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Resolución de 6 de mayo de 2026, del Director del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, de convocatoria plurianual de ayudas para incentivar la contratación de servicios de innovación y competitividad por las Pymes regionales. Cheque Innovación.
Resumen
Este programa de ayudas, conocido como Cheque Innovación, financia la contratación de consultores y proveedores externos especializados para implantar mejoras de gestión, procesos y tecnología en tu negocio. El objetivo es impulsar la competitividad y la capacidad de innovación de las pequeñas y medianas empresas de la Región de Murcia.
La ayuda resulta muy atractiva porque cubre una parte muy importante del coste de los servicios contratados (con una intensidad del 70% o del 85% según la actividad) y abarca un amplio catálogo de proyectos. Entre ellos se encuentran la reingeniería de procesos, la optimización de la producción, el diseño de nuevos productos o envases, y la implantación de normas de calidad o continuidad del negocio.
Quién puede solicitarla
Puedes solicitar esta ayuda si cumples con los siguientes requisitos:
- Ser pyme, comunidad de bienes, autónomo o persona jurídica con actividad en la Región de Murcia.
- Pertenecer a cualquier sector de actividad, excepto los dedicados a la producción primaria de productos de la pesca, acuicultura y producción agrícola primaria.
- Cumplir con los requisitos específicos de plantilla media exigidos para el servicio concreto que vayas a solicitar (por ejemplo, mínimo de 3 o 10 empleados en determinados códigos de servicio).
- Disponer de al menos un empleado con competencias específicas en la materia si solicitas el servicio de Transferencia de Tecnología (A4G5-2).
Cuantía
La cuantía de la ayuda se calcula aplicando un porcentaje fijo sobre el coste del servicio contratado:
- Intensidad general: 70% del coste elegible.
- Intensidad incrementada: 85% (70% más 15 puntos porcentuales adicionales) si tu actividad está enmarcada en la Estrategia de Especialización Inteligente RIS4 Región de Murcia 2021-2027.
- Límite máximo general por beneficiario: 8.000 euros (según el extracto oficial).
- Subvenciones máximas específicas por tipo de servicio:
- Reingeniería de procesos (A1G1-2): 5.000 €
- Gestión de Recursos Humanos (A1G3-2): 7.000 €
- Gestión de la I+D+i ISO 56001 (A2G1-4): 6.000 € (más 2.000 € si incluye certificación).
- Continuidad del Negocio ISO 22301 (A2G1-5): 6.000 € para pequeña empresa y 9.000 € para mediana empresa (más 2.000 € o 3.000 € respectivamente si incluye certificación).
- Innovación abierta (A2G1-6): 6.000 €
- Metodologías ágiles (A2G1-7): 6.000 €
- Capacitación Excelencia EFQM (A2G4-1): 6.000 €
- Optimización de procesos productivos (A4G2-1): 8.000 € (4.000 € si ya fuiste beneficiario previamente).
- Ingeniería de producto (A4G3-3): 10.000 € (5.000 € si ya fuiste beneficiario previamente).
- Transferencia de tecnología (A4G5-2): Hasta 10.000 € para adaptación/integración y/o 5.000 € para asesoramiento jurídico.
- Patentes y Modelos de Utilidad (A5G1-2): Desde 2.000 € hasta 8.000 € según el ámbito geográfico (5.000 € para IGP).
- Deducciones fiscales por I+D+i (A5G4-1): 6.000 € (más 1.000 € por consultas a la AEAT y/o 2.000 € por certificación de Informe Motivado).
- Diseño de producto, envase y embalaje (A6G1-1): 10.000 €
Gastos subvencionables
Son subvencionables los gastos de consultoría, asistencia técnica y asesoramiento externo directamente relacionados con el servicio contratado y detallados en el catálogo de la convocatoria.
Quedan excluidos expresamente:
- Las tasas a pagar en las Oficinas de Patentes.
- La adquisición directa de la tecnología en los proyectos de transferencia tecnológica.
- La implantación de herramientas de software (programas informáticos) de gestión o diseño, ya que estas se financian a través de otros programas como el Cheque TIC o Transformación Digital.
- Modificaciones habituales o periódicas de productos o servicios existentes que solo supongan mejoras incrementales.
Criterios de valoración
No consta en las bases el baremo detallado de puntuación ni los pesos de los criterios de valoración de las solicitudes.
Cómo solicitarla
- Accede a la sede electrónica del Instituto de Fomento de la Región de Murcia (INFO) en la dirección: https://sede.institutofomentomurcia.es/infodirecto
- Selecciona el trámite correspondiente al programa "Cheque Innovación".
- Cumplimenta el formulario de solicitud oficial y adjunta la memoria técnica requerida para el servicio elegido.
- Aporta la documentación del proveedor seleccionado, incluyendo como mínimo tres (3) certificados de buena ejecución firmados por clientes anteriores para trabajos similares (o un certificado en los servicios que así lo especifiquen).
- Si solicitas el servicio de Transferencia de Tecnología (A4G5-2), aporta el currículum vitae del empleado responsable, su titulación universitaria o de FP y la última Relación Nominal de Trabajadores (RNT).
- Presenta la solicitud firmada electrónicamente antes de las 23:59 horas del 23 de diciembre de 2026.
Ir a la sede electrónica para solicitarla →
Preguntas frecuentes
- ¿Puedo contratar a cualquier consultor o empresa proveedora?
- Sí, pero con un límite: no puedes elegir a un proveedor que ya haya sido designado por otras 10 empresas beneficiarias anteriores en esta misma convocatoria. Si ocurre, el INFO te dará un plazo para cambiar de proveedor.
- ¿Qué plazo tengo para realizar los trabajos contratados?
- El plazo de ejecución comienza el día que presentas la solicitud de la ayuda y termina un año después de que te notifiquen la concesión oficial de la subvención.
- ¿Se puede prorrogar el plazo de ejecución del proyecto?
- Sí, se puede ampliar hasta la mitad del plazo inicial si demuestras causas ajenas a ti, pero para solicitarlo debes haber ejecutado al menos el 25% del proyecto.
- ¿Cuánto tiempo tengo para presentar las facturas y justificar la ayuda?
- Dispones de un plazo máximo e improrrogable de un mes, a contar desde el día en que finalice el plazo de ejecución de tu proyecto.
- ¿Esta ayuda sirve para comprar un programa informático (software)?
- No. Las bases excluyen expresamente la compra o implantación de software de gestión o diseño, indicando que para ello debes acudir a los programas Cheque TIC o Transformación Digital.
- ¿Qué ocurre si mi empresa ya recibió un Cheque Innovación anteriormente?
- Puedes volver a solicitarlo, pero para determinados servicios (como optimización de procesos o ingeniería de producto) la cuantía máxima de la subvención se reduce a la mitad si ya fuiste beneficiario en esta misma orden de bases.
Ficha revisada el 2026-07-31 · Fuente: BDNS 906427 · Cómo elaboramos las fichas