Cataluña · AYUNTAMIENTO DE VILADECAVALLS
Subvención en régimen de concurrencia competitiva para empresas, autónomos y entidades sin ánimo de lucro que hagan efectiva la contratación de personas paradas del municipio de Viladecavalls, y nuevos autónomos
Resumen
Esta subvención del Ayuntamiento de Viladecavalls tiene como objetivo fomentar el empleo y la cohesión social en el municipio. Financia la contratación de personas desempleadas que estén empadronadas en Viladecavalls e inscritas en el SOC o en la bolsa de trabajo local. Asimismo, apoya a las personas que decidan establecerse como nuevos autónomos en la localidad.
Quién puede solicitarla
Pueden solicitar estas ayudas las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que cumplan con los siguientes requisitos:
- Tener el centro de trabajo, domicilio social o domicilio fiscal en el municipio de Viladecavalls.
- Estar al corriente de los pagos con el Ayuntamiento, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
- Formalizar un contrato laboral que respete el sueldo mínimo fijado por el convenio colectivo del sector aplicable.
- No haber realizado despidos calificados como improcedentes o nulos en los 3 meses anteriores a la contratación para el mismo perfil profesional.
- Disponer de las licencias municipales correspondientes o tenerlas en trámite.
- No ceder al personal contratado a terceras empresas.
- Para nuevos autónomos: no haber estado de alta en el régimen de autónomos anteriormente, o llevar más de 1 año sin estar de alta.
Cuantía
Las cuantías de las subvenciones se estructuran de la siguiente manera:
- Contratación de un trabajador desempleado por un mínimo de 6 meses a jornada completa (40 horas semanales): 1.000 euros.
- Contratación de un trabajador desempleado por un mínimo de 6 meses a media jornada (20 horas semanales): 500 euros.
- Para el resto de supuestos de contratación o el alta de nuevos autónomos (con duración mínima de 6 meses): No consta en las bases el importe exacto debido a la interrupción del texto oficial.
Gastos subvencionables
Son subvencionables los costes derivados de la contratación laboral de personas desempleadas del municipio y los gastos de establecimiento para nuevos autónomos. No se permite la subcontratación ni la cesión de los trabajadores contratados a terceras empresas (ETT).
Criterios de valoración
El procedimiento de concesión se tramita en régimen de concurrencia competitiva. No obstante, los criterios de puntuación detallados y sus respectivos pesos específicos no constan en las bases facilitadas.
Cómo solicitarla
- Las solicitudes deben presentarse de forma telemática a través de los canales habilitados por el Ayuntamiento de Viladecavalls.
- El plazo de presentación de solicitudes permanece abierto hasta el 31 de octubre de 2026.
- Se debe aportar la documentación justificativa de la contratación (contrato de trabajo, alta en la Seguridad Social) o, en su caso, el alta en el régimen de autónomos y el padrón histórico que acredite la residencia en el municipio.
Preguntas frecuentes
- ¿Puedo solicitar la ayuda si contrato a un trabajador a tiempo parcial?
- Sí, siempre que la jornada sea de un mínimo de 20 horas semanales y el contrato dure al menos 6 meses (o 2 meses según la modalidad).
- ¿Qué requisitos debe cumplir la persona que voy a contratar?
- Debe ser una persona desempleada, residente en Viladecavalls, e inscrita en el SOC o en la bolsa de trabajo municipal (red XALOC).
- He despedido a alguien hace un mes, ¿puedo pedir la subvención?
- No si el despido fue declarado improcedente o nulo y corresponde al mismo perfil o categoría profesional del nuevo contrato en los 3 meses anteriores.
- Soy nuevo autónomo, ¿cuánto tiempo debo mantener la actividad?
- Para poder optar a la ayuda debes mantener el alta de autónomo durante un periodo mínimo de 6 meses.
- ¿Puedo pedir la ayuda si mi empresa no está en Viladecavalls?
- No, es un requisito obligatorio tener el domicilio social, fiscal o al menos un centro de trabajo en el municipio de Viladecavalls.
Ficha revisada el 2026-07-31 · Fuente: BDNS 888766 · Cómo elaboramos las fichas