Saltar al contenido
Guía de Ayudas

Castilla La Mancha · DIRECCIÓN GENERAL PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA Y COOPERATIVAS

Resolución de 17/07/2026, de la D.G. de Producción Agroalimentaria y Cooperativas, por la que se convocan en el año 2026 las ayudas a la cooperación para la creación de canales cortos de comercialización

PlazoAbiertaDos meses desde el dia siguiente a su publicacion en el DOCM
Cuantía máxima citada200.000 €Ver condiciones y tramos →

Resumen

Estas ayudas están destinadas a financiar la creación y promoción de canales cortos de comercialización y mercados locales de productos agrícolas en Castilla-La Mancha. El objetivo es impulsar la cooperación horizontal y vertical entre los distintos operadores de la cadena alimentaria, facilitando que los productores vendan directamente al consumidor o con un intermediario como máximo.

La convocatoria va dirigida a grupos de cooperación de nueva creación o a grupos ya existentes que inicien una nueva actividad en este ámbito. Interesa especialmente porque cubre hasta el 100% de los gastos subvencionables del proyecto, con un límite máximo de 200.000 euros por iniciativa.

Quién puede solicitarla

Pueden solicitar estas ayudas los siguientes beneficiarios:

  • Grupos de cooperación de nueva creación que lleven a cabo un proyecto de cooperación en este ámbito.
  • Grupos de cooperación ya existentes, siempre que se inicien en una nueva actividad en el marco de un proyecto de cooperación.
  • Al tratarse de agrupaciones sin personalidad jurídica, todos los miembros que asuman compromisos de ejecución tendrán la consideración de beneficiarios individuales.
  • Se debe nombrar a un único representante o apoderado con poderes bastantes para actuar como coordinador y persona de contacto.

Cuantía

La intensidad de la ayuda es del 100% de los gastos subvencionables del proyecto.

  • El importe máximo de subvención por proyecto de cooperación es de 200.000 euros.
  • El presupuesto total asignado a esta convocatoria es de 720.000 euros, con posibilidad de incrementarse en hasta 90.000 euros adicionales sin necesidad de nueva convocatoria.

Gastos subvencionables

Se admiten los siguientes gastos vinculados al proyecto:

  • Gastos de personal propio del grupo o de sus integrantes (calculados a un tipo fijo del 20% del total de gastos subvencionables del proyecto).
  • Gastos indirectos de administración, gestión, alquileres corrientes o suministros (calculados a tipo fijo, con un límite máximo del 15% del total de los gastos de personal, sin necesidad de justificación).
  • Inversiones materiales e inmateriales (con las excepciones de las bases reguladoras).
  • Alquiler de locales para almacenes y oficinas.
  • Plataformas digitales y diseño de herramientas web.
  • Contratación de servicios externos y registro de marcas.
  • Actividades de promoción (publicaciones, webs, asistencia a ferias o congresos, jornadas).
  • Gastos de viaje, alojamiento y manutención (sujetos a los límites del Decreto 36/2006 de la Junta).

Quedan excluidos los gastos detallados en el Anexo I de la orden de bases reguladoras (no especificados en este extracto).

Criterios de valoración

Las solicitudes se tramitan en régimen de concurrencia competitiva.

  • Se evaluarán y puntuarán los proyectos admisibles aplicando los criterios de valoración establecidos en el artículo 10 de la orden de bases reguladoras.
  • El reparto de los fondos se realizará en orden descendente según la puntuación obtenida por cada solicitud hasta agotar el presupuesto disponible.
  • Los detalles concretos de la puntuación y pesos de cada criterio "No consta en las bases" de esta convocatoria (remite al artículo 10 de la Orden 66/2026).

Cómo solicitarla

El procedimiento de solicitud se realiza de la siguiente manera:

  1. Las solicitudes se deben presentar obligatoriamente de forma telemática con firma electrónica a través del formulario disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).
  2. El solicitante o su representante debe estar dado de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas (https://notifica.jccm.es/notifica/).
  3. El plazo de presentación es de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM).
  4. Junto con el formulario (Anexo I), se debe aportar obligatoriamente:
  • Documento acreditativo de la representación.
  • Acuerdo de cooperación firmado por todos los miembros del grupo.
  • Memoria del proyecto de cooperación.
  • Relación de actividades en formato Excel (Anexo IA).
  • Tres ofertas de diferentes proveedores para cada gasto directo (salvo excepciones justificadas), junto con la relación de ofertas (Anexo IB).
  • Declaración responsable o certificación de auditoría sobre el cumplimiento de plazos de pago (Ley 3/2004) para subvenciones superiores a 30.000 €.
  • Documentación específica para la valoración de criterios sociales (presencia de mujeres, planes de igualdad, etc.) y copia del DNI para el criterio de edad.

Ir a la sede electrónica para solicitarla →

Preguntas frecuentes

¿Qué es un canal corto de comercialización?
Es una vía de venta de productos agrícolas que implica como máximo a un intermediario entre el productor y el consumidor final.
¿Necesitamos tener personalidad jurídica propia para pedir la ayuda?
No, los grupos de cooperación pueden ser agrupaciones sin personalidad jurídica, pero debéis firmar un acuerdo de cooperación y nombrar un representante único.
¿Cuánto dinero nos pueden conceder como máximo?
La ayuda cubre el 100% de los gastos del proyecto que resulten aprobados, con un límite máximo de 200.000 euros por proyecto de cooperación.
¿Cómo se justifican los gastos de personal y los gastos de oficina?
Se calculan mediante costes simplificados: el personal se imputa como un 20% fijo del total de gastos del proyecto, y los gastos indirectos (oficina, luz, etc.) se limitan a un máximo del 15% de ese gasto de personal, sin necesidad de presentar facturas de estos últimos.
¿Qué plazo tenemos para ejecutar el proyecto de comercialización?
Los proyectos deben durar entre 1 y 3 años, estructurados en periodos anuales de ejecución, y todas las actuaciones deben finalizar obligatoriamente antes del 30 de junio de 2029.
¿Es posible compatibilizar esta subvención con otras ayudas?
No, estas ayudas son incompatibles con cualquier otra financiación para los mismos gastos, proceda de fondos de la Unión Europea o de otros presupuestos públicos.

Ficha revisada el 2026-07-31 · Fuente: BDNS 919962 · Cómo elaboramos las fichas

Otras ayudas de agricultura, pesca y alimentación