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Guía de Ayudas

Aragon · DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA

ORDEN AGA/.../2026 por la que se convocan subvenciones para la adaptación de la ganadería extensiva a los retos ambientales y a los desafíos socioterritoriales para el año 2026.

PlazoAbierta15 días contados a partir del día siguiente al de publicación de la orden en Boletín Oficial Aragón
Cuantía máxima citada6.000 €Ver condiciones y tramos →

Resumen

Estas ayudas están diseñadas para apoyar a los titulares de explotaciones de ganado ovino y caprino en régimen extensivo que desarrollan su actividad en zonas de Aragón con presencia de oso pardo o lobo. El objetivo principal es compensar los sobrecostes que sufren estas explotaciones y fomentar la adopción de medidas de autoprotección para asegurar la viabilidad de la ganadería tradicional.

La convocatoria financia la adquisición de herramientas de protección como vallados, pastores eléctricos, dispositivos de localización GPS y la compra y mantenimiento de perros mastines. Además, incluye un incentivo económico directo por cabeza de ganado para promover la continuidad de la actividad en las áreas de mayor riesgo de conflicto con la fauna silvestre.

Resulta de gran interés para los ganaderos de las zonas afectadas, ya que las ayudas pueden cubrir hasta el 100% de los costes de inversión con un límite de 6.000 euros por beneficiario, sumado a una prima adicional por cabeza de ganado que ayuda a mitigar las pérdidas y el estrés que provocan los grandes carnívoros en el manejo diario.

Quién puede solicitarla

Puedes solicitar estas ayudas si cumples con los siguientes requisitos:

  • Ser persona física, jurídica o agrupación sin personalidad jurídica (como comunidades de bienes) titular de una explotación de ganado ovino o caprino en régimen extensivo.
  • Estar ubicado en alguno de los municipios aragoneses detallados en el Anexo I de la convocatoria, o acreditar el uso de pastos en ellos durante un mínimo de 90 días seguidos en al menos las últimas cinco campañas (este último requisito temporal no se exige a jóvenes incorporados bajo los planes PDR o PEPAC 2023-2027).
  • Tener la explotación inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de Aragón (REGA), con los animales debidamente identificados y saneados.
  • Disponer de un seguro ganadero en vigor que cubra los daños causados por fauna silvestre en la fecha de presentación de la solicitud.
  • No superar el límite de 50.000 euros en ayudas de minimis concedidas durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Cuantía

La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 598.989 euros. A nivel individual, las ayudas se estructuran de la siguiente manera:

  1. Subvención de inversiones (hasta el 100% del coste con un límite máximo conjunto de 6.000 € por beneficiario y año):
  • Adquisición e instalación de vallados fijos o portátiles: hasta 3.000 € al año.
  • Adquisición e instalación de pastores eléctricos: hasta 3.000 € al año.
  • Adquisición de perros mastines (puros o cruzados acreditados) e inscripción en el RIACA: hasta 600 € por perro si es mastín del Pirineo con pedigree, y hasta 300 € para el resto de razas. Límite de 1 mastín cada dos años, con un máximo de 2 mastines para explotaciones de hasta 500 cabezas, y 1 más por cada 250 cabezas adicionales (máximo absoluto de 4 mastines por solicitante).
  • Seguro de responsabilidad civil para mastines: hasta 200 € por perro.
  • Dispositivos de localización GPS: hasta 2.000 € (para explotaciones con más de 100 animales mayores de 1 año, con un mínimo de 2 dispositivos y sin superar el 2% del censo).
  1. Incentivo por mantenimiento de actividad en zonas de riesgo (adicional a las inversiones anteriores):
  • Pago de hasta 6 € por cabeza de ganado de más de un año (mínimo de 100 cabezas y máximo de 2.000 cabezas por explotación).
  • Modulación del incentivo: Reciben el 100% de la prima los titulares de explotaciones prioritarias, jóvenes incorporados, explotaciones de titularidad compartida o de jóvenes/mujeres, o quienes obtengan al menos el 50% de sus ingresos de la actividad agraria. El resto recibe el 50% de la prima.
  • Modulación por zona: En Zonas de Gestión 1 (alta presencia) se recibe hasta el 100% de la prima resultante. En Zonas de Gestión 2 (presencia ocasional) se recibe hasta el 50% de la prima.

