Andalucia · CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Resol. de 17 de abril de 2026 por la que se convocan los Incentivos Programa 2 Espacios Productivos Linea 1 Ordend e 13 de marzo de 2025 Actuaciones 1.2.1 Áreas de competitividad industrial y empresarial y 1.2.2 Competitividad a través de la colaboración
Resumen
Estas ayudas públicas de la Junta de Andalucía financian inversiones destinadas a mejorar, modernizar y hacer más sostenibles los espacios productivos y áreas industriales de la región. El objetivo es impulsar la competitividad empresarial, facilitar la transición digital y ecológica de los sectores tradicionales, y fomentar la colaboración en estos entornos industriales.
Quién puede solicitarla
Pueden solicitar estas ayudas las siguientes personas y entidades, siempre que tengan la consideración de pyme:
- Personas físicas (autónomos) dadas de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AEAT.
- Personas jurídicas privadas, con o sin ánimo de lucro, asociaciones y agrupaciones con personalidad jurídica que realicen una actividad económica en el mercado.
- Entidades de gestión de espacios productivos, comunidades de propietarios y entidades urbanísticas de conservación.
- Entidades locales territoriales y sector público local (cuando no ejerzan actividad económica y no estén controladas en un 25% o más por organismos públicos).
- Todos los solicitantes privados deben estar encuadrados en alguno de los códigos CNAE autorizados (como construcción, actividades inmobiliarias, ingeniería civil, entre otros detallados en el Anexo III).
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria asciende a 8.320.000 euros. El incentivo mínimo que se puede solicitar es de 10.000 euros por proyecto. Los porcentajes máximos de subvención y los límites específicos no constan en las bases adjuntas, ya que se remiten al apartado 5 del Cuadro Resumen I y al Catálogo de Actuaciones de la Orden de 13 de marzo de 2025.
Gastos subvencionables
Se admiten los gastos de inversión y costes reales asociados a la ejecución de los proyectos según el Catálogo de Actuaciones de las bases reguladoras. Quedan expresamente excluidos los gastos de personal, los gastos administrativos directos y los costes por servicios prestados por personal externo. Tampoco se subvencionan los costes indirectos.
Criterios de valoración
Las solicitudes se tramitan mediante concurrencia competitiva. Los criterios de valoración específicos y sus pesos no constan en las bases (se remiten al apartado 12 del Cuadro Resumen I de la Orden de 13 de marzo de 2025).
Cómo solicitarla
- La solicitud (Anexo I) se debe cumplimentar y presentar obligatoriamente de forma electrónica a través de la sede habilitada por la Consejería de Industria, Energía y Minas.
- El plazo de presentación comienza el 16 de junio de 2026 a las 9:00 y finaliza el 16 de septiembre de 2026.
- No es necesario aportar documentación física o digital en el momento de presentar la solicitud inicial (Anexo I).
- Tras la publicación de la propuesta provisional de beneficiarios, se requerirá la presentación del Anexo II junto con la documentación justificativa, que incluirá una memoria detallada del proyecto (según el modelo del Anexo VI), la declaración de cumplimiento medioambiental DNSH y, si aplica, el informe de prueba climática (Climate Proofing).
Preguntas frecuentes
- ¿Cuál es el importe mínimo que puedo solicitar para mi proyecto?
- El incentivo mínimo que puedes solicitar es de 10.000 euros. Tu presupuesto de inversión debe ser suficiente para alcanzar, al menos, esa cantidad de ayuda según el porcentaje que te corresponda.
- ¿Tengo que presentar facturas o escrituras al rellenar la solicitud?
- No, en el momento de presentar la solicitud inicial (Anexo I) no es necesario aportar ninguna documentación. Solo deberás presentarla más adelante (Anexo II) si tu proyecto resulta preseleccionado.
- ¿Puedo pedir un anticipo del dinero si me conceden la ayuda?
- Sí, puedes solicitar un anticipo del 15% sin necesidad de presentar garantías, o de hasta el 40% si aportas un aval bancario o de una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR).
- ¿De cuánto tiempo dispongo para ejecutar las obras o inversiones?
- Si la ayuda concedida es inferior a 100.000 euros, dispones de un plazo máximo de 12 meses. Si la ayuda es igual o superior a 100.000 euros, el plazo máximo de ejecución se amplía hasta los 18 meses.
- ¿Qué es el 'Climate Proofing' y cuándo debo presentarlo?
- Es un análisis obligatorio para proyectos de infraestructuras con una vida útil mínima de 5 años. Sirve para asegurar que la inversión resistirá los efectos del cambio climático. Se realiza mediante herramientas oficiales (HEDIVA o JASPERS) y se presenta en la fase de alegaciones.
Ficha revisada el 2026-07-31 · Fuente: BDNS 900105 · Cómo elaboramos las fichas