Cantabria · CONSEJERÍA DE FOMENTO, ORDENACIÓN DELTERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE
Resolución del Consejero de fecha 5 de marzo de 2026 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones empresariales del sector del transporte de mercancías por carretera de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Resumen
Estas ayudas están diseñadas para apoyar económicamente el funcionamiento diario de las asociaciones empresariales del sector del transporte público de mercancías por carretera en Cantabria. El objetivo principal es financiar sus gastos corrientes de funcionamiento para fortalecer la representación y defensa de los intereses de este sector clave.
Quién puede solicitarla
Puedes solicitar estas ayudas si cumples con los siguientes requisitos:
- Ser una asociación empresarial de transporte público de mercancías por carretera.
- Tener el domicilio fiscal ubicado en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Haber sido constituida legalmente antes del 1 de enero de 2026.
- Acreditar que cuentas con representatividad ante el Comité Nacional del Transporte por Carretera.
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones generales para obtener subvenciones públicas.
Cuantía
La ayuda cubre hasta un 40% de los gastos corrientes subvencionables que justifiques en tu memoria. El importe máximo que puede recibir un único beneficiario está limitado a 16.000 euros. El presupuesto total asignado a esta convocatoria es de 32.000 euros.
Gastos subvencionables
Se admiten los gastos corrientes de funcionamiento generados y pagados entre el 29 de abril de 2025 y el último día de presentación de solicitudes. Se incluyen:
- Alquileres o intereses financieros por la compra de la oficina de la asociación, o alquileres puntuales para eventos, cursos y reuniones.
- Reparación, conservación y mantenimiento de los locales de la asociación.
- Suministros de luz, agua, basura, teléfono y material de oficina no inventariable.
- Seguros sociales (cuota patronal) del personal en plantilla.
- Servicios profesionales externos: limpieza, seguridad, asesoría y auditoría.
- Cuotas de afiliación a asociaciones de ámbito supraautonómico (con un límite de 9.000 euros por beneficiario).
Queda excluida expresamente la subcontratación de la actividad subvencionada.
Criterios de valoración
El procedimiento de concesión se realiza mediante concurrencia competitiva con un criterio de prioridad temporal. En caso de que el importe total de las solicitudes supere el presupuesto disponible de 32.000 euros, las ayudas se adjudicarán por estricto orden de entrada (fecha y hora de presentación de la solicitud completa y correcta) hasta agotar los fondos.
Cómo solicitarla
Pasos para realizar la solicitud:
- Accede al Portal Institucional del Gobierno de Cantabria (http://www.cantabria.es) en el apartado 'Atención a la Ciudadanía 012' para descargar el modelo de solicitud y los anexos.
- Cumplimenta la solicitud y fírmala digitalmente con el certificado electrónico del representante legal de la asociación.
- Presenta la solicitud por vía telemática a través del Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Adjunta la documentación obligatoria: memoria detallada de gastos, facturas emitidas a nombre de la asociación, justificantes de pago bancario (o recibos para pagos en metálico de hasta 1.000 euros), escrituras de constitución, poder de representación, certificado de representatividad ante el Comité Nacional del Transporte y certificado de titularidad bancaria.
- El plazo de presentación es de un mes, a contar desde el día siguiente al que se publique el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué plazo hay para presentar la solicitud?
- El plazo es de un mes, empezando a contar desde el día siguiente al que se publique el extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
- ¿Puedo pagar algún gasto en metálico y meterlo en la subvención?
- Sí, pero de forma excepcional. Solo se admiten pagos en metálico si el importe es igual o inferior a 1.000 euros por proveedor, y debes aportar un recibo firmado y sellado por el proveedor con todos sus datos fiscales.
- ¿Qué pasa si mi solicitud no está completa cuando la envíe?
- La administración te pedirá que la subsanes en un plazo de 10 días hábiles. Ten en cuenta que, a efectos de la prioridad para recibir la ayuda, se registrará la fecha y hora del momento en que presentes el último documento que complete tu expediente.
- ¿Cuánto tardarán en resolver y pagar la ayuda?
- El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 5 meses desde que presentas tu solicitud. Una vez aprobada la concesión, se tramitará directamente el pago único en la cuenta bancaria indicada.
- ¿Es compatible esta subvención con otras ayudas?
- Sí, es compatible con cualquier otra ayuda pública o privada para el mismo fin, siempre que la suma de todas las subvenciones recibidas no supere el coste total de los gastos que has justificado.
Ficha revisada el 2026-07-31 · Fuente: BDNS 891514 · Cómo elaboramos las fichas