Ámbito estatal · OTROS
CONVOCATORIA PROGRAMA PYME INNOVA 2026 PARA LA PRESTACÓN DE SERVICIOS DE INNOVACIÓN, ASÍ COMO PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A LAS PYMES DE LA DEMARCACIÓN DE LA CAMARA DE COMERCIO DE GRANADA
Resumen
Este programa de ayudas tiene como objetivo principal impulsar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas de la provincia de Granada mediante la incorporación de la innovación en sus estrategias de negocio. El programa consta de dos fases: una primera fase gratuita de asesoramiento y diagnóstico personalizado para identificar mejoras, y una segunda fase de ayudas económicas directas para implantar las soluciones innovadoras propuestas.
Quién puede solicitarla
Puedes solicitar estas ayudas si cumples con los siguientes requisitos:
- Ser una pequeña o mediana empresa (pyme) constituida como persona física o jurídica con actividad económica.
- Tener el domicilio social o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Granada (se excluye el municipio de Motril).
- Estar de alta de forma continuada en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) antes del 1 de enero de 2024.
- Acreditar una facturación mínima de 100.000 € en el último año finalizado.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No tener la consideración de empresa en crisis ni superar el límite de ayudas de minimis (300.000 € en los tres años previos).
- Quedan expresamente excluidas las comunidades de bienes, sociedades civiles, uniones temporales de empresas (UTE), asociaciones, fundaciones, entidades sin ánimo de lucro, autónomos societarios y autónomos colaboradores.
- Quedan excluidas las empresas que operen en la producción primaria de productos agrícolas, de la pesca o de la acuicultura.
Cuantía
La ayuda económica se estructura de la siguiente manera:
- El presupuesto máximo elegible por empresa es de 7.490,00 €, que se desglosa en: un coste directo máximo de 7.000,00 € más un 7% de costes indirectos asociados (490,00 €).
- El porcentaje de subvención es del 85% a cargo de los fondos FEDER, debiendo la empresa aportar el 15% restante.
- La cuantía máxima de la ayuda que recibirá cada empresa es de 6.366,50 € (85% de los 7.490,00 € elegibles).
- La empresa debe prefinanciar el 100% de la inversión.
Gastos subvencionables
Se consideran subvencionables:
- Los gastos directos derivados de la ejecución del Plan de Implantación contratados con proveedores externos libremente seleccionados.
- Los costes indirectos de la empresa, calculados a un tipo fijo del 7% sobre los costes directos subvencionables justificados (no requieren justificación documental).
- Quedan excluidos los gastos contratados con empresas o autónomos vinculados al beneficiario, así como los proyectos que coincidan con la actividad propia de la empresa solicitante. El IVA no es subvencionable.
Criterios de valoración
No existe un baremo de puntos. El procedimiento de concesión se realiza por estricto orden de registro de entrada de las solicitudes (concurrencia no competitiva), hasta agotar la disponibilidad del presupuesto asignado a cada zona geográfica.
Cómo solicitarla
El proceso de solicitud se realiza exclusivamente por vía telemática:
- Accede a la Sede Electrónica de la Cámara de Comercio de Granada (https://sede.camara.es/sede/granada).
- Cumplimenta el formulario de solicitud online utilizando un certificado electrónico reconocido.
- Adjunta la documentación obligatoria: Declaración responsable (Anexo III) y la Declaración anual de IVA del último año (o documento oficial equivalente que acredite la facturación mínima de 100.000 €).
- Si accedes directamente a la Fase II, aporta además la copia de la convocatoria del programa público de asesoramiento previo y el informe de asesoramiento en innovación correspondiente.
- El plazo de presentación se abre a las 09:00h transcurridos 10 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada, y finaliza el 30 de octubre de 2026 a las 14:00h (o antes si se agota el presupuesto).
Ir a la sede electrónica para solicitarla →
Preguntas frecuentes
- ¿Puedo solicitar la ayuda si soy autónomo societario?
- No, las bases excluyen expresamente a las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios o colaboradores.
- ¿Tengo que pagar algo por la primera fase de diagnóstico?
- No, la Fase I de Diagnóstico Asistido en Innovación es totalmente gratuita para las empresas participantes y está prefinanciada por la Cámara de Comercio.
- ¿Puedo contratar a un familiar o a una empresa de mi propiedad para implantar las soluciones?
- No, está prohibido contratar la ejecución del plan con empresas o autónomos vinculados con el beneficiario.
- ¿Tengo que adelantar el dinero de la inversión?
- Sí, la empresa beneficiaria debe prefinanciar la totalidad de los gastos del proyecto. La ayuda del 85% se abona mediante transferencia bancaria una vez que los gastos han sido debidamente ejecutados, pagados y justificados.
- ¿Qué pasa si mi empresa factura menos de 100.000 € al año?
- No podrás ser beneficiario, ya que tener una facturación mínima de 100.000 € en la última anualidad es un requisito imprescindible de acceso.
Ficha revisada el 2026-07-31 · Fuente: BDNS 919192 · Cómo elaboramos las fichas