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Guía de Ayudas

Castilla La Mancha · OTROS

Convocatoria Pyme Cibersegura 2026 - Cámara de Comercio de Ciudad Real

Quedan37 díasCierra el 30 de octubre de 2026
Cuantía máxima citada4.280 €Ver condiciones y tramos →

Resumen

Este programa te ofrece apoyo directo para proteger tu negocio frente a amenazas digitales y mejorar tu seguridad informática. Consta de dos fases: un diagnóstico inicial gratuito realizado por asesores tecnológicos para analizar tus riesgos cibernéticos, y una posterior fase de ayudas económicas para que implantes las soluciones recomendadas.

Quién puede solicitarla

  • Pequeñas y medianas empresas (pymes), microempresas y autónomos de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Ciudad Real.
  • Estar dadas de alta de forma continuada en el Censo del IAE antes del 1 de enero de 2024.
  • Tener una facturación mínima de 100.000 € en la última anualidad.
  • Disponer de domicilio social o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Ciudad Real.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • Cumplir con la norma de minimis (no haber recibido más de 300.000 € en ayudas de este tipo en los tres años previos).
  • Quedan excluidas las comunidades de bienes, sociedades civiles, UTEs, asociaciones, fundaciones, entidades sin ánimo de lucro, autónomos societarios y autónomos colaboradores.
  • Quedan excluidas las empresas que operen en la producción primaria de productos agrícolas, pesca y acuicultura.

Cuantía

La ayuda cubre el 85% del presupuesto elegible, con una cuantía máxima de subvención de 3.638 € por empresa. El presupuesto máximo elegible por beneficiario es de 4.280 € (calculado como 4.000 € de costes directos más un 7% de costes indirectos fijos, que equivale a 280 €). La empresa debe prefinanciar la totalidad del proyecto. El presupuesto total asignado a esta convocatoria de ayudas es de 77.040 €.

Gastos subvencionables

  • Gastos asociados a la ejecución del Plan de Implantación mediante proveedores libremente seleccionados.
  • Costes indirectos calculados a un tipo fijo del 7% sobre los costes directos subvencionables justificados.
  • Quedan excluidos los gastos de contratación con empresas o autónomos vinculados.
  • Quedan excluidos los proyectos que coincidan con la propia actividad de la empresa solicitante, aunque se contraten a terceros.
  • Quedan excluidas las soluciones tecnológicas que ya hayan sido financiadas a través del programa Kit Digital en cualquiera de sus convocatorias.
  • El IVA no es subvencionable.

Criterios de valoración

Las solicitudes se seleccionan por estricto orden de registro de entrada (concurrencia no competitiva), siempre que cumplan con los requisitos mínimos y exista disponibilidad presupuestaria.

Cómo solicitarla

  • Accede a la Sede Electrónica de la Cámara de Comercio de Ciudad Real (https://sede.camara.es/sede/ciudadreal).
  • Cumplimenta el formulario de solicitud habilitado para la convocatoria.
  • Prepara y adjunta la documentación obligatoria: Declaración responsable (Anexo III) y la Declaración anual de IVA del último año finalizado (o documento oficial equivalente que acredite la facturación mínima de 100.000 €).
  • Si accedes directamente a la Fase II de ayudas, aporta la copia de la convocatoria del programa público previo y el informe de asesoramiento en ciberseguridad correspondiente.
  • Firma la solicitud digitalmente utilizando un certificado electrónico reconocido.
  • El plazo de presentación se inicia a las 09:00 horas del 3 de marzo de 2026 y finaliza a las 14:00 horas del 30 de octubre de 2026, o antes si se agota el presupuesto.

Ir a la sede electrónica para solicitarla →

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar algo por el diagnóstico de ciberseguridad?
No, el servicio de Diagnóstico Asistido en Ciberseguridad y el seguimiento de la implantación son completamente gratuitos para las pymes participantes.
¿Puedo contratar a un familiar o a una empresa de mi grupo para implantar las soluciones?
No, está expresamente prohibido contratar la ejecución del plan con empresas o autónomos vinculados a tu negocio.
¿Tengo que adelantar el dinero de las mejoras tecnológicas?
Sí, la empresa beneficiaria debe prefinanciar el 100% de los gastos del proyecto. Una vez justificados y aprobados, recibirás el reembolso del 85% de la ayuda.
¿Qué pasa si mi empresa factura menos de 100.000 € al año?
No podrás acceder a esta convocatoria, ya que tener una facturación mínima de 100.000 € en el último año es un requisito obligatorio para ser beneficiario.
¿Puedo pedir esta ayuda si ya tengo el Kit Digital?
Sí, pero no podrás financiar las mismas soluciones tecnológicas que ya te hayan subvencionado a través del programa Kit Digital.

Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 888603 · Cómo elaboramos las fichas

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