los productores.
La convocatoria financia desde la preparación del terreno y la plantación de nuevos árboles hasta la adquisición de maquinaria moderna para la poda, recolección y tratamiento, así como sistemas inteligentes de control de riego. Interesa especialmente porque permite incrementar el porcentaje de ayuda base si cumples ciertas condiciones como ser joven agricultor, mujer, producir en ecológico o estar en Ibiza o Formentera.
Quién puede solicitarla
Puedes solicitar estas ayudas si cumples con los siguientes requisitos al término del plazo de solicitud:
- Ser persona física o jurídica (o agrupaciones sin personalidad) de al menos 18 años de edad.
- Ser titular o cotitular de una explotación agraria inscrita en el Registro autonómico de explotaciones agrarias (REA), con datos actualizados en los últimos 5 años.
- Acreditar competencia y calificación profesional adecuada (mediante título académico agrario, cursos de formación de mínimo 150 horas, o demostrando más de 6 años de experiencia en la actividad).
- Tener la consideración de agricultor activo en la campaña de la PAC anterior.
- Obtener una puntuación mínima de 30 puntos en los criterios de prioridad de la convocatoria.
- Que la explotación tenga un volumen de trabajo mínimo equivalente a 0,75 UTA en Mallorca y Menorca, 0,5 UTA en Ibiza o 0,3 UTA en Formentera.
- Demostrar la viabilidad económica de la explotación según los ingresos mínimos por tramos de UTA definidos en las bases.
Cuantía
La subvención tiene los siguientes límites y porcentajes:
- Importe base de la ayuda: 25,00 % del coste de la inversión subvencionable.
- Incrementos adicionales (acumulables hasta un máximo del 60,00 % del total de la inversión):
- +20,00 % para plantaciones de almendros en regadío.
- +20,00 % para uniones de organizaciones de productores (cooperativas de segundo grado, OPFH, etc.).
- +10,00 % para replantaciones aisladas, injertos de algarrobos, protecciones climáticas o compra de maquinaria.
- +10,00 % para producción ecológica, adheridos a la IGP Almendra de Mallorca, explotaciones en Ibiza/Formentera, mujeres titulares (o 33% de dirección femenina), jóvenes agricultores, proyectos con un 20% de agua regenerada o uso de variedades locales.
- +5,00 % para producción integrada.
- Límites de inversión:
- Inversión mínima por expediente: 10.000,00 euros (se reduce a 2.500,00 euros si solo incluye replantaciones aisladas).
- Subvención máxima por beneficiario y convocatoria: 100.000,00 euros.
- Inversión máxima auxiliable por explotación en todo el periodo PEPAC (2023-2027): 1.500.000,00 euros (2.000,000,00 euros para cooperativas o SAT de más de 12 UTA).
- Límite específico para maquinaria de recolección, poda y sensores: 50.000,00 euros de inversión máxima.
Gastos subvencionables
Se consideran gastos subvencionables aquellos realizados y pagados a partir del 1 de enero de 2025 (excepto honorarios y reservas de maquinaria que pueden iniciarse el 1 de septiembre de 2024) que correspondan a:
- Nuevas plantaciones de almendros en regadío (densidad mínima 238 árboles/ha) y algarrobos injertados (densidad mínima 100 árboles/ha).
- Replantación aislada de pies de almendro y algarrobo para recuperar densidades.
- Injerto de algarrobos sobre árboles ya plantados.
- Instalación de protecciones contra elementos climáticos y biológicos.
- Compra de maquinaria específica de recolección, poda, tratamiento, trituradoras de restos de poda y sensores inteligentes de riego.
- Honorarios de ingenieros, asesores y estudios de viabilidad (máximo 10,00 % de la inversión de plantación, replantación o injerto).
Quedan excluidos:
- Gastos de arrendamiento financiero (margen del arrendador, intereses, seguros).
- Inversiones de reposición o simple sustitución (salvo que aporten nueva tecnología o rendimiento).
- Compra de maquinaria de segunda mano.
- El IVA (salvo que no sea recuperable).
- Inversiones contrarias a limitaciones sectoriales.