Gastos subvencionables

Se consideran gastos subvencionables los realizados entre el 23 de noviembre de 2025 y la fecha límite de justificación (establecida en 10 días tras la notificación de la concesión):

  • Compra de bienes y equipos de protección autorizados (vallados, pastores eléctricos y dispositivos GPS que cumplan las especificaciones técnicas del Anexo II).
  • Obras necesarias para la instalación de los vallados y equipos.
  • Adquisición de perros mastines, su registro en el RIACA y la póliza de seguro de responsabilidad civil correspondiente.
  • Queda excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) cuando este sea recuperable o compensable por el beneficiario.

Criterios de valoración

El procedimiento de concesión se realiza mediante concurrencia competitiva simplificada. Esto significa que la subvención se concederá a todos los solicitantes que cumplan los requisitos exigidos. No se utiliza un baremo de puntos para competir entre solicitudes, sino que los criterios de evaluación se aplican exclusivamente para cuantificar y ajustar el importe de la ayuda que corresponde a cada beneficiario dentro del presupuesto disponible. En caso de que el crédito global sea insuficiente para cubrir los máximos permitidos a todos los solicitantes, se procederá a un prorrateo del importe total disponible entre todos los beneficiarios.

Cómo solicitarla

La tramitación es exclusivamente electrónica. Debes seguir estos pasos:

  1. Accede a la sede electrónica del Gobierno de Aragón (https://www.aragon.es/tramites) y busca el procedimiento código 11779.
  2. Confecciona la solicitud utilizando tu certificado digital o clave permanente.
  3. Adjunta la documentación requerida digitalizada: memoria detallada de la actuación, póliza del seguro ganadero frente a fauna silvestre, facturas proforma o presupuestos de las inversiones (vallados, GPS, pastores, perros, seguros) y, si corresponde, documentos de traslado de animales o declaración del IRPF.
  4. Firma electrónicamente y realiza el envío del formulario para obtener el justificante de registro con la fecha y hora de entrada.
  5. El plazo de presentación es de 15 días contados a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón.
  6. Si la solicitud contiene errores, dispondrás de un plazo de 10 días para subsanarlos de forma telemática tras recibir el requerimiento.

Ir a la sede electrónica para solicitarla →

Preguntas frecuentes

¿Puedo comprar un vallado portátil si no tengo pastor eléctrico?
No. Los vallados portátiles solo se subvencionan si compras también un pastor eléctrico en esta convocatoria o si demuestras que ya dispones de uno y te comprometes a usarlo conjuntamente.
¿Cuántos perros mastines me pueden subvencionar?
El límite es de un mastín cada dos años. El máximo total es de 2 mastines para explotaciones de hasta 500 cabezas, pudiendo sumar uno más por cada 250 cabezas adicionales, con un límite absoluto de 4 mastines por beneficiario.
¿Qué obligaciones tengo tras recibir la ayuda?
Debes destinar los materiales y obras exclusivamente a proteger el ganado y mantenerlos en tu explotación durante al menos 4 años tras la concesión. En el caso de los mastines, debes garantizar su correcto cuidado, alimentación, entrenamiento e inscripción en el RIACA.
¿Puedo transferir los equipos o los perros antes de los 4 años?
Sí, pero requiere autorización previa de la Administración y el nuevo propietario debe subrogarse formalmente en todas las obligaciones y compromisos que asumiste al recibir la subvención.
¿Qué pasa si el presupuesto de la convocatoria no alcanza para todos?
Como se trata de un procedimiento simplificado, si el dinero disponible no es suficiente para pagar el máximo a todos los que cumplen los requisitos, la Administración prorrateará los fondos disponibles entre todos los beneficiarios aprobados.
¿Cuál es el plazo para presentar las facturas y justificar el gasto?
El plazo de justificación es muy ajustado: comienza en el momento en que te notifican la concesión de la ayuda y termina solo 10 días después, aunque puedes solicitar una prórroga antes de que venza si lo necesitas.

Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 918901 · Cómo elaboramos las fichas

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