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Guía de Ayudas

Illes Balears · SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ISLAS BALEARES (SOIB)

Convocatoria de subvenciones para la concesión de ayudas del Programa "Cheque formación 2026-2028", con el objeto de financiar formación en el trabajo dirigido a personas desempleadas y ocupadas

PlazoAbierta20.10.26 i 20 dies després de gener, abril juliol i octubre del 2027 i març del 2028
Cuantía máxima citada500.000 €Ver condiciones y tramos →

Resumen

Esta convocatoria del Servicio de Empleo de las Illes Balears (SOIB) tiene por objeto financiar la impartición de cursos de formación presencial de hasta 150 horas para personas desempleadas y ocupadas. El programa funciona mediante un sistema de "Cheque formación" que los alumnos entregan al centro de su elección para cursar especialidades en sectores de alta demanda.

La iniciativa va dirigida a los centros y entidades de formación que deseen adherirse para impartir estas materias. Es una oportunidad excelente para estas entidades, ya que el SOIB les abonará directamente el coste de la formación una vez finalizada, garantizando la gratuidad para el alumnado y facilitando la captación de estudiantes a través de la red de orientación pública.

Los ámbitos formativos prioritarios abarcan sectores clave como la fontanería, electricidad, climatización, prevención de riesgos laborales en construcción, atención sociosanitaria, transporte, oficios tradicionales (calzado y madera) y cursos específicos de autoempleo y creación de empresas.

Quién puede solicitarla

Pueden solicitar estas ayudas las entidades de formación que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar inscritas en el Registro Estatal de Entidades de Formación (REEF) con las especialidades formativas que pretendan impartir antes de solicitar la adhesión.
  • Estar dadas de alta en la aplicación de gestión informática del SOIB (ESOIB).
  • No encontrarse en ninguna de las circunstancias de prohibición para obtener subvenciones previstas en la normativa general.
  • Presentar una declaración de compromiso con medidas de fomento de la igualdad o disponer del Plan de igualdad obligatorio.

Cuantía

La cuantía de la ayuda por beneficiario se calcula aplicando un coste unitario de 8,58 € por hora de formación presencial y por alumno que finalice el curso. Por ejemplo, para un curso de 60 horas con un alumno, la ayuda correspondiente al cheque es de 514,80 € (resultado de multiplicar 60 horas por 8,58 €).

El presupuesto total asignado a la convocatoria es de 1.000.000 €, distribuido en las siguientes anualidades:

  • Año 2026: 50.000 €
  • Año 2027: 500.000 €
  • Año 2028: 450.000 €

Gastos subvencionables

Se subvenciona el coste de impartición de las especialidades formativas presenciales detalladas en el anexo de la convocatoria (con un límite máximo de 150 horas por curso) para el alumnado que finalice la formación.

Se considera que un alumno ha finalizado el curso si asiste al menos al 75% de las horas. También computan quienes abandonen por encontrar empleo o por causa de enfermedad/accidente justificado, siempre que hayan completado al menos el 25% del curso.

Las entidades deben proporcionar de forma gratuita a los alumnos el material de escritorio, didáctico y los equipos de protección o herramientas necesarias. Los gastos no relacionados directamente con la ejecución de la formación quedan excluidos; para más detalles sobre conceptos no subvencionables, consúltalo en las bases reguladoras.

Criterios de valoración

Las subvenciones se conceden en régimen de concurrencia no competitiva. Esto significa que no se comparan las solicitudes entre sí ni se aplica un baremo de puntuación.

Las ayudas se otorgan individualmente por estricto orden de entrada de las solicitudes que cumplan con todos los requisitos exigidos, hasta que se agote por completo el crédito presupuestario asignado a la convocatoria.

Cómo solicitarla

El procedimiento consta de dos fases obligatorias:

  1. Adhesión previa al programa: Debes solicitar la adhesión de la entidad a través del trámite telemático de la Sede Electrónica del Gobierno de las Illes Balears en alguno de los siguientes plazos:
  • Primer plazo: Un mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOIB.
  • Segundo plazo: Del 1 al 30 de noviembre de 2026.
  • Tercer plazo: Del 1 al 31 de marzo de 2027.
  • Cuarto plazo: Del 1 al 30 de septiembre de 2027.
  1. Solicitud de la subvención (una vez finalizada la formación): Se presenta una única solicitud por cada periodo habilitado, a través del trámite telemático de la Sede Electrónica, en los siguientes plazos:
  • Desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria hasta el 20 de octubre de 2026.
  • Primeros 20 días de enero de 2027.
  • Primeros 20 días de abril de 2027.
  • Primeros 20 días de julio de 2027.
  • Primeros 20 días de octubre de 2027.
  • Primeros 20 días de marzo de 2028.
  1. Documentación a presentar con la solicitud de pago:
  • Formulario oficial de solicitud.
  • Memoria de actuaciones que detalle las actividades y resultados.
  • Memoria económica con el número de alumnos que han finalizado y el importe solicitado.
  • Declaración de compromiso con medidas de fomento de la igualdad.
  • Acreditación de estar al corriente con la Seguridad Social y Hacienda (si te opones a la consulta de oficio).

Preguntas frecuentes

¿Qué es el Cheque formación?
Es un documento que el servicio de orientación del SOIB entrega a personas desempleadas u ocupadas para que puedan cursar una especialidad formativa gratis en el centro adherido que ellos elijan.
¿Cómo cobro el importe de los cursos que imparto?
Una vez finalizada la formación, debes presentar la solicitud de subvención con la memoria económica y de actuaciones en los plazos fijados. El SOIB te pagará directamente el coste de los alumnos que hayan finalizado.
¿Qué pasa si un alumno abandona el curso a la mitad?
Se considerará finalizado y podrás cobrar su parte si el alumno era desempleado y abandonó por encontrar trabajo, o si sufrió un accidente o enfermedad justificada, siempre que haya completado al menos el 25% de las horas.
¿Pueden participar trabajadores de mi propio centro de formación?
Sí, pero con un límite: los trabajadores de la propia entidad beneficiaria no pueden superar el 10% del total de participantes titulares del cheque en cada grupo.
¿Cuál es el límite de horas por curso?
Cada especialidad formativa que se imparta dentro de este programa puede tener una duración máxima de 150 horas.
¿Tengo que cobrar algo a los alumnos por el material?
No. La formación debe ser completamente gratuita para el alumno, lo que incluye el material didáctico, de escritorio, uniformes, herramientas y equipos de protección individual (EPI).

Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 909775 · Cómo elaboramos las fichas

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