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Guía de Ayudas

Comunidad Valenciana · AYUNTAMIENTO DE PATERNA

CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCION A EMPRESAS PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS EMPADRONADAS EN EL MUNICIPIO DENOMINADA "CHEQUE EMPLEO 2026"

Quedan38 díasCierra el 31 de octubre de 2026
Cuantía máxima citada4.200 €Ver condiciones y tramos →

Resumen

Estas ayudas fomentan la inserción laboral en el municipio de Paterna mediante subvenciones a fondo perdido para la contratación de personas desempleadas. El programa busca incentivar que las empresas y autónomos locales generen empleo estable y de calidad, apoyando especialmente la incorporación de colectivos con mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo.

La convocatoria financia tanto contrataciones temporales con una duración mínima de tres meses como contratos indefinidos. El interés principal de esta ayuda radica en que permite minorar significativamente los costes salariales de las nuevas incorporaciones, con incentivos económicos que aumentan según la estabilidad del contrato y las características de la persona contratada.

Quién puede solicitarla

  • Empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, y autónomos personas físicas que realicen nuevas contrataciones de personas desempleadas de Paterna.
  • Estar radicado en la Comunidad Valenciana (domicilio, sede social o centro de trabajo).
  • Desarrollar los puestos de trabajo en centros de la Comunidad Valenciana y de alta en un código de cuenta de cotización de Castellón, Valencia o Alicante.
  • Haber mantenido el nivel de empleo indefinido en la Comunidad Valenciana durante los 6 meses anteriores a la formalización del contrato.
  • No haber realizado despidos disciplinarios u objetivos declarados improcedentes por sentencia firme, ni despidos colectivos, en los 6 meses anteriores a la solicitud.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Paterna.
  • No tener deudas pendientes por reintegro de subvenciones ni haber sido excluido de programas de empleo por infracciones muy graves.

Cuantía

La dotación presupuestaria total de la convocatoria es de 75.000 €, pudiendo incrementarse hasta un máximo de 112.500 € si existe crédito disponible.

Las cuantías específicas por beneficiario (con un límite máximo de 2 contrataciones subvencionadas por solicitante) son:

  • Contratación temporal a jornada completa (mínimo 3 meses): oscila entre 3.000 € (para 3 meses) y 4.200 € (a partir de 6 meses).
  • Contratación indefinida inicial (mínimo 6 meses): se incrementa en 1.800 € adicionales sobre la cuantía base.
  • Conversión de contrato formativo (FP Dual) a indefinido: 2.000 €.
  • Contratación de colectivos específicos (riesgo de exclusión, desempleados de larga duración, menores de 30 años en su primer empleo de su titulación, mayores de 55 años, personas con discapacidad igual o superior al 33%, o participantes de programas municipales de empleo en los últimos 3 años): 4.200 €.
  • Contratos a jornada parcial (mínimo 20 horas semanales): la cuantía se prorrateará proporcionalmente.

Gastos subvencionables

  • Son subvencionables los costes salariales derivados de las nuevas contrataciones que cumplan con los requisitos de duración y perfil de la convocatoria.
  • Quedan excluidas las relaciones laborales de carácter especial detalladas en el Estatuto de los Trabajadores.
  • Quedan excluidas las contrataciones de familiares directos (cónyuge, ascendientes, descendientes y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad) del empresario o de los administradores de la sociedad.
  • Quedan excluidas las contrataciones de trabajadores que finalizaron su relación laboral anterior por mutuo acuerdo (salvo autónomos económicamente dependientes que cesen su actividad).
  • Quedan excluidos los contratos para sustituir a trabajadores que ya fueron subvencionados en convocatorias anteriores.
  • Quedan excluidas las empresas contratistas de servicios del Ayuntamiento de Paterna para las obras o servicios encomendados, las Administraciones Públicas, las empresas de trabajo temporal (ETT) para puesta a disposición, y los Centros Especiales de Empleo que ya tengan bonificada la contratación.

Criterios de valoración

El procedimiento de concesión se tramita en régimen de concurrencia competitiva, que se resolverá por riguroso orden de presentación de las solicitudes (fecha de registro de entrada) que cumplan con todos los requisitos, hasta agotar el crédito presupuestario disponible. No se establece un baremo de puntuación adicional en el texto de la convocatoria; para más detalles, consúltalo en las bases reguladoras.

Cómo solicitarla

  1. Accede a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Paterna (https://sede.paterna.es/opensiac/main.action) o acude al SIAC para obtener los modelos normalizados.
  2. Cumplimenta una solicitud independiente para cada contratación que quieras subvencionar.
  3. Prepara la documentación requerida de la empresa (tarjeta CIF, escrituras, vida laboral de la empresa, modelo 036/037, TC1 y TC2 del mes anterior y del mes de la contratación, y declaración jurada de no haber despedido en los últimos 6 meses).
  4. Prepara la documentación de la persona contratada (DARDE, certificado de periodos de inscripción de LABORA, vida laboral, declaración de parentesco y copia del contrato de trabajo).
  5. Presenta la solicitud de forma telemática a través de la sede electrónica o por los medios previstos en la Ley 39/2015.
  6. El plazo de presentación está abierto desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPV hasta el 31 de octubre de 2026. Recuerda que debes presentar la solicitud en el plazo máximo de un mes desde la fecha de formalización del contrato.

Ir a la sede electrónica para solicitarla →

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el trabajador contratado se va voluntariamente antes de tiempo?
Debes sustituirlo en el plazo de un mes por otra persona desempleada con el mismo perfil y condiciones, y comunicarlo en un máximo de 10 días desde el nuevo contrato. Solo se permite una sustitución.
¿Puedo pedir la ayuda si contrato a un familiar?
No. Están excluidas las contrataciones de cónyuges y familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad del autónomo o de los cargos directivos de la empresa.
¿Es compatible esta subvención con otras ayudas al empleo?
No. Esta ayuda es incompatible con cualquier otra subvención o bonificación destinada a la misma contratación o finalidad.
¿Qué requisitos de empadronamiento debe cumplir el trabajador?
La persona contratada debe estar empadronada en el municipio de Paterna durante al menos los 6 meses anteriores a la fecha en la que se formalice el contrato.
¿Puedo contratar a jornada parcial con esta ayuda?
Sí, siempre que la jornada sea de un mínimo de 20 horas semanales. En este caso, el importe de la subvención se reducirá de forma proporcional a las horas firmadas.
¿Cuántos contratos puedo subvencionar con este programa?
Un mismo beneficiario solo puede recibir ayudas para un máximo de 2 contrataciones, ya sean a jornada completa o a tiempo parcial.

Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 882129 · Cómo elaboramos las fichas

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