Castilla La Mancha · DIRECCIÓN GENERAL DE EMPRESAS
Resolución de 08/07/2026, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas del Programa de apoyo a la innovación Innova-Adelante en Castilla-La Mancha, cofinanciable en el marco del programa Feder de Castilla-La Mancha 2021-2027, ejercicio 2026.
Resumen
Estas ayudas buscan fortalecer el tejido empresarial innovador de Castilla-La Mancha financiando proyectos que introduzcan nuevas tecnologías, creen productos más competitivos o mejoren los procesos productivos de las empresas. El objetivo es impulsar la competitividad de los negocios locales para que puedan acceder a nuevos mercados nacionales e internacionales.
La convocatoria está dirigida principalmente a pequeñas y medianas empresas (pymes), aunque las grandes empresas también pueden participar si colaboran de forma efectiva con pymes en sus proyectos de innovación. Es una oportunidad excelente para financiar el esfuerzo de modernización tecnológica y desarrollo de productos de tu negocio.
La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 5.000.000 de euros cofinanciados con fondos europeos FEDER, distribuidos en las anualidades de 2027 (3.000.000 euros) y 2028 (2.000.000 euros).
Quién puede solicitarla
Puedes solicitar estas ayudas si cumples con los siguientes requisitos:
- Ser pyme (según la definición de las bases reguladoras).
- En caso de ser gran empresa, solo podrás acceder si realizas un proyecto de innovación en colaboración efectiva con pymes.
- Disponer de al menos dos trabajadores por cuenta ajena a tiempo completo (o equivalente) en alta durante el mes anterior a la presentación de la solicitud.
- Desarrollar una actividad económica subvencionable y realizar el proyecto y las inversiones en el territorio de Castilla-La Mancha.
- No tener la consideración de empresa en crisis ni estar sujeta a una orden de recuperación de ayudas.
- No haber cesado en una actividad idéntica o similar en el Espacio Económico Europeo en los dos años anteriores, ni planear hacerlo en los dos años siguientes.
- Cumplir con la normativa de prevención de riesgos laborales y disponer de un plan de prevención si te corresponde por ley.
- Cumplir con los plazos de pago de la Ley de Morosidad para subvenciones superiores a 30.000 euros.
- No haber superado el límite de 300.000 euros en ayudas de minimis en los últimos tres años.
- Quedan excluidas las comunidades de bienes, sociedades civiles, asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro.
Cuantía
El presupuesto total de la convocatoria es de 5.000.000 de euros. A nivel individual por beneficiario, se establecen los siguientes límites de gasto para los proyectos:
- Límite mínimo de gasto subvencionable por proyecto: 5.000,00 euros.
- Límite máximo de gasto subvencionable por proyecto: 300.000,00 euros.
- El importe de la ayuda consistirá en un porcentaje aplicable sobre la inversión aprobada. Este porcentaje y el importe máximo exacto de subvención por beneficiario no aparecen en el texto de la convocatoria; consúltalo en las bases reguladoras.
- Las ayudas están sujetas al régimen de minimis, por lo que ninguna empresa podrá recibir más de 300.000 euros en ayudas de este tipo durante cualquier período de tres años.
Gastos subvencionables
Se consideran subvencionables los gastos que respondan directamente a la actividad del proyecto, no superen el valor de mercado y se realicen en el plazo de ejecución aprobado. Se incluyen:
- Costes de personal propio que participe directamente en el proyecto. Se calcula multiplicando por 12 la remuneración mensual más cotizaciones y dividiendo entre 1.720 horas (para jornada completa). El coste máximo subvencionable es de 29,13 euros/hora para el grupo de cotización 1, y de 23,23 euros/hora para el grupo de cotización 2.
- Otros gastos y tipologías de inversión contemplados en el artículo 10.4 de la Orden de bases reguladoras.
- Quedan excluidos los gastos detallados en el artículo 10.5 de la Orden de bases reguladoras, así como cualquier gasto que no esté debidamente acreditado mediante facturas proforma o presupuestos detallados.
