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Convocatoria Pyme Cibersegura 2026 - Cámara de Comercio de Ciudad Real
Resumen
Este programa te ofrece apoyo directo para proteger tu negocio frente a amenazas digitales y mejorar tu seguridad informática. Consta de dos fases: un diagnóstico inicial gratuito realizado por asesores tecnológicos para analizar tus riesgos cibernéticos, y una posterior fase de ayudas económicas para que implantes las soluciones recomendadas.
Quién puede solicitarla
- Pequeñas y medianas empresas (pymes), microempresas y autónomos de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Ciudad Real.
- Estar dadas de alta de forma continuada en el Censo del IAE antes del 1 de enero de 2024.
- Tener una facturación mínima de 100.000 € en la última anualidad.
- Disponer de domicilio social o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Ciudad Real.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- Cumplir con la norma de minimis (no haber recibido más de 300.000 € en ayudas de este tipo en los tres años previos).
- Quedan excluidas las comunidades de bienes, sociedades civiles, UTEs, asociaciones, fundaciones, entidades sin ánimo de lucro, autónomos societarios y autónomos colaboradores.
- Quedan excluidas las empresas que operen en la producción primaria de productos agrícolas, pesca y acuicultura.
Cuantía
La ayuda cubre el 85% del presupuesto elegible, con una cuantía máxima de subvención de 3.638 € por empresa. El presupuesto máximo elegible por beneficiario es de 4.280 € (calculado como 4.000 € de costes directos más un 7% de costes indirectos fijos, que equivale a 280 €). La empresa debe prefinanciar la totalidad del proyecto. El presupuesto total asignado a esta convocatoria de ayudas es de 77.040 €.
Gastos subvencionables
- Gastos asociados a la ejecución del Plan de Implantación mediante proveedores libremente seleccionados.
- Costes indirectos calculados a un tipo fijo del 7% sobre los costes directos subvencionables justificados.
- Quedan excluidos los gastos de contratación con empresas o autónomos vinculados.
- Quedan excluidos los proyectos que coincidan con la propia actividad de la empresa solicitante, aunque se contraten a terceros.
- Quedan excluidas las soluciones tecnológicas que ya hayan sido financiadas a través del programa Kit Digital en cualquiera de sus convocatorias.
- El IVA no es subvencionable.
Criterios de valoración
Las solicitudes se seleccionan por estricto orden de registro de entrada (concurrencia no competitiva), siempre que cumplan con los requisitos mínimos y exista disponibilidad presupuestaria.
Cómo solicitarla
- Accede a la Sede Electrónica de la Cámara de Comercio de Ciudad Real (https://sede.camara.es/sede/ciudadreal).
- Cumplimenta el formulario de solicitud habilitado para la convocatoria.
- Prepara y adjunta la documentación obligatoria: Declaración responsable (Anexo III) y la Declaración anual de IVA del último año finalizado (o documento oficial equivalente que acredite la facturación mínima de 100.000 €).
- Si accedes directamente a la Fase II de ayudas, aporta la copia de la convocatoria del programa público previo y el informe de asesoramiento en ciberseguridad correspondiente.
- Firma la solicitud digitalmente utilizando un certificado electrónico reconocido.
- El plazo de presentación se inicia a las 09:00 horas del 3 de marzo de 2026 y finaliza a las 14:00 horas del 30 de octubre de 2026, o antes si se agota el presupuesto.
Ir a la sede electrónica para solicitarla →
Preguntas frecuentes
- ¿Tengo que pagar algo por el diagnóstico de ciberseguridad?
- No, el servicio de Diagnóstico Asistido en Ciberseguridad y el seguimiento de la implantación son completamente gratuitos para las pymes participantes.
- ¿Puedo contratar a un familiar o a una empresa de mi grupo para implantar las soluciones?
- No, está expresamente prohibido contratar la ejecución del plan con empresas o autónomos vinculados a tu negocio.
- ¿Tengo que adelantar el dinero de las mejoras tecnológicas?
- Sí, la empresa beneficiaria debe prefinanciar el 100% de los gastos del proyecto. Una vez justificados y aprobados, recibirás el reembolso del 85% de la ayuda.
- ¿Qué pasa si mi empresa factura menos de 100.000 € al año?
- No podrás acceder a esta convocatoria, ya que tener una facturación mínima de 100.000 € en el último año es un requisito obligatorio para ser beneficiario.
- ¿Puedo pedir esta ayuda si ya tengo el Kit Digital?
- Sí, pero no podrás financiar las mismas soluciones tecnológicas que ya te hayan subvencionado a través del programa Kit Digital.
Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 888603 · Cómo elaboramos las fichas