Principado De Asturias · AYUNTAMIENTO DE AVILÉS
Ayudas a la contratación temporal de personas desempleadas de Avilés
Resumen
Estas ayudas del Ayuntamiento de Avilés están diseñadas para fomentar la creación de empleo local mediante subvenciones a la contratación de personas desempleadas. El programa busca aliviar las cargas económicas iniciales de las empresas al contratar personal, al mismo tiempo que facilita la inserción laboral de los ciudadanos de Avilés en el mercado de trabajo ordinario.
Quién puede solicitarla
Pueden solicitar estas ayudas las empresas, trabajadores autónomos y entidades sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
- Desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
- No estar incursos en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- No haber sido excluidos de programas de empleo por infracciones graves o muy graves.
- No haber amortizado puestos de trabajo fijos mediante despidos improcedentes u objetivos en los tres meses previos a la nueva contratación.
- Tener organizado y en vigor el sistema de prevención de riesgos laborales en el momento de la contratación y mantenerlo durante todo el periodo subvencionado.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, la Seguridad Social, el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Avilés.
- No haber sido sancionados con carácter firme en los seis meses anteriores por vulnerar derechos fundamentales de los trabajadores o por accidentes de trabajo debidos a la falta de medidas de seguridad.
Cuantía
La ayuda cubre el coste salarial de un único trabajador por empresa durante dos meses (salario bruto, cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa y prorrata de pagas extras). Excepcionalmente, si no se agota el presupuesto total de la convocatoria (77.500 euros), se podrá ampliar a un máximo de dos trabajadores por beneficiario.
Los importes máximos mensuales subvencionables por cada contrato a jornada completa se establecen según el grupo de cotización:
- Grupo 1 (Ingenierías, Licenciaturas, Máster Universitario): Hasta 2.900 €/mes.
- Grupo 2 (Ingenierías técnicas, ayudantes titulados, Grados): Hasta 2.500 €/mes.
- Grupos 3, 4 y 5 (Ayudantes no titulados, administrativos): Hasta 2.000 €/mes.
- Grupos 6 y 7 (Subalternos, auxiliares administrativos): Hasta 1.500 €/mes.
- Grupos 8 y 9 (Oficialías): Hasta 1.250 €/mes.
- Grupo 10 (Peonaje): Hasta 1.000 €/mes.
Para contratos a jornada parcial (mínimo del 50%), el importe de la ayuda se reducirá de forma proporcional.
Gastos subvencionables
Son subvencionables los costes salariales y de Seguridad Social de las nuevas contrataciones que cumplan las siguientes condiciones:
- Contratar a personas desempleadas (sin ocupación laboral el mes anterior al alta) y empadronadas en Avilés durante los 12 meses previos.
- Contratos iniciados entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, con una duración mínima de 6 meses.
- Deben suponer un incremento neto de la plantilla de la empresa respecto a la media de los 4 meses anteriores, debiendo mantener ese nivel de plantilla durante al menos 6 meses.
- La jornada debe ser completa o parcial de al menos el 50% (75% para arraigo por formación sin menores a cargo).
Quedan excluidos:
- El contrato de formación en alternancia.
- Contrataciones de cónyuges o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad con el empresario, directivos o miembros de la administración de la sociedad.
- Contrataciones para prestar servicios en otras empresas mediante contratos de puesta a disposición (ETT).
- Contrataciones de empleados del hogar.
- Contratar a una persona que ya haya sido subvencionada por el Ayuntamiento de Avilés en convocatorias anteriores para la misma empresa.
Criterios de valoración
Las solicitudes se evalúan en régimen de concurrencia competitiva. Si el presupuesto de 77.500 euros no es suficiente para cubrir todas las peticiones, se ordenarán según los siguientes criterios de puntuación:
- Tamaño de la empresa (Máximo 20 puntos):
- Menos de 10 trabajadores: 20 puntos.
- Entre 10 y 50 trabajadores: 10 puntos.
- Tipo de jornada laboral (Máximo 20 puntos):
- Jornada completa: 20 puntos.
- Jornada parcial (superior al 50%): 10 puntos.
- Colectivo de la persona contratada (Máximo 40 puntos):
- Inmigrante en situación de arraigo por formación: 40 puntos.
- Mayores de 55 años: 20 puntos.
- Desempleado de larga duración (mínimo un año sin cotizar): 10 puntos.
- Persona con itinerario en el Área de Acompañamiento Laboral del Ayuntamiento de Avilés: 10 puntos.
En caso de empate, se priorizarán los contratos de personas inmigrantes en situación de arraigo por formación, en segundo lugar a las mujeres, y en tercer lugar a quienes acumulen un mayor periodo de desempleo.
Cómo solicitarla
El procedimiento de solicitud se realiza de la siguiente manera:
- Accede a la sede electrónica del Ayuntamiento de Avilés (sedeelectronica.aviles.es).
- Rellena el modelo normalizado de solicitud identificando el perfil, categoría profesional y puesto ofertado.
- Adjunta la documentación requerida: acreditación de la representación legal, informe de plantilla media de la Seguridad Social de los 4 meses anteriores y del mes del contrato, copia del contrato de trabajo registrado, vida laboral actualizada del contratado, declaración de ayudas de mínimis y, si es el caso, documentación de extranjería o ficha de acreedores (para nuevos beneficiarios).
- Si solicitas la ayuda para dos contrataciones, debes realizar el trámite dos veces de forma independiente.
- El plazo de presentación finaliza el 14 de octubre de 2026.
- Una vez finalizados los 6 meses de contrato obligatorio, dispones de un plazo de 60 días naturales para presentar la documentación de justificación (nóminas, justificantes de pago, informes de plantilla media y vida laboral del trabajador).
Preguntas frecuentes
- ¿Qué pasa si el trabajador contratado se va voluntariamente antes de los 6 meses?
- Debes sustituirlo en el plazo máximo de un mes con un contrato de la misma modalidad. Si no lo sustituyes, se producirá una pérdida parcial de la subvención proporcional al tiempo que falte para cumplir los 6 meses.
- ¿Puedo contratar a un familiar para mi negocio con esta ayuda?
- No. Queda excluida expresamente la contratación del cónyuge y de parientes de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad con el empresario o los administradores de la sociedad.
- ¿Es compatible esta subvención con otras ayudas a la contratación?
- Sí, es compatible con otras ayudas de cualquier institución, siempre y cuando el importe total acumulado no supere el coste real de la contratación realizada.
- ¿Qué es el arraigo por formación que da más puntos en la valoración?
- Se refiere a personas extranjeras que obtuvieron residencia temporal para formarse y que, tras superarla, solicitan el permiso de residencia y trabajo aportando el contrato objeto de esta ayuda.
- ¿Cuándo y cómo se cobra el dinero de la ayuda?
- El abono se realiza en un pago único una vez que el Ayuntamiento de Avilés verifique toda la documentación de solicitud presentada.
- ¿Qué requisitos debe cumplir la persona desempleada que voy a contratar?
- Debe estar empadronada en Avilés durante los 12 meses anteriores a la contratación y no haber tenido ninguna ocupación laboral (estar de baja en la Seguridad Social) durante todo el mes anterior a la fecha de su alta.
Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 909546 · Cómo elaboramos las fichas