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Guía de Ayudas

Ámbito estatal · ÁREA DE GOBIERNO DE URBANISMO, MEDIO AMBIENTE Y MOVILIDAD

FOMENTO DE LA MOVILIDAD SOSTENIBLE DUM 2026

Quedan46 díasCierra el 15 de septiembre de 2026
Cuantía máxima citada450.000 €Ver condiciones y tramos →

Resumen

Esta convocatoria de ayudas, enmarcada en el plan Cambia 360 del Ayuntamiento de Madrid, financia la adquisición de furgonetas y camiones ligeros (categorías N1 y N2) destinados a la distribución urbana de mercancías en la Comunidad de Madrid. El objetivo es retirar de la circulación los vehículos más contaminantes para mejorar la calidad del aire y la eficiencia energética en la capital.

La subvención apoya la compra de vehículos nuevos o de hasta 9 meses de antigüedad con etiquetas ambientales '0 emisiones', 'ECO' y 'C'. Además, incluye una línea específica para financiar la instalación o renovación de sistemas de producción de frío 100% eléctricos en vehículos isotermos o frigoríficos, con independencia de su motorización.

Interesa especialmente a autónomos y pymes que operen en Madrid, ya que las cuantías de las ayudas aumentan significativamente si se entrega un vehículo antiguo para achatarrar, facilitando la adaptación a las restricciones de circulación de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE).

Quién puede solicitarla

Pueden solicitar estas ayudas las personas físicas mayores de edad, autónomos, personas jurídicas privadas y entidades sin personalidad jurídica que cumplan con:

  • Residir en el municipio de Madrid a la fecha de publicación de la convocatoria (empadronados si son personas físicas; con domicilio social, fiscal o sucursal en Madrid para personas jurídicas).
  • Estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AEAT a la fecha de publicación.
  • Ejercer una actividad económica que conlleve la distribución urbana de mercancías en la Comunidad de Madrid.
  • No tener subvenciones pendientes de justificación con el Ayuntamiento de Madrid.

Cuantía

El presupuesto total es de 700.000 € (ampliable en 450.000 € adicionales). Las ayudas se estructuran según la categoría del vehículo, su etiqueta y si hay achatarramiento:

Vehículos N1 (Furgonetas y camiones ligeros):

  • Cero Emisiones: 11.000 € (14.000 € con achatarramiento).
  • ECO: 7.000 € (10.000 € con achatarramiento).
  • C: 5.000 € (El achatarramiento es obligatorio para optar a la ayuda).

Vehículos N2:

  • Cero Emisiones: 12.000 € (15.000 € con achatarramiento).
  • ECO: 8.000 € (11.000 € con achatarramiento).
  • C: 6.000 € (El achatarramiento es obligatorio para optar a la ayuda).

Dispositivos de frío 100% eléctricos:

  • Se añade un 40% del coste sin IVA de la instalación o renovación del equipo de frío, con un límite máximo de 6.000 €.

Gastos subvencionables

Son subvencionables:

  • La compra directa de furgonetas y camiones nuevos (categorías N1 y N2).
  • La adquisición mediante contratos de leasing o renting con una duración mínima de 2 años.
  • Vehículos de hasta 9 meses de antigüedad matriculados previamente por el concesionario o fabricante.
  • La compra e instalación de dispositivos de producción de frío exclusivamente eléctricos para vehículos isotermos o frigoríficos (nuevos o usados).

Quedan excluidos:

  • Vehículos de segunda mano (salvo los de concesionario de hasta 9 meses).
  • Vehículos concebidos para competición.
  • Vehículos de movilidad personal.
  • El IVA de las operaciones de compra o instalación.

Criterios de valoración

No hay baremo de puntos. Las ayudas se tramitan mediante el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva. Esto significa que las solicitudes se otorgan por estricto orden de presentación (fecha y hora de registro) hasta que se agote el presupuesto disponible de 700.000 € (o su ampliación).

Cómo solicitarla

El proceso se realiza de la siguiente manera:

  1. El solicitante (o el concesionario adherido al programa Cambia 360) debe comprobar la disponibilidad de crédito en la web oficial.
  2. Se genera el boletín de solicitud en la aplicación informática https://madrid.es/cambia360.
  3. El solicitante firma el boletín y lo presenta telemáticamente junto con la documentación requerida (presupuesto aceptado o factura, ficha técnica, etc.). El plazo de presentación es del 15 de abril al 15 de septiembre de 2026.
  4. Una vez publicada la resolución de concesión, el beneficiario dispone de un plazo máximo de 6 meses para presentar la documentación de justificación (permiso de circulación, facturas definitivas, justificantes de pago bancario y, en su caso, certificado de achatarramiento CAT).
  5. Tras la comprobación de los justificantes por la entidad colaboradora (AECIM), se realiza el pago por transferencia bancaria.

Ir a la sede electrónica para solicitarla →

Preguntas frecuentes

¿Puedo comprar un vehículo de segunda mano con esta ayuda?
No, los vehículos de segunda mano están excluidos. Solo se admiten vehículos nuevos o de km 0 matriculados por el concesionario que no superen los 9 meses de antigüedad.
¿Es obligatorio achatarrar un vehículo viejo?
Solo es obligatorio si vas a comprar un vehículo con etiqueta ambiental 'C'. Si compras un vehículo 'ECO' o '0 emisiones', el achatarramiento es opcional, pero si lo haces recibirás 3.000 € adicionales de ayuda.
¿Qué requisitos debe cumplir el vehículo que voy a achatarrar?
Debe ser de categoría N1, N2 o M, tener etiqueta ambiental 'A' o 'B', contar con la ITV en vigor a la fecha de publicación de la convocatoria, y debes haber sido su propietario de forma ininterrumpida desde al menos el 1 de enero de 2022.
¿Puedo solicitar la ayuda si compro el vehículo mediante renting?
Sí, se admite la adquisición por renting o leasing, pero el contrato debe tener una duración mínima de dos años.
¿Durante cuánto tiempo tengo que mantener el vehículo a mi nombre?
Tienes la obligación de destinar el vehículo a la distribución de mercancías en la Comunidad de Madrid y no transmitirlo a terceros durante un período mínimo de dos años.
¿Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones?
Sí, son compatibles con otras ayudas públicas. No obstante, la suma de todas las subvenciones recibidas para el mismo vehículo no puede superar el 75% de su coste total.

Ficha revisada el 2026-07-31 · Fuente: BDNS 891471 · Cómo elaboramos las fichas

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