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Guía de Ayudas

Cantabria · CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

CONVOCATORIA PARA 2027 LAS AYUDAS A LA TRANSFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DE LA PESCA Y DE LA ACUICULTURA COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO MARÍTIMO, DE PESCA Y DE ACUICULTURA (FEMPA).

Quedan2 díasCierra el 25 de septiembre de 2026

Resumen

Estas ayudas están diseñadas para impulsar la competitividad de las industrias pesqueras y acuícolas en Cantabria. El objetivo principal es financiar proyectos de inversión que mejoren tanto la transformación como la comercialización de estos productos, promoviendo la calidad, el valor añadido y la sostenibilidad del sector.

La convocatoria está dirigida a microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) que realicen actividades de transformación y venta al por mayor. Es una oportunidad excelente para modernizar instalaciones, mejorar la trazabilidad de los alimentos o implementar tecnologías que reduzcan el consumo energético de la planta.

El programa cuenta con un presupuesto total de 4.500.000 euros para el año 2027 y está cofinanciado en un 70% por la Unión Europea a través del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA).

Quién puede solicitarla

Puedes solicitar estas ayudas si cumples con los siguientes requisitos:

  • Ser persona física, jurídica, comunidad de bienes o agrupación sin personalidad jurídica que desarrolle la actividad objeto de la ayuda.
  • Tener la condición de micro, pequeña o mediana empresa (pyme) según los criterios de la Unión Europea.
  • Incluir en tu objeto social la transformación y comercialización al por mayor de productos de la pesca y la acuicultura.
  • Desarrollar el proyecto o actividad dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  • Ofrecer garantías suficientes de viabilidad técnica y económica.
  • Garantizar que el establecimiento subvencionado mantendrá su actividad durante al menos cinco años.
  • No ser una empresa en crisis ni tener pendiente una orden de recuperación por ayudas ilegales.
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones generales para recibir subvenciones públicas.

Cuantía

La ayuda cubre como máximo el 50% de los gastos que se consideren subvencionables, debiendo aportar el beneficiario el porcentaje restante como contribución privada.

Si el presupuesto total de la convocatoria (4.500.000 euros) no es suficiente para cubrir todas las solicitudes con ese 50%, se aplicará un sistema de prorrateo. Las solicitudes se ordenarán por puntuación: la mejor valorada recibirá el 50%, y este porcentaje bajará un 0,1% por cada puesto que se descienda en la lista. Si aun así se supera el presupuesto, se aplicará un coeficiente de minoración general.

No aparece en el texto de la convocatoria un importe máximo o mínimo fijado por beneficiario; consúltalo en las bases reguladoras.

Gastos subvencionables

Se subvencionan las inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos de la pesca y la acuicultura que cumplan con la normativa del fondo europeo FEMPA. Esto incluye la adquisición de bienes de equipo, maquinaria, instalaciones y obras de modernización.

Para que los costes sean admitidos, deben ajustarse al valor de mercado y estar respaldados por tres ofertas de proveedores independientes.

No aparece en el texto de la convocatoria una lista detallada de gastos excluidos; consúltalo en las bases reguladoras.

Criterios de valoración

Las solicitudes se evalúan sobre un máximo de 100 puntos utilizando una fórmula ponderada basada en cuatro bloques de criterios:

  1. Criterios Generales (Peso en fórmula: 30%):
  • Adecuación a la Estrategia (hasta 2 puntos).
  • Adecuación al análisis DAFO (hasta 2 puntos).
  • Adecuación al tipo de actividad (hasta 2 puntos).
  • Contribución a indicadores de resultado (hasta 2 puntos).
  • Relación con otros planes y programas (hasta 2 puntos).
  1. Criterios Horizontales (Peso en fórmula: 20%):
  • Ambientales: mejora de la eficiencia energética acreditada por técnico (hasta 2 puntos).
  • Sociales: disponer de Plan de Igualdad (1 punto) y medidas de accesibilidad implantadas (1 punto).
  1. Criterios de Viabilidad (Peso en fórmula: 20%):
  • Viabilidad técnica: concreción de objetivos (1 punto) e innovación del proyecto (1 punto).
  • Viabilidad económica: aportación de recursos propios superiores al 50% de la inversión (hasta 2 puntos).
  1. Criterios Específicos (Peso en fórmula: 30%):
  • Mantenimiento y creación de empleo: incremento de plantilla general y de empleo femenino en los últimos dos años (hasta 10 puntos).
  • Objetivos del proyecto: mejora de trazabilidad y seguridad (2 puntos), modernización (1 punto) o producción bajo sellos de calidad diferenciada como DOP, IGP o Ecológico (2 puntos).
  • Origen de la materia prima: uso de productos procedentes de la pesca local (2 puntos).

En caso de empate, se priorizarán las empresas con mayor puntuación en el criterio de ocupación femenina.

Cómo solicitarla

El procedimiento para solicitar la ayuda es el siguiente:

  1. Accede al modelo normalizado de solicitud (Anexo I) y los anexos técnicos (A1, A2, A3 y A4) disponibles en la web oficial del Gobierno de Cantabria (www.cantabria.es).
  2. Prepara la documentación requerida, que incluye escrituras, acreditación de representación, presupuestos o facturas proforma, y las tres ofertas de proveedores distintos para cada gasto.
  3. Si tu proyecto supera los 200.000 euros o es una nueva instalación, incorpora el estudio de viabilidad económica firmado por un técnico competente junto con las cuentas anuales o balances de los últimos tres ejercicios.
  4. Si alegas mejoras de eficiencia energética, aporta el informe técnico que cuantifique el porcentaje de ahorro estimado.
  5. Presenta la solicitud y la documentación de forma telemática a través de los registros electrónicos autorizados por el Gobierno de Cantabria.
  6. El plazo de presentación es de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Preguntas frecuentes

¿Qué porcentaje de mi inversión puede cubrir esta ayuda?
La ayuda puede cubrir hasta un máximo del 50% de los gastos subvencionables del proyecto. El 50% restante lo debes aportar tú como contribución privada.
Si mi proyecto es de nueva instalación, ¿tengo que presentar algún documento especial?
Sí. Si vas a realizar una nueva instalación o si tu inversión supera los 200.000 euros, debes presentar un estudio de viabilidad económica firmado por un técnico competente, acompañado de las cuentas anuales de los últimos tres años.
¿Por qué me piden tres ofertas de proveedores distintos?
Es obligatorio presentar tres ofertas de proveedores independientes para garantizar que los precios se ajustan al mercado, incluso para compras pequeñas de bienes o servicios, salvo que demuestres que no hay más proveedores en el mercado.
¿Cuánto tiempo tengo que mantener el negocio abierto tras recibir la ayuda?
Debes garantizar que el establecimiento subvencionado mantendrá su actividad y funcionamiento durante un periodo mínimo de cinco años a partir de la fecha en la que se te conceda la ayuda.
¿Puedo pedir un anticipo del dinero concedido?
Sí, es posible solicitar pagos a cuenta a medida que justifiques las inversiones, o bien solicitar un anticipo de la subvención aportando una garantía financiera que cubra el importe adelantado.
¿Cuál es el plazo para realizar y justificar las inversiones?
Tienes de plazo hasta el 30 de septiembre de 2027 para ejecutar el proyecto y presentar toda la documentación justificativa del gasto y del pago.

Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 920301 · Cómo elaboramos las fichas

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