Saltar al contenido
Guía de Ayudas

Canarias · CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y SOBERANÍA ALIMENTARIA

Orden de 29 de mayo de 2026, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria por la que se convocan para la campaña 2026, las ayudas de la Acción III.2, Apoyo al Sector Vacuno

Quedan130 díasCierra el 31 de enero de 2027
Cuantía máxima citada330 €Ver condiciones y tramos →

Resumen

Estas ayudas están destinadas a apoyar al sector ganadero de vacuno en Canarias para la campaña 2026. Su propósito principal es frenar la disminución del censo de animales, incrementar la tasa de autoabastecimiento de carne de vacuno en el archipiélago y fomentar la conservación de las razas autóctonas.

La convocatoria financia tres líneas específicas: el nacimiento de terneros de vacas nodrizas, el nacimiento de terneros de otros tipos de vacuno y el sacrificio de animales. Es una oportunidad clave para que las explotaciones ganaderas canarias mejoren su rentabilidad y aseguren la viabilidad de su actividad.

Quién puede solicitarla

Puedes solicitar estas ayudas si eres ganadero de vacuno y cumples con los siguientes requisitos:

  • Ser titular de una explotación de vacuno correctamente inscrita y actualizada en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias (REGAC).
  • Tener a los animales debidamente inscritos en el Registro de Identificación Individual de Animales (RIIA).
  • Tener registrada la notificación de los movimientos de tu ganado en el Registro de los Movimientos de Bovinos (REMO).
  • Comprometerte a respetar las normas legales, sanitarias, de bienestar animal, medioambientales y de condicionalidad vigentes.
  • Cumplir con la condición de agricultor activo durante la campaña 2026.

Cuantía

Las ayudas se estructuran en importes fijos por cabeza de ganado según la subacción:

  • Terneros nacidos de vaca nodriza: 329 € por cabeza (con un periodo mínimo de retención de 3 meses desde su nacimiento).
  • Terneros nacidos de otros vacunos: 126 € por cabeza (con un periodo mínimo de retención de 3 meses en la explotación de cebo).
  • Sacrificio de vacuno de 1 a menos de 10 meses de vida: 75 € por cabeza.
  • Sacrificio de vacuno de más de 10 meses de vida: 330 € por cabeza.

Para la línea de sacrificio, el productor debe haber mantenido al animal en su explotación durante al menos 2 meses (1 mes si el ternero se sacrifica antes de los 3 meses de edad), y no puede pasar más de un mes entre la salida de la explotación y el sacrificio.

Se aplicará un incremento adicional del 10% sobre el importe correspondiente si has recibido la ayuda para la instalación de jóvenes agricultores (del PDR 2014-2020 o del PEPAC 2023-2027) en la campaña en curso o en alguna de las cuatro anteriores, siempre que mantengas dicha condición.

Gastos subvencionables

No se financian costes o inversiones del ganadero, sino que se otorga una subvención directa en forma de prima por cabeza de ganado que cumpla con las condiciones de nacimiento, retención y/o sacrificio descritas en la convocatoria.

Criterios de valoración

No se aplica un baremo de puntos competitivo. Al tratarse de pagos directos por cabeza de ganado (ayudas del POSEI), la concesión se realiza de forma directa a todos los solicitantes que cumplan rigurosamente con los requisitos de admisibilidad, identificación y plazos de retención de los animales.

Cómo solicitarla

La tramitación es exclusivamente electrónica a través de la sede del Gobierno de Canarias siguiendo estos pasos:

  1. Presenta la declaración responsable para acreditar la condición de agricultor activo entre el 1 de enero y el 31 de julio de 2026.
  2. Presenta la solicitud de ayuda en los siguientes plazos según el momento del nacimiento o sacrificio:
  • Para animales nacidos o sacrificados de enero a junio de 2026: solicita del 1 al 31 de julio de 2026.
  • Para animales nacidos o sacrificados de julio a diciembre de 2026: solicita del 1 al 31 de enero de 2027.
  1. Adjunta a la solicitud el certificado o documento bancario que acredite la titularidad de tu cuenta corriente (este documento no es necesario si ya lo aportaste en campañas posteriores a la de 2020).
  2. En caso de bajas de animales por fuerza mayor, comunícalo en un plazo máximo de 15 días hábiles. Si las bajas se deben a causas naturales, dispones de 10 días hábiles desde que detectes la reducción del ganado.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el periodo de retención y cuánto dura?
Es el tiempo mínimo que el animal debe permanecer en tu explotación para generar el derecho a la ayuda. Para nacimientos es de 3 meses, y para sacrificios es de 2 meses (reducido a 1 mes si el ternero se sacrifica antes de cumplir los 3 meses de edad).
Soy joven agricultor, ¿tengo alguna ventaja?
Sí, recibirás un recargo del 10% sobre el importe de la ayuda si has obtenido la subvención de primera instalación en esta campaña o en alguna de las cuatro anteriores.
¿Cuándo se cobra el dinero de esta ayuda?
El pago se realizará en un único abono en tu cuenta bancaria entre el 1 de diciembre de 2026 y el 30 de junio de 2027.
¿Qué pasa si se me muere un animal por causas naturales?
Debes notificar la baja a la Dirección General de Ganadería en un plazo máximo de 10 días hábiles desde que descubras la pérdida para que no afecte negativamente a tu solicitud.
¿Tengo que presentar la cuenta bancaria si ya he pedido esta ayuda otros años?
Solo si no la has presentado en ninguna campaña posterior al año 2020 o si has cambiado de cuenta corriente.

Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 909960 · Cómo elaboramos las fichas

Otras ayudas de agricultura, pesca y alimentación