Extremadura · DIRECCIÓN GENERAL DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Ayudas 2026 a asociaciones de ganaderos para gastos de gestión de programas de cría, s/ Resolución de 9 de diciembre de 2025, que las convoca
Resumen
Estas ayudas están diseñadas para apoyar a las asociaciones de criadores de ganado en Extremadura con los gastos derivados de la gestión de sus programas de cría. En concreto, financian la gestión de los libros genealógicos, el desarrollo de programas de mejora genética (tanto de conservación como de selección) y las actividades de difusión de estas mejoras.
La convocatoria va dirigida a asociaciones de criadores de razas ganaderas autóctonas españolas sin ánimo de lucro y a entidades colaboradoras de ámbito autonómico. Interesa especialmente porque ofrece una cobertura de hasta el 100% de los gastos subvencionables en la gestión de libros y programas de difusión, ayudando a preservar el patrimonio genético ganadero de la región.
Quién puede solicitarla
Puedes solicitar estas ayudas si cumples con los siguientes requisitos como asociación:
- Ser una asociación de criadores y criadoras de razas ganaderas autóctonas españolas sin ánimo de lucro.
- Estar oficialmente reconocida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de Extremadura.
- Tener personalidad jurídica propia, estar legalmente constituida e inscrita en el registro oficial correspondiente.
- Presentar un proyecto o programa de trabajo detallado para el año de la solicitud, incluyendo un informe de previsiones mensuales de las actuaciones en Extremadura.
- Presentar un informe de las actividades realizadas el año anterior, firmado por el técnico responsable y el representante legal.
- Comprometerse a realizar actividades anuales de divulgación dirigidas al sector ganadero.
- Someterse a los controles y verificaciones de calidad técnica correspondientes.
- Para que las actuaciones sean subvencionables, los ganaderos asociados deben tener su explotación inscrita y actualizada en Extremadura y someter a sus animales a los controles de la asociación.
Cuantía
La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 1.300.000 euros, cofinanciado al 75% por el fondo europeo FEADER. Los porcentajes de ayuda y los límites máximos por asociación según la actividad son:
- Gestión de libros genealógicos: 100% de los gastos subvencionables, con un límite máximo de 80.000,00 euros por asociación.
- Implantación y desarrollo del programa de mejora (conservación/selección): 70% de los gastos subvencionables, con un límite máximo de 50.000,00 euros por asociación.
- Programas de difusión de la mejora: 100% de los gastos subvencionables, con un límite máximo de 30.000,00 euros por asociación.
El presupuesto inicial podrá incrementarse hasta en un 20% adicional si existe disponibilidad presupuestaria antes de la resolución.
Gastos subvencionables
Son subvencionables las actuaciones indicadas en el artículo 4 del Decreto 64/2024, de 2 de julio (cuyo detalle específico de conceptos no consta en este extracto de convocatoria). Los gastos deben haberse realizado en el periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de octubre de 2025.
Criterios de valoración
Las solicitudes se puntúan sobre un sistema de baremación que exige un mínimo de 2 puntos para ser subvencionables:
- Criterio 1º. Razas autóctonas catalogadas como amenazadas: hasta 3 puntos (Riesgo bajo: 1 punto; Riesgo medio: 2 puntos; Riesgo alto: 3 puntos).
- Criterio 2º. Participación en regímenes de calidad (D.O.P., I.G.P., Logotipo raza autóctona o normas de calidad): 1 punto. En el caso de I.G.P., D.O.P. y normas de calidad, al menos el 20% de las explotaciones de la asociación deben estar en Extremadura.
- Criterio 3º. Censos inscritos en el Libro Genealógico en Extremadura inferiores a ciertos umbrales por especie (Equino < 5.000; Caprino < 10.000; Porcino < 15.000; Bovino < 7.500; Ovino < 10.000): 1 punto.
- Criterio 4º. Actuaciones de conservación o mejora en bancos de germoplasma oficiales: 2 puntos.
En caso de empate, se priorizará la puntuación obtenida en el Criterio 1, seguido del Criterio 2 y el Criterio 3. Si persiste el empate, se realizará un prorrateo de los fondos disponibles.
Cómo solicitarla
Pasos para realizar la solicitud:
- Cumplimenta el formulario oficial de solicitud (Anexo I) de forma electrónica a través del Punto de Acceso General Electrónico de Extremadura (www.juntaex.es).
- Asegúrate de disponer de DNI electrónico o certificado digital válido para firmar la solicitud.
- Adjunta la documentación requerida: acreditación de representación legal, escrituras de constitución, estatutos de la asociación, nombramiento del director técnico, proyecto de trabajo anual con previsión mensual, informe de actividades del año anterior, compromiso de divulgación, memoria justificativa detallada de las actividades y presupuesto desglosado con IVA.
- Si solicitas varias líneas de ayuda (Libros, Cría o Difusión), presenta memorias independientes para cada una de ellas.
- Presenta la solicitud dentro del plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura (DOE).
Preguntas frecuentes
- ¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud?
- El plazo es de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura (DOE).
- ¿Qué porcentaje de mis gastos puedo recuperar?
- Puedes recuperar hasta el 100% en gestión de libros genealógicos y programas de difusión, y hasta el 70% en programas de mejora (conservación y selección).
- ¿Hay un límite máximo de dinero por asociación?
- Sí, los límites son de 80.000 € para libros genealógicos, 50.000 € para programas de cría y 30.000 € para programas de difusión.
- ¿Qué periodo de gastos cubre esta ayuda?
- Cubre los gastos realizados desde el 1 de noviembre de 2024 hasta el 31 de octubre de 2025.
- ¿Cuándo y cómo tengo que justificar los gastos realizados?
- El plazo máximo para presentar la justificación es el 10 de noviembre de 2025, y se debe aportar una memoria de actuaciones y una certificación de un auditor de cuentas inscrito en el ROAC.
Ficha revisada el 2026-07-31 · Fuente: BDNS 881196 · Cómo elaboramos las fichas