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Guía de Ayudas

Ámbito estatal · OTROS

Convocatoria Programa Pyme Digital 2026- Cámara León

Quedan61 díasCierra el 30 de septiembre de 2026
Cuantía máxima citada7.490 €Ver condiciones y tramos →

Resumen

Este programa ofrece servicios de apoyo y ayudas económicas para que las pequeñas y medianas empresas de León incorporen soluciones tecnológicas y digitales en su actividad habitual. El objetivo es mejorar su productividad y competitividad mediante la adopción sistemática de las tecnologías de la información y la comunicación.

El programa consta de dos fases: una primera fase gratuita de Diagnóstico Asistido de TIC, donde asesores de la Cámara analizan el nivel de digitalización de la empresa, y una segunda fase de Implantación, en la que se otorgan subvenciones directas para ejecutar las soluciones recomendadas en ámbitos como el comercio electrónico, marketing digital o herramientas de productividad en la nube.

Quién puede solicitarla

  • Pequeñas y medianas empresas (pymes) según la definición de la Unión Europea.
  • Personas físicas o jurídicas válidamente constituidas que ejerzan una actividad económica.
  • Estar dadas de alta de forma continuada en el Censo del IAE antes del 1 de enero de 2024.
  • Tener el domicilio social o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de León.
  • Contar con una facturación mínima de 100.000 € en la última anualidad.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • Cumplir con la norma de minimis (no haber recibido más de 300.000 € en ayudas de minimis en los tres años previos).
  • Quedan excluidas expresamente las comunidades de bienes, sociedades civiles, UTEs, asociaciones, fundaciones, entidades sin ánimo de lucro, autónomos societarios y autónomos colaboradores.
  • Quedan excluidas las empresas proveedoras de soluciones de digitalización a terceros (especialmente el grupo IAE 845) y las que operen en la producción primaria de productos agrícolas, pesca o acuicultura.

Cuantía

La cuantía máxima de la ayuda por empresa es de 4.494,00 € sobre un presupuesto máximo elegible de 7.490,00 €.

Este presupuesto elegible se desglosa en:

  • Un máximo de 7.000,00 € de costes directos.
  • Un 7% de costes indirectos asociados a tipo fijo, que equivale a 490,00 €.

La ayuda cubre el 60% del coste elegible (financiado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional - FEDER), mientras que la empresa beneficiaria debe aportar el 40% restante (2.996,00 €) y prefinanciar la totalidad del proyecto.

Gastos subvencionables

Se admiten los gastos asociados a la ejecución del Plan de Implantación en las siguientes líneas:

  • Utilización de las TIC para la mejora de la competitividad (herramientas de productividad, ERP, CRM orientados a la nube).
  • Comercio electrónico.
  • Marketing digital (SEO, SEM, email marketing, analítica web, redes sociales, reputación online, apps móviles).
  • Costes indirectos calculados a un tipo fijo del 7% sobre los costes directos justificados.

Quedan excluidos:

  • Contrataciones con empresas o autónomos vinculados.
  • Proyectos que coincidan con la actividad propia de la empresa solicitante, aunque se contraten a terceros.
  • Soluciones tecnológicas que ya hayan sido financiadas previamente a través del programa Kit Digital en cualquiera de sus convocatorias.
  • El IVA no es subvencionable.

Criterios de valoración

Las solicitudes se seleccionarán por estricto orden de registro de entrada (concurrencia no competitiva), siempre que cumplan con los requisitos mínimos exigidos y hasta agotar la disponibilidad presupuestaria.

Cómo solicitarla

  1. Las solicitudes y la documentación correspondiente deben presentarse obligatoriamente de forma telemática a través de la sede electrónica de la Cámara de León: https://sede.camara.es/sede/leon
  2. El plazo de presentación se inicia a las 09:00 horas una vez transcurridos 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de León, y finaliza el 30 de septiembre de 2026 a las 14:00 horas (o antes si se agota el presupuesto).
  3. Se debe aportar la siguiente documentación obligatoria:
  • Formulario de solicitud debidamente cumplimentado.
  • Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones de participación (Anexo III).
  • Declaración anual de IVA del último año finalizado (o documento oficial equivalente que acredite la facturación mínima de 100.000 €).
  • En caso de acceder directamente a la Fase II, copia de la convocatoria del programa público previo y el informe de asesoramiento TIC correspondiente.
  • Si no se autoriza la consulta de oficio: poder de representación, certificados de estar al corriente con la AEAT y la Seguridad Social, y Certificado de Situación Censal de la AEAT.

Ir a la sede electrónica para solicitarla →

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar algo por el diagnóstico inicial de digitalización?
No, la Fase I de Diagnóstico Asistido de TIC es completamente gratuita para las empresas. Está financiada por el FEDER y la Cámara de Comercio.
¿Puedo contratar a un familiar o a una empresa de mi propiedad para implantar las soluciones?
No. Queda totalmente prohibida la contratación de proveedores que estén vinculados con la empresa beneficiaria.
¿Tengo que adelantar el dinero de la inversión?
Sí. La empresa beneficiaria debe prefinanciar la totalidad de los gastos del proyecto. Una vez ejecutados, pagados y debidamente justificados, recibirá el reembolso del 60% subvencionado.
Si soy autónomo societario, ¿puedo pedir esta ayuda?
No. Las bases excluyen expresamente de esta convocatoria a las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios o autónomos colaboradores.
¿Es compatible esta ayuda con el Kit Digital?
No se pueden financiar con esta ayuda las mismas soluciones tecnológicas que ya te hayan subvencionado a través del programa Kit Digital.
¿Qué pasa si mi empresa factura menos de 100.000 euros al año?
No podrás ser beneficiario, ya que uno de los requisitos obligatorios es acreditar una facturación mínima de 100.000 € en la última anualidad.

Ficha revisada el 2026-07-31 · Fuente: BDNS 887374 · Cómo elaboramos las fichas

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