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Guía de Ayudas

Galicia · CONSELLERÍA DEL MAR

ORDEN de 11 de mayo de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras generales y se convocan para el año 2026, en régimen de concurrencia no competitiva, ayudas para fomentar el relevo generacional en el sector pesquero, financiadas por el FEMPA

Quedan37 díasCierra el 30 de octubre de 2026
Cuantía máxima citada40.000 €Ver condiciones y tramos →

Resumen

Estas ayudas están diseñadas para impulsar el relevo generacional en el sector pesquero de Galicia mediante el apoyo a la formación práctica de los estudiantes. Su objetivo principal es facilitar que el alumnado de ciclos formativos náutico-pesqueros realice sus prácticas obligatorias a bordo de buques pesqueros, permitiéndoles experimentar de primera mano el trabajo en el mar y las mejoras en seguridad laboral.

La convocatoria resulta muy atractiva para los armadores de buques pesqueros, ya que les permite compensar los costes de manutención, equipamiento y desplazamiento que asumen al incorporar a estos estudiantes en prácticas. El programa cuenta con una dotación presupuestaria total de 350.000 euros cofinanciados por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA).

Al tratarse de un procedimiento de concurrencia no competitiva, las solicitudes se resuelven por orden de entrada de la documentación completa, por lo que es de gran interés presentar la solicitud a la mayor brevedad posible antes de que se agoten los fondos disponibles.

Quién puede solicitarla

Puedes solicitar estas ayudas si cumples con los siguientes requisitos:

  • Ser persona física o jurídica armadora de buques pesqueros.
  • Tener la sede social en la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • Que el buque pesquero esté inscrito en el Registro de Buques Pesqueros de Galicia, se encuentre de alta en la tercera lista del Registro de Buques y Empresas Navieras, y tenga su puerto base en Galicia.
  • Facilitar el embarque de estudiantes de ciclos formativos náutico-pesqueros que requieran un período de embarque para obtener su titulación profesional pesquera.
  • No encontrarse en ninguna de las situaciones de exclusión previstas por la normativa de subvenciones o el reglamento del FEMPA (como haber cometido infracciones graves de pesca o fraudes).
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, autonómica y con la Seguridad Social.

Cuantía

La ayuda máxima por beneficiario está limitada por el régimen de minimis, que establece un tope de 40.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales. Los importes específicos que se conceden por cada estudiante embarcado son:

  • Manutención: 33,26 euros por estudiante y día de embarque.
  • Equipamiento y ropa de trabajo: 500 euros fijos por estudiante.
  • Gastos de viaje: el coste real del billete en clase turista o tarifa más económica para embarques fuera de España.
  • Costes indirectos: un 7% adicional calculado sobre la suma de los gastos directos anteriores (manutención, equipamiento y viaje).

Se subvencionará un máximo de dos estudiantes por barco y período de embarque.

Gastos subvencionables

Son subvencionables los siguientes conceptos vinculados a las prácticas:

  • Gastos de manutención del estudiante durante los días de embarque.
  • Adquisición de equipamiento de seguridad (EPIs) y ropa de trabajo para el alumno.
  • Billetes de transporte en clase turista para desplazamientos de embarque fuera del territorio nacional.
  • Costes indirectos de carácter estructural o administrativo (calculados a tipo fijo del 7% de los gastos directos).

Quedan excluidos los días de embarque que no estén expresamente contemplados en el convenio de prácticas, así como los períodos fuera del rango comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 15 de octubre de 2026.

Criterios de valoración

Al ser un procedimiento de concurrencia no competitiva, las solicitudes se evalúan individualmente para verificar que cumplen los requisitos mínimos de integración en el programa FEMPA. Se asignan puntuaciones sobre un máximo de 10 puntos en base a los siguientes criterios generales:

  • Adecuación a la Estrategia del FEMPA: de 0 a 2 puntos (una puntuación de 0 en este apartado excluye la ayuda).
  • Adecuación al análisis DAFO de la ficha de formación del programa: de 0 a 2 puntos.
  • Adecuación al tipo de actividad del programa: de 0 a 2 puntos.
  • Contribución a los indicadores de resultado del programa: de 0 a 2 puntos.
  • Adecuación y contribución a planes y programas sectoriales autonómicos, nacionales o internacionales: de 0 a 2 puntos.

Para que la solicitud sea considerada apta y pueda recibir financiación, debe alcanzar una puntuación mínima de 5 puntos.

Cómo solicitarla

El procedimiento de solicitud se realiza exclusivamente de forma electrónica a través de los siguientes pasos:

  1. Accede a la sede electrónica de la Xunta de Galicia y busca el procedimiento con código PE610C.
  2. Cumplimenta el formulario de solicitud (Anexo I), que incluye las declaraciones responsables obligatorias.
  3. Prepara y adjunta la siguiente documentación complementaria digitalizada:
  • Copia certificada, actualizada y desencriptada de la hoja de asiento del buque.
  • Convenio específico de colaboración para el desarrollo de la formación en el buque.
  • Acreditación oficial de los días de embarque del estudiante (según el modelo del Real Decreto 36/2014).
  • Justificantes de los gastos de viaje (reserva de billete y justificante de pago bancario), si aplica.
  1. Firma y presenta la solicitud utilizando un sistema de firma electrónica admitido (como Chave365 o certificado digital).

El plazo de presentación finaliza el 30 de octubre de 2026, o antes si se agota el presupuesto de la convocatoria.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud de ayuda?
El plazo comienza el 4 de junio de 2026 y finaliza el 30 de octubre de 2026, a menos que se agoten antes los 350.000 euros de presupuesto total de la convocatoria.
¿Qué gastos de viaje me pueden reembolsar?
Se cubren los gastos de transporte del estudiante para embarques fuera de España, siempre que se reserve en clase turista o con la tarifa más económica disponible y se aporte el justificante de pago.
¿Cuántos estudiantes puedo tener embarcados con derecho a subvención?
Se pueden subvencionar los gastos de un máximo de dos estudiantes por barco y período de embarque.
¿Cuándo deben realizarse las prácticas para que sean subvencionables?
Los períodos de embarque de los estudiantes deben estar comprendidos entre el 1 de enero de 2026 y el 15 de octubre de 2026.
¿Tengo que presentar facturas para justificar los gastos de oficina o administración?
No, los costes indirectos se calculan de forma automática aplicando un porcentaje fijo del 7% sobre los gastos directos aprobados, sin necesidad de aportar justificantes de esos gastos estructurales.
¿Cómo se realiza el pago de la subvención?
La ayuda se abonará directamente al armador en un único pago por transferencia bancaria, una vez que se dicte la resolución de concesión y se verifique el cumplimiento de los requisitos.

Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 907442 · Cómo elaboramos las fichas

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