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Guía de Ayudas

Region De Murcia · INSTITUTO DE FOMENTO DE LA REGIÓN DE MURCIA (INFO)

Resolución de 6 de mayo de 2026, del Director del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, de convocatoria plurianual de ayudas para incentivar la contratación de servicios de innovación y competitividad por las Pymes regionales. Cheque Innovación.

Quedan91 díasCierra el 23 de diciembre de 2026
Cuantía máxima citada800.000 €Ver condiciones y tramos →

Resumen

Este programa de ayudas, conocido como Cheque Innovación, está diseñado para impulsar la competitividad y la capacidad innovadora de las pequeñas y medianas empresas de la Región de Murcia. Financia la contratación de asesores y proveedores externos especializados para implantar mejoras organizativas, optimizar procesos de producción, diseñar nuevos productos o proteger la propiedad industrial mediante patentes.

La convocatoria resulta muy atractiva porque ofrece una subvención a fondo perdido que cubre, como norma general, el 70% del coste del servicio contratado. Este porcentaje puede incrementarse si tu actividad se alinea con las prioridades estratégicas de la región, facilitando el acceso a consultoría de alto nivel que de otro modo supondría un desembolso inasumible para un pequeño negocio.

Quién puede solicitarla

  • Pequeñas y medianas empresas (pymes).
  • Comunidades de bienes.
  • Trabajadores autónomos.
  • Personas jurídicas de cualquier sector de actividad, con excepciones.
  • Quedan excluidas las empresas dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca, de la acuicultura y de la producción primaria de productos agrícolas.
  • Para determinados servicios, se exige contar con una plantilla media mínima (por ejemplo, al menos 3 o 10 empleados según el cheque solicitado) durante el año anterior o desde la constitución de la empresa.
  • Para el servicio de Transferencia de Tecnología, se requiere disponer de al menos un empleado con competencias específicas en la materia del proyecto.

Cuantía

La dotación presupuestaria total de la convocatoria es de 1.000.000 de euros (repartidos en 200.000 euros para la anualidad 2026 y 800.000 euros para la de 2027).

A nivel individual, la cuantía máxima de subvención por beneficiario es de 8.000 euros, según el extracto oficial. No obstante, la ayuda se calcula aplicando un porcentaje fijo del 70% sobre los costes subvencionables del servicio. Este porcentaje se incrementa en 15 puntos porcentuales (alcanzando el 85%) si la actividad de tu empresa se enmarca en los ámbitos de la Estrategia de Especialización Inteligente RIS4 Región de Murcia.

Cada tipo de servicio tiene asignado un límite de subvención específico:

  • Reingeniería de procesos (A1G1-2): 5.000 €.
  • Gestión de Recursos Humanos (A1G3-2): 7.000 €.
  • Gestión de la I+D+i ISO 56001 (A2G1-4): 6.000 € (más 2.000 € si incluye certificación).
  • Continuidad del Negocio ISO 22301 (A2G1-5): 6.000 € para pequeña empresa y 9.000 € para mediana empresa (en ambos casos, más 2.000 € o 3.000 € respectivamente si se incluye certificación).
  • Innovación abierta (A2G1-6): 6.000 €.
  • Metodologías ágiles (A2G1-7): 6.000 €.
  • Gestión Excelente EFQM (A2G4-1): 6.000 €.
  • Optimización de procesos productivos (A4G2-1): 8.000 € (se reduce a 4.000 € si ya fuiste beneficiario de este servicio previamente).
  • Ingeniería de producto (A4G3-3): 10.000 € (se reduce a 5.000 € si ya fuiste beneficiario previamente).
  • Transferencia de tecnología (A4G5-2): hasta 10.000 € para adaptación/integración y/o 5.000 € para asesoramiento jurídico.
  • Patentes y Modelos de Utilidad (A5G1-2): 8.000 € para patentes extranjeras, 5.000 € para Indicación Geográfica Protegida (IGP) y 2.000 € para patentes españolas o PCT.
  • Incentivos y deducciones fiscales por I+D+i (A5G4-1): 6.000 € (más 1.000 € por consultas a la AEAT y/o 2.000 € si incluye certificación para Informe Motivado).
  • Diseño de producto, envase y embalaje (A6G1-1): 10.000 €.

