Cantabria · SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO REGIONAL DE CANTABRIA, S.A.
Resolución SOD/CL/23/26, de 23 de marzo de 2026, por la que se convoca la línea de subvenciones del Programa de Fomento de los Clústeres Sectoriales. REG (UE) 1408/2013 minimis agrícola
Resumen
Esta ayuda está diseñada para impulsar la competitividad y la innovación del tejido industrial de Cantabria mediante el apoyo financiero a sus clústeres sectoriales. Financia tanto el funcionamiento interno de estas asociaciones como las actividades conjuntas que organizan para aportar valor añadido a sus miembros, tales como la internacionalización, la formación o el desarrollo de proyectos de I+D en cooperación.
Va dirigida específicamente a los clústeres sectoriales industriales o de servicios de apoyo a la industria radicados en Cantabria. Interesa especialmente porque permite consolidar la estructura organizativa de estas agrupaciones y sufragar acciones comerciales de gran envergadura, como la asistencia a ferias con stand o misiones comerciales conjuntas.
Quién puede solicitarla
Puedes solicitar esta ayuda si cumples con los siguientes requisitos como clúster sectorial:
- Estar válidamente constituido como asociación o fundación sin ánimo de lucro con anterioridad al 31 de diciembre de 2025.
- Disponer de NIF y tener domicilio social y centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Contar con un mínimo de 10 integrantes en el clúster.
- Al menos el 60% de los miembros del clúster deben tener su centro de trabajo en Cantabria.
- Incluir entre los miembros a empresas que abarquen varios escalones de la cadena de valor del sector y, al menos, a uno de los siguientes entes: centros públicos de investigación, centros tecnológicos o centros de formación públicos o privados.
- Disponer de un sistema de cuotas o aportaciones de las entidades asociadas.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT, la Agencia Cántabra de Administración Tributaria y la Seguridad Social, así como con SODERCAN.
- No estar incurso en prohibiciones para obtener subvenciones ni encontrarse en situación de crisis.
Cuantía
La ayuda máxima que puedes recibir es de 100.000 € por solicitud. La intensidad de la subvención varía según la antigüedad del clúster (tomando como referencia la fecha de inscripción en el registro correspondiente):
- Antigüedad menor de 5 años (o clústeres reconocidos como Agrupaciones Empresariales Innovadoras): hasta el 70% en gastos de estructura y hasta el 100% en gastos de actividad.
- Antigüedad entre 5 y 10 años: hasta el 60% en gastos de estructura y hasta el 90% en gastos de actividad.
- Antigüedad superior a 10 años: hasta el 50% en gastos de estructura y hasta el 80% en gastos de actividad.
Se puede solicitar un pago anticipado único de hasta el 75% de la ayuda concedida mediante la presentación de un aval bancario a primer requerimiento.
La dotación presupuestaria total asignada a esta convocatoria es de 475.000 €.
Gastos subvencionables
Se admiten los gastos ejecutados entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026 divididos en dos bloques:
Gastos de Estructura:
- Línea 1: Gastos de personal propio o gerencia externa (máximo 70.000 € en total, con límite de 35.000 € por persona y sin superar el 80% del presupuesto elegible).
- Línea 2: Gastos generales como alquiler de espacios, suministros y fungibles (máximo 10.000 €).
Gastos de Actividad:
- Línea 3: Colaboraciones y asistencias técnicas externas (máximo 75.000 € y límite del 80% del presupuesto elegible).
- Línea 4: Costes financieros del tráfico mercantil ordinario (máximo 3.000 €).
- Línea 5: Coste de auditoría para el informe justificativo y plazos de pago (máximo 2.000 €).
- Línea 6: Marketing y comunicación, incluyendo bolsas de viaje para acciones promocionales (máximo 20.000 €).
- Línea 7: Cursos de formación organizados por el clúster (máximo 20.000 €).
- Línea 8: Viajes comerciales y agendas de prospección (máximo 30.000 €).
- Línea 9: Asistencia a ferias con o sin stand y congresos (máximo 40.000 €).
- Línea 10: Asistencias técnicas para preparar proyectos de I+D en cooperación (máximo 75.000 €).
- Línea 11: IVA soportado, únicamente si el clúster no puede recuperarlo o compensarlo.
Quedan excluidos expresamente:
- Horas extraordinarias, bonus, incentivos, dietas, kilometraje o retribuciones en especie del personal.
- Contratación de accionistas del clúster o personal vinculado a sus empresas miembro.
- Comisiones bancarias y gastos de mantenimiento de cuentas.
- Convenios de becas formativas.
- Regalos promocionales de valor unitario superior a 4 €.