Criterios de valoración
Las solicitudes se valoran sobre un máximo de 100 puntos de acuerdo con los siguientes criterios:
- Calidad del proyecto (hasta 35 puntos): se evalúa el nivel de detalle de los objetivos, planificación, carácter innovador e impacto económico. Se suman 5 puntos adicionales si el proyecto se ubica en zonas prioritarias o está declarado como proyecto prioritario.
- Viabilidad del proyecto (hasta 20 puntos): coherencia y detalle del presupuesto y proveedores.
- Capacidad para incrementar presencia en mercados (hasta 10 puntos): 10 puntos si desarrolla nuevos productos/procesos y 5 puntos si mejora significativamente los existentes.
- Componente innovador (hasta 20 puntos): hasta 10 puntos por colaboración con centros tecnológicos o universidades, y hasta 10 puntos por disponer de certificaciones oficiales (Pyme Innovadora, UNE 166.002, etc.).
- Impacto medioambiental (hasta 5 puntos): por disponer de certificaciones o verificaciones ambientales homologadas.
- Capacidades del personal (hasta 5 puntos): idoneidad, formación y tareas del equipo asignado.
- Políticas de igualdad y apoyo a jóvenes (hasta 5 puntos): empresas participadas mayoritariamente por mujeres, jóvenes menores de 30 años o personas con discapacidad.
- Puntuación adicional por impacto demográfico: se otorgan entre 20 y 40 puntos adicionales para proyectos desarrollados en municipios con riesgo de despoblación o zonas escasamente pobladas.
Cómo solicitarla
El procedimiento de solicitud se realiza de la siguiente manera:
- Presenta tu solicitud de forma telemática con firma electrónica a través del formulario del Anexo I disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).
- El plazo de presentación está abierto desde el 15 de julio de 2026 hasta el 30 de septiembre de 2026.
- Adjunta la documentación obligatoria: NIF, escrituras de constitución, acreditación de representación, cuentas anuales del último ejercicio, declaración responsable de categoría de empresa (Anexo II), memoria técnica y económica (Anexo III), y facturas proforma o presupuestos de los gastos.
- Si el gasto de un proveedor es igual o superior a 15.000 euros, debes aportar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores no vinculados.
- Si presentas costes de personal, adjunta la última nómina de los trabajadores implicados.
- Si presentaste una solicitud entre el 1 de octubre de 2025 y el inicio del plazo de la convocatoria, deberás ratificarla dentro del plazo de presentación usando el Anexo VI.
Ir a la sede electrónica para solicitarla →
Preguntas frecuentes
- ¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud de esta ayuda?
- El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 30 de septiembre de 2026.
- ¿Qué presupuesto mínimo debe tener mi proyecto para poder optar a la ayuda?
- El proyecto que presentes debe tener un presupuesto mínimo de gasto subvencionable de 5.000 euros y no puede superar los 300.000 euros.
- Soy autónomo sin trabajadores, ¿puedo solicitar esta subvención?
- No, uno de los requisitos obligatorios es disponer de al menos dos trabajadores por cuenta ajena a tiempo completo (o equivalente) en alta en el mes anterior a la solicitud.
- ¿Puedo presentar más de un proyecto a esta convocatoria?
- Sí, se admite un máximo de dos solicitudes por empresa, ya sea de forma individual o en colaboración con otras.
- ¿Cuánto tiempo tengo para ejecutar el proyecto de innovación?
- El plazo de ejecución se determina en la resolución de concesión de tu ayuda, pero la duración máxima prevista del proyecto no puede superar los 12 meses.
- ¿Cómo se calcula el coste por hora de mi personal propio en el proyecto?
- Se calcula sumando el sueldo mensual, pagas extra y Seguridad Social, multiplicándolo por 12 y dividiendo el resultado entre 1.720 horas. El límite máximo subvencionable es de 29,13 €/hora para el grupo de cotización 1 y de 23,23 €/hora para el grupo 2.
Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 918034 · Cómo elaboramos las fichas