Gastos subvencionables

  • Son subvencionables los costes de contratación de servicios de consultoría, asistencia técnica y asesoramiento prestados por proveedores externos especializados para el desarrollo de los servicios catalogados.
  • Se admite la subcontratación de entidades certificadoras en los servicios que contemplan la obtención de normas ISO o informes motivados.
  • Quedan expresamente excluidas las tasas de registro a pagar en las Oficinas de Patentes.
  • Queda excluida la adquisición directa de tecnología o maquinaria (solo se subvenciona la asistencia técnica para su adaptación o el asesoramiento jurídico para el contrato de transferencia).
  • Queda excluida la implantación de herramientas de software de gestión o diseño en los servicios que así lo especifican (como recursos humanos o diseño de producto).
  • Se excluyen las modificaciones habituales o periódicas de productos o servicios existentes que solo representen mejoras incrementales.
  • Los demás gastos subvencionables y excluidos se rigen por lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden de bases reguladoras; consúltalo en las bases reguladoras.

Criterios de valoración

No aparece en el texto de la convocatoria; consúltalo en las bases reguladoras.

Cómo solicitarla

  1. Accede a la sede electrónica del Instituto de Fomento de la Región de Murcia (INFO) en la dirección https://sede.institutofomentomurcia.es/infodirecto
  2. Selecciona el trámite correspondiente al programa "Cheque Innovación" y cumplimenta el formulario de solicitud en los modelos normalizados habilitados.
  3. Prepara y adjunta la documentación requerida para el servicio específico que solicitas. Esto incluye, de forma general, al menos tres certificados de buena ejecución firmados por clientes de tu proveedor seleccionado (o un certificado según el tipo de cheque), salvo que el proveedor cumpla condiciones específicas como ser Agente de la Propiedad Industrial o entidad certificadora.
  4. Si solicitas el servicio de Transferencia de Tecnología (A4G5-2), deberás adjuntar además una memoria del proyecto (máximo 10 páginas), la Relación Nominal de Trabajadores (RNT), el currículum vitae del empleado responsable y su titulación académica.
  5. Presenta la solicitud telemáticamente antes del plazo límite, fijado para el 23 de diciembre de 2026 a las 23:59 horas.

Ir a la sede electrónica para solicitarla →

Preguntas frecuentes

¿Puedo contratar a cualquier consultor o proveedor para realizar el servicio?
Sí, pero con límites. No puedes contratar a un proveedor que ya haya sido seleccionado por otras 10 empresas beneficiarias anteriores en esta misma convocatoria. Si ocurre esto, el INFO te dará un plazo para cambiar de proveedor.
¿Qué porcentaje del coste del servicio me cubre la ayuda?
La ayuda cubre el 70% del coste del servicio. Sin embargo, si tu actividad empresarial está dentro de las prioridades de la estrategia regional RIS4, la cobertura sube al 85%.
¿Tengo que aportar certificados de trabajos anteriores de mi consultor?
Sí, para casi todos los servicios debes presentar en la solicitud de 1 a 3 certificados de buena ejecución de proyectos similares realizados por tu proveedor y firmados por sus clientes.
¿De cuánto tiempo dispongo para realizar el proyecto una vez concedido?
El plazo de ejecución va desde el momento en que presentas la solicitud de ayuda hasta un año después de que te notifiquen la concesión. Es posible pedir una prórroga de hasta seis meses más si justificas retrasos ajenos a tu control.
¿Cómo y cuándo se justifica la subvención?
Debes presentar la justificación formal de los gastos de manera telemática en el plazo máximo e improrrogable de un mes desde que finalice el plazo de ejecución de tu proyecto.
Si ya recibí un Cheque Innovación en el pasado, ¿puedo volver a pedirlo?
Sí, pero para ciertos servicios (como optimización de procesos o ingeniería de producto) la cuantía máxima de la ayuda se reduce a la mitad si ya fuiste beneficiario de ese mismo servicio bajo la actual orden de bases.

Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 906427 · Cómo elaboramos las fichas

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