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Guía de Ayudas

Canarias · CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA, COMERCIO Y AUTÓNOMOS

LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE MODERNIZACIÓN Y DIVERSIFICACIÓN DEL SECTOR INDUSTRIAL 2026

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Resumen

Estas ayudas están diseñadas para impulsar la modernización y la diversificación del tejido industrial en Canarias. Su objetivo principal es apoyar el crecimiento de las empresas del sector, promoviendo la creación de nuevos establecimientos, la mejora de los existentes y la incorporación de tecnologías que hagan más eficientes y sostenibles sus procesos productivos.

La convocatoria va dirigida a pequeñas y medianas empresas (pymes) y autónomos que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial en el archipiélago. Interesa especialmente porque ofrece la posibilidad de solicitar un abono anticipado de la subvención, lo que facilita la financiación inicial de los proyectos sin necesidad de que realices todo el desembolso por adelantado.

El programa cuenta con un presupuesto global de más de 10,5 millones de euros y se gestiona en régimen de concurrencia competitiva, lo que significa que las solicitudes se evaluarán y seleccionarán en función de los criterios de valoración establecidos.

Quién puede solicitarla

  • Pequeñas y medianas empresas (pymes) y autónomos que realicen actividades industriales en Canarias.
  • Entidades que tengan por objeto la creación de un nuevo establecimiento industrial.
  • Laboratorios de ensayo (que presten servicios al sector industrial), entidades auditoras, de inspección y laboratorios de calibración industrial.
  • Estar dado de alta en el Sistema de Información Económico-Financiera y Logística de la Comunidad Autónoma de Canarias (SEFLogIC) y disponer de una cuenta bancaria asociada y actualizada.
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario según la Ley General de Subvenciones.
  • No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración ni órdenes de recuperación pendientes de la Comisión Europea.
  • No haberse trasladado al establecimiento donde se realizará la inversión en los dos años anteriores a la solicitud.
  • Estar inscrito en el Registro Integrado Industrial o haber presentado la declaración responsable correspondiente (salvo las excepciones para nuevas empresas o laboratorios en fase de creación).

Cuantía

La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 10.514.741,00 € (diez millones quinientos catorce mil setecientos cuarenta y un euros) financiado con cargo a la aplicación presupuestaria 15.03.433A.770.02. Los importes, porcentajes, tramos y límites máximos de ayuda por cada beneficiario individual no aparecen en el texto de la convocatoria; consúltalo en las bases reguladoras.

Gastos subvencionables

  • Inversiones de "Nueva Construcción" (para la Línea I y subtipo 3.1 de la Línea III), siempre que se acredite el no inicio de las obras antes de la solicitud mediante acta notarial, comprobación física o declaración responsable.
  • Adquisición de software específico de control y gestión del proceso productivo, debidamente justificado.
  • Consultorías externas (para la Línea II y subtipo 3.2 de la Línea III).
  • Obras menores, instalaciones y bienes de equipo que cuenten con un informe técnico justificativo.
  • Quedan excluidos de la valoración los conceptos de obra civil que se realicen sobre terrenos o edificios ajenos al establecimiento industrial que no sean propiedad del solicitante (acreditado mediante escritura).
  • El resto de gastos subvencionables detallados y los conceptos expresamente excluidos no aparecen en el texto de la convocatoria; consúltalo en las bases reguladoras.

Criterios de valoración

Las solicitudes se tramitan en régimen de concurrencia competitiva. Se valorará si la entidad lleva a cabo acciones concretas en materia de igualdad entre mujeres y hombres. Los criterios detallados de puntuación, los baremos aplicables, los pesos de cada apartado y las puntuaciones mínimas requeridas no aparecen en el texto de la convocatoria; consúltalo en las bases reguladoras.

Cómo solicitarla

  1. Accede a la aplicación informática de gestión en la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
  2. Cumplimenta el formulario electrónico de solicitud, que incluye las declaraciones responsables obligatorias (no estar incurso en prohibiciones, alta en SEFLogIC, categoría de pyme, ayudas de minimis recibidas, etc.).
  3. Prepara y adjunta la Memoria técnica y económica del proyecto utilizando los modelos oficiales aprobados para cada línea de actuación.
  4. Aporta la documentación que acredite tu personalidad jurídica o representación legal (o borrador de escrituras si la sociedad está en constitución).
  5. Adjunta los documentos de capacidad financiera: Impuesto sobre Sociedades o IRPF de los dos últimos ejercicios, acompañados de balances y cuentas de resultados firmados (o documentación de viabilidad alternativa para empresas nuevas).
  6. Presenta tres presupuestos de proveedores para los gastos que lo requieran, o justifica en la Memoria si no es posible aportarlos por falta de proveedores en el mercado.
  7. Si tu proyecto es de la Línea I o subtipo 3.1 de la Línea III, aporta los planos, croquis de ubicación, justificación de incidencia medioambiental y la acreditación de no inicio de las inversiones para obras de nueva construcción.
  8. Si tu proyecto es de la Línea II o subtipo 3.2 de la Línea III, aporta la acreditación del consultor externo y el informe técnico justificativo para obras menores o equipos.
  9. Firma electrónicamente la solicitud y toda la documentación complementaria con un certificado digital válido.
  10. Envía el expediente a través del aplicativo dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, antes de las 14:00 horas del último día.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo para realizar y justificar las inversiones del proyecto?
De forma general, el plazo de ejecución finaliza el 31 de octubre de 2026 y el de justificación el 15 de noviembre de 2026. No obstante, si solicitas y se te concede el abono anticipado, ambos plazos se amplían hasta el 31 de diciembre de 2027.
¿Puedo pedir que me adelanten el dinero de la subvención?
Sí, puedes solicitar el abono anticipado de la ayuda. Debes pedirlo expresamente a través de la aplicación informática de gestión en el mismo plazo que se establezca para aceptar la subvención.
¿Qué tengo que hacer si la aplicación informática de la sede electrónica falla los últimos días?
Si el aplicativo telemático no funciona durante los dos últimos días del plazo, podrás presentar toda la documentación a través del Registro General Electrónico del Gobierno de Canarias o, en su defecto, por los registros electrónicos autorizados por la ley de procedimiento administrativo común.
¿Cómo tengo que justificar los gastos una vez finalizado el proyecto?
El método depende de la línea de actuación: para la Línea I y el subtipo 3.1 de la Línea III se exige una cuenta justificativa con informe de auditor; mientras que para la Línea II y el subtipo 3.2 de la Línea III se realiza mediante cuenta justificativa con aportación directa de los justificantes de gasto.
¿Es obligatorio estar inscrito en el Registro Integrado Industrial para pedir la ayuda?
Sí, como regla general el órgano gestor lo comprobará de oficio. Sin embargo, no estás obligado a acreditarlo en la fase de solicitud si vas a crear un nuevo establecimiento industrial o si vas a constituir un nuevo laboratorio de ensayo, auditoría o calibración.
¿Cuánto tiempo tardarán en darme una respuesta oficial?
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de concesión es de cinco meses, que se empiezan a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 909726 · Cómo elaboramos las fichas

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