Criterios de valoración
Las solicitudes se puntúan sobre un máximo de 120 puntos según los siguientes criterios:
- Características del beneficiario o explotación (Máximo 80 puntos):
- Explotación agraria prioritaria: 25 puntos.
- Orientación productiva previa en frutos secos con mínimo de UTA específico por isla: 15 puntos.
- Ser socio de cooperativa o SAT: 10 puntos.
- Forma jurídica de cooperativa: 10 puntos.
- Haber realizado curso sobre cuaderno de campo digital: 10 puntos.
- Forma jurídica de SAT o reconocimiento como OPFH: 5 puntos cada uno.
- Titular mujer o joven agricultor (o 40% de dirección): 5 puntos cada uno.
- Explotación con al menos el 25% de superficie en Red Natura 2000: 5 puntos.
- Cursos de aplicaciones SGA o administración electrónica: 5 puntos por curso.
- Objeto de la inversión (Máximo 40 puntos):
- Inversiones en almendros en regadío: 20 puntos.
- Inversiones que mejoren la competitividad según plan de mejora: 10 puntos.
- Replantación de variedades locales (mínimo 0,25 ha): 10 puntos.
- Replantación para recuperar densidades en al menos 3 ha: 10 puntos.
Penalizaciones: Se restarán 20 puntos si has tenido una revocación total de ayudas de inversión en frutos secos entre 2021 y 2024.
Cómo solicitarla
La tramitación se realiza siguiendo estos pasos:
- Accede a la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (http://www.caib.es) o a la web del FOGAIBA.
- Rellena el formulario de solicitud específico para la convocatoria 2027 (plazo del 3 de mayo de 2027 al 30 de junio de 2027).
- Prepara y adjunta la documentación obligatoria: NIF/DNI, acreditación de representación, plan de mejora, planos de ubicación, acreditación de capacitación profesional, título de propiedad o alquiler de las tierras, y la declaración de vinculación empresarial.
- Para las inversiones en protecciones, maquinaria u honorarios, debes aportar obligatoriamente un mínimo de tres ofertas de proveedores independientes.
- Si incluyes actuaciones de regadío, adjunta la memoria técnica justificativa del cumplimiento de los requisitos de ahorro de agua (Anexo 2).
- Presenta la solicitud de forma telemática si estás obligado a relacionarte electrónicamente con la administración.
Ir a la sede electrónica para solicitarla →
Preguntas frecuentes
- ¿Puedo pedir un anticipo para empezar las obras?
- Sí, puedes solicitar un anticipo de hasta el 50,00 % de la ayuda concedida, pero para ello debes presentar una garantía financiera que cubra el 125,00 % del importe que solicites como anticipo.
- ¿Qué pasa si no puedo ejecutar el 100% de la inversión aprobada?
- La ayuda se ajustará a lo que realmente hayas ejecutado, siempre que alcances al menos el 50,00 % de la inversión inicial aprobada y se cumpla la finalidad de la ayuda. Si ejecutas menos del 50,00 %, perderás el derecho al cobro.
- ¿Puedo comprar un tractor o maquinaria de segunda mano?
- No, la compra de maquinaria o equipos de segunda mano está expresamente excluida como gasto subvencionable en estas ayudas.
- ¿Cuánto tiempo tengo que mantener los árboles plantados o la maquinaria?
- Debes mantener la propiedad, ubicación y uso de las inversiones durante un periodo mínimo de 5 años desde el pago de la ayuda (o 3 años en el caso de pymes para el mantenimiento de inversiones o puestos de trabajo).
- Tengo las tierras alquiladas, ¿puedo pedir la ayuda?
- Sí, pero debes acreditar la titularidad del contrato de arrendamiento y asegurar que el alquiler se mantendrá vigente, como mínimo, durante el periodo obligatorio de mantenimiento de la inversión (3 o 5 años desde el pago).
- ¿Se admite el pago de las facturas en efectivo?
- No, bajo ningún concepto se admiten los pagos en efectivo. Todos los pagos deben justificarse mediante transferencia bancaria, cheque nominativo o pagaré, acompañados de sus correspondientes extractos bancarios.
Ficha revisada el 2026-07-31 · Fuente: BDNS 892725 · Cómo elaboramos las fichas