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Guía de Ayudas

Illes Balears · DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO Y DEPORTES

Convocatoria de subvenciones para mejoras en eficiencia energética y la innovación en materia de procesos y de organización en el ámbito turístico de las Illes Balears

Quedan7 díasCierra el 30 de septiembre de 2026
Cuantía máxima citada300.000 €Ver condiciones y tramos →

Resumen

Esta convocatoria de subvenciones está diseñada para impulsar la transición verde y la modernización del sector turístico en las Illes Balears. Financia proyectos enfocados en la mejora de la eficiencia energética de los establecimientos y en la implementación de innovaciones organizativas o de procesos que promuevan la economía circular y la sostenibilidad.

Quién puede solicitarla

Puedes solicitar estas ayudas si eres una persona física o jurídica que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

  • Explotadora de establecimientos destinados a alojamiento turístico, empresas turisticoresidenciales, comercializadoras de estancias turísticas en viviendas, restauración o intermediación turística.
  • Propietaria de los establecimientos anteriores, siempre que dispongas de un acuerdo con la persona explotadora para realizar las actuaciones.
  • En ambos casos, es obligatorio estar inscrito en el registro insular de empresas, actividades y establecimientos turísticos de las Illes Balears correspondiente.
  • Si eres una gran empresa, solo podrás acceder al Programa Innovación si colaboras de forma efectiva con una o varias pymes que asuman al menos el 30 % de los costes subvencionables.

Cuantía

La dotación presupuestaria total de la convocatoria es de 5.000.000 de euros, financiada con el fondo del impuesto del turismo sostenible. Los límites de gasto subvencionable por solicitud (sin incluir el IVA) son:

  • Importe mínimo: 10.000 euros.
  • Importe máximo: 300.000 euros.

La intensidad de la ayuda se calcula aplicando un porcentaje sobre los costes subvencionables según el tipo de empresa:

  • Programa Eficiencia: 30 % para grandes empresas, 40 % para medianas empresas y 50 % para pequeñas empresas.
  • Programa Innovación: 15 % para grandes empresas (bajo condiciones de colaboración) y 50 % para medianas o pequeñas empresas.

Gastos subvencionables

Se admiten los siguientes gastos según el programa:

  • Programa Eficiencia: Costes de ejecución de obras o instalaciones realizados por terceros, así como la adquisición de equipos y materiales para la mejora de la envolvente térmica o de las instalaciones térmicas.
  • Programa Innovación: Costes de personal dedicado al proyecto, costes de instrumental durante su uso para el proyecto, investigación contractual, patentes adquiridas y gastos generales directamente derivados del proyecto.

Quedan excluidos:

  • En Eficiencia: Sistemas de producción de energía solar fotovoltaica o eólica, obras en edificios de nueva construcción o ampliaciones, redacción de proyectos, dirección facultativa, certificados energéticos, tasas, impuestos (como el IVA) y costes de retirada de residuos.
  • En Innovación: Tasas, impuestos, seguros, adquisición de inmuebles, alquileres, gastos corrientes y elementos de transporte.
  • En ambos programas: Cualquier gasto facturado antes de presentar la solicitud, dado el carácter incentivador de la ayuda.

Criterios de valoración

El procedimiento de concesión se realiza mediante concurrencia no competitiva. Las solicitudes se seleccionan por riguroso orden de entrada (fecha y hora de presentación) para cada una de las cuatro tipologías de actuación, hasta agotar el crédito asignado a cada programa.

Cómo solicitarla

El procedimiento de solicitud se realiza de la siguiente manera:

  1. Debes presentar la solicitud de forma obligatoria por vía electrónica a través del trámite específico de la Sede Electrónica de la CAIB.
  2. El plazo de presentación se inicia el 8 de junio de 2026 a las 09:00 horas y finaliza el 30 de septiembre de 2026 a las 23:59 horas.
  3. Debes aportar la documentación requerida, que incluye: formulario de solicitud firmado digitalmente, memoria explicativa del proyecto con cronograma y presupuesto detallado, y tres presupuestos de distintos proveedores si el gasto supera los 40.000 euros en obras o 15.000 euros en suministros/servicios.
  4. Para el Programa Eficiencia, debes aportar la certificación energética actual registrada y la simulación de la calificación que se obtendrá tras la mejora.
  5. Si el importe solicitado supera los 30.000 euros, deberás acreditar el cumplimiento de los plazos de pago de la Ley de Morosidad comercial mediante certificación o informe de auditoría según corresponda.

Preguntas frecuentes

¿Puedo iniciar las obras antes de presentar la solicitud de ayuda?
No. Para que los gastos sean subvencionables, las actuaciones deben iniciarse siempre con posterioridad a la fecha de presentación de tu solicitud.
¿Se puede solicitar la ayuda para instalar placas solares fotovoltaicas?
No, los sistemas de producción de energía solar fotovoltaica o eólica están expresamente excluidos de las actuaciones subvencionables en esta convocatoria.
¿Qué ahorro energético mínimo debo conseguir en el Programa Eficiencia?
Tanto para la envolvente térmica como para las instalaciones térmicas, debes acreditar que la actuación conseguirá una reducción mínima del 5 % en el consumo de energía y del 5 % en las emisiones de CO2.
¿Puedo pedir un anticipo o pago parcial de la subvención?
Sí, puedes solicitar un pago parcial de hasta el 40 % de la ayuda concedida, presentando una justificación parcial de los gastos ejecutados entre el 1 y el 31 de mayo de 2027.
¿Es compatible esta ayuda con otras subvenciones?
No, esta subvención es incompatible con cualquier otra ayuda, ingreso o recurso para la misma finalidad procedente de administraciones públicas o entidades privadas.

Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 920127 · Cómo elaboramos las fichas

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