- Contratos de patrocinio deportivo y elaboración de muestras.
- Servicios prestados por personas o entidades vinculadas al beneficiario.
Criterios de valoración
Las solicitudes se evalúan sobre un máximo de 100 puntos y se exige una puntuación mínima de 50 puntos para acceder a la subvención. El baremo es el siguiente:
- Impacto potencial del proyecto (Hasta 25 puntos):
- Número de integrantes del clúster: de 10 a 15 miembros (5 puntos); de 16 a 20 miembros (10 puntos); más de 20 miembros (15 puntos).
- Proporción de PYMES: más del 60% de integrantes son PYMES (5 puntos).
- Medidas de igualdad: disponer de Plan de Igualdad o al menos dos medidas sociales/laborales de igualdad (3 puntos).
- Órgano de dirección: Junta Directiva paritaria o mujer en la dirección/gerencia (2 puntos).
- Excelencia científico-técnica e innovadora (Hasta 15 puntos):
- Presencia de agentes de conocimiento integrados en el clúster: 1 centro público de investigación, tecnológico o de formación (5 puntos); de 2 a 3 centros (10 puntos); más de 3 centros (15 puntos).
- Calidad de la implementación (Hasta 60 puntos):
- Grado de detalle y adecuación de las acciones propuestas a la actividad del clúster: alto (30 puntos); medio (15 puntos); bajo (0 puntos).
- Grado de novedad y valor añadido de las actuaciones: alto (30 puntos); medio (15 puntos); bajo (0 puntos).
Cómo solicitarla
El plazo de presentación es de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), hasta las 23:59 horas del último día. El procedimiento se realiza de la siguiente manera:
- Date de alta en el Gestor de Ayudas de SODERCAN a través de la dirección web https://ayudas.sodercan.es.
- Cumplimenta el formulario de solicitud telemático y adjunta la documentación requerida.
- Descarga y completa la 'Memoria de actuaciones 2026' utilizando el modelo oficial facilitado en la plataforma.
- Firma digitalmente el documento de solicitud generado a través del propio Gestor de Ayudas utilizando tu certificado digital.
Documentación obligatoria a aportar:
- NIF de la entidad.
- Escritura de constitución o acta fundacional y estatutos vigentes registrados.
- Poder de representación del firmante.
- Documento de titularidad de la cuenta bancaria.
- Certificados vigentes de estar al corriente con la AEAT, ACAT y Seguridad Social.
- Certificado firmado por el representante legal con la composición detallada del clúster (miembros, tipología, género en junta directiva, localización y tamaño PYME).
- Documento que acredite el sistema de cuotas de la asociación.
- Documento de alta en el Registro de Asociaciones correspondiente.
- Acreditación de Agrupación Empresarial Innovadora (si aplica).
Ir a la sede electrónica para solicitarla →
Preguntas frecuentes
- ¿Qué se considera exactamente un clúster sectorial para esta ayuda?
- Es una agrupación de al menos 10 miembros donde el 60% tiene centro de trabajo en Cantabria. Debe incluir empresas de varios niveles de la cadena de valor y contar con al menos un centro de investigación, tecnológico o de formación, además de funcionar con un sistema de cuotas.
- ¿Puedo solicitar un anticipo de la subvención para no tener que adelantar todo el dinero?
- Sí, puedes solicitar un único pago anticipado de hasta el 75% de la ayuda concedida. Para ello, es obligatorio que presentes un aval bancario a primer requerimiento y los certificados de estar al corriente de tus obligaciones tributarias.
- ¿El IVA de las facturas es un gasto subvencionable?
- Únicamente si el clúster no es sujeto pasivo del impuesto y no tiene la posibilidad de deducirlo o recuperarlo. Deberás acreditar esta situación con un certificado censal de la AEAT, una declaración jurada y una certificación del auditor.
- ¿Puedo contratar a empresas de los propios miembros del clúster para los servicios?
- No. Con carácter general, no se subvencionan actividades en las que el proveedor del servicio sea una persona o entidad vinculada con el clúster beneficiario, ni se permite la contratación de personal vinculado a las empresas asociadas.
- ¿Qué pasa si mi clúster tiene más de 10 años de antigüedad?
- Puedes solicitar la ayuda igualmente, pero los porcentajes de subvención se reducen: recibirás hasta un 50% para tus gastos de estructura y hasta un 80% para tus gastos de actividad.
- ¿Cuánto tiempo tengo para justificar los gastos una vez terminado el proyecto?
- El plazo máximo para presentar toda la documentación justificativa es de dos meses a contar desde la fecha en que finalice el plazo de ejecución del proyecto.
Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 895030 · Cómo elaboramos las fichas