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Guía de Ayudas

Region De Murcia · SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN (SEF)

Convocatoria de subvenciones de fomento de las Prácticas no laborales en la Región de Murcia, para jóvenes beneficiarios del SNGJ de 2026. Reg. (UE)2023/2831 "Minimis"

Quedan22 díasCierra el 15 de octubre de 2026
Cuantía máxima citada100.000 €Ver condiciones y tramos →

Resumen

Este programa de ayudas del Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) de la Región de Murcia tiene como objetivo fomentar la realización de prácticas no laborales en empresas y por parte de autónomos. Está específicamente dirigido a jóvenes que se encuentren inscritos como beneficiarios en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

La iniciativa busca facilitar la primera experiencia profesional de estos jóvenes en centros de trabajo de la Región de Murcia, al mismo tiempo que apoya económicamente a las empresas y autónomos que los acogen para desarrollar su talento y mejorar su empleabilidad.

Interesa especialmente porque ofrece una subvención directa para compensar los costes de tutorización y organización de estas prácticas, siempre que se garantice una duración mínima del acuerdo y una beca de apoyo digna para la persona joven.

Quién puede solicitarla

  • Empresas y personas trabajadoras autónomas que dispongan de un centro de trabajo en la Región de Murcia donde se vayan a desarrollar las prácticas.
  • Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o unidades económicas sin personalidad jurídica que tengan la consideración de empresa.
  • Trabajadores autónomos que, no estando obligados al alta en el RETA, compatibilicen la jubilación con la titularidad del negocio.
  • Es requisito imprescindible haber firmado previamente un convenio de colaboración con el SEF para la realización de prácticas no laborales.
  • Quedan excluidos expresamente los entes, organismos y entidades que formen parte del sector público.

Cuantía

La dotación presupuestaria total de la convocatoria es de 250.000 euros (con un crédito adicional estimado de 100.000 euros).

Las cuantías fijas que recibirá cada beneficiario por acuerdo de prácticas son:

  • 2.000 euros si las prácticas no laborales se realizan con un hombre.
  • 2.200 euros si las prácticas no laborales se realizan con una mujer.

El número máximo de subvenciones que se pueden conceder a una misma empresa en el ejercicio 2026 es de 5 subvenciones por línea de ayuda, y un límite máximo de 10 en el conjunto de todas las líneas reguladas en sus bases.

Gastos subvencionables

  • Son subvencionables los costes derivados de la realización de prácticas no laborales reguladas por el Real Decreto 1543/2011, con jóvenes del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • El acuerdo de prácticas debe tener una duración mínima de 6 meses.
  • La persona joven debe percibir una beca de apoyo mensual que no puede ser inferior al 110% del IPREM vigente en cada momento.
  • Quedan excluidos los acuerdos con personas que hayan tenido un contrato indefinido en la misma empresa o grupo en los 12 meses anteriores (sin contar fijos-discontinuos).
  • Quedan excluidos los acuerdos que afecten a familiares del empresario o de cargos directivos hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Criterios de valoración

No se aplica un baremo de puntos ni competencia comparativa entre las solicitudes. Las subvenciones se conceden bajo el régimen de concurrencia no competitiva, resolviéndose por estricto orden de presentación (fecha de registro de entrada) una vez verificado que se cumplen todos los requisitos, y hasta que se agote el presupuesto disponible.

Cómo solicitarla

  1. Accede a la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (https://sede.carm.es) y busca el procedimiento con el código 1203.
  2. Cumplimenta el formulario de solicitud de forma electrónica utilizando tu certificado digital o firma electrónica.
  3. Adjunta la documentación requerida: NIF de la empresa o autónomo, certificado bancario con el IBAN, declaración responsable firmada y las autorizaciones de acceso a datos de la empresa y de la persona joven.
  4. Si te opones a que el SEF consulte tus datos de forma telemática, deberás aportar además los certificados de estar al corriente con la AEAT, la Seguridad Social y la Hacienda Regional, así como el informe de vida laboral del joven y su certificado de Garantía Juvenil.
  5. Presenta la solicitud en el plazo individualizado de un mes a contar desde el día de alta del joven en la Seguridad Social por el inicio de las prácticas, y siempre dentro del plazo general que finaliza el 15 de octubre de 2026.

Ir a la sede electrónica para solicitarla →

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo deben durar las prácticas como mínimo?
El acuerdo de prácticas suscrito entre tu empresa y la persona joven no puede tener una duración inferior a 6 meses.
¿Cuánto tengo que pagarle al joven que hace las prácticas?
Debes abonarle una beca de apoyo mensual que no sea inferior al 110% del IPREM que esté vigente en cada momento.
¿Qué pasa si el joven se va antes de terminar el periodo de 6 meses?
Debes comunicar el cese en un plazo máximo de 15 días. Para mantener la ayuda, puedes sustituirlo por otro joven que cumpla los mismos requisitos, con un acuerdo mínimo de 3 meses.
¿Puedo contratar al joven antes de que terminen las prácticas?
Sí. Se considera que cumples con la obligación de mantenimiento si le haces un contrato de trabajo a tiempo completo que cubra, al menos, el tiempo que faltaba para terminar el periodo de prácticas subvencionado.
¿Puedo pedir la ayuda si ya ha empezado el acuerdo de prácticas?
Sí, tienes un plazo de un mes para solicitar la ayuda a contar desde el mismo día en que el joven sea dado de alta en la Seguridad Social para iniciar sus prácticas.
¿Puedo solicitar esta subvención si soy un profesional autónomo?
Sí, las personas trabajadoras autónomas pueden solicitar estas ayudas en las mismas condiciones que las empresas, siempre que tengan su centro de trabajo en la Región de Murcia.

Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 891626 · Cómo elaboramos las fichas

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