Comunidad Foral De Navarra · DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA Y DE TRANSICION ECOLOGICA Y DIGITAL EMPRESARIAL
Convocatoria de subvenciones para la mejora de la competitividad de las pymes de comercio de 2026
Resumen
Estas ayudas buscan impulsar la competitividad, modernización y digitalización de los comercios minoristas de Navarra, así como fomentar el relevo generacional y el emprendimiento en el sector. El programa financia desde reformas físicas en tiendas hasta la implantación de comercio electrónico y la adaptación de vehículos para la venta ambulante.
Te interesa especialmente porque cubre hasta el 80% de la inversión en casos como el traspaso de negocios o locales multiactividad en zonas rurales, permitiendo consolidar comercios existentes o iniciar un nuevo proyecto con un importante respaldo económico.
Quién puede solicitarla
Puedes solicitar estas ayudas si cumples con los siguientes requisitos:
- Ser una pyme (micro, pequeña o mediana empresa según el proyecto).
- Estar de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en Navarra en un epígrafe correspondiente a las actividades subvencionables.
- Tu actividad principal debe estar clasificada en el sector de comercio minorista (CNAE-2025 entre las clases 47.11 y 47.79, con excepciones específicas) o en las actividades paracomerciales admitidas (lavanderías, reparación de calzado, reparación de efectos domésticos y fabricación de pan/pastelería fresca en localidades de menos de 1.500 habitantes).
- No estar incurso en prohibiciones legales para recibir subvenciones ni haber sido sancionado por prácticas laborales discriminatorias.
- Cumplir con los plazos de pago a proveedores de la Ley de Morosidad (para ayudas mayores a 30.000 euros se exige acreditar un nivel de cumplimiento igual o superior al 90%).
- No desarrollar actividades prohibidas por el Real Decreto-ley 10/2025 (medidas urgentes contra el genocidio en Gaza).
- Cumplir con los requisitos específicos de antigüedad o viabilidad según la clase de proyecto (por ejemplo, para modernización se exige actividad ininterrumpida desde antes del 1 de octubre de 2025; para emprendimiento, disponer de un plan de empresa favorable).
Cuantía
La subvención máxima por empresa no puede superar los 60.000 euros en total (salvo que el presupuesto de la convocatoria sea suficiente para atender todas las solicitudes). Los importes y porcentajes máximos por beneficiario según el tipo de proyecto son:
- Modernización y Reforma: 40% de la inversión con un límite de 50.000 euros por establecimiento.
- Traspaso Comercial: 80% de la inversión con un límite de 60.000 euros por establecimiento.
- Comercio No Sedentario: 60% de la inversión con un límite de 10.000 euros por empresa.
- Emprendimiento Comercial: 50% de la inversión con un límite de 50.000 euros por establecimiento.
- Digitalización Comercial: 70% de la inversión con un límite de 10.000 euros por empresa.
- Actividades Paracomerciales: 40% de la inversión con un límite de 25.000 euros por empresa.
- Locales Multiactividad (en municipios de menos de 1.200 habitantes): 80% de la inversión con un límite de 45.000 euros por establecimiento.
- Adaptación o compra de vehículos para transporte de alimentos: 40% de la inversión con un límite de 10.000 euros por empresa.
Se exige una inversión mínima (IVA excluido) que varía según el tamaño de la empresa y el proyecto. Por ejemplo, para microempresas el mínimo es de 10.000 euros en modernización (5.000 euros si es solo equipamiento), 2.000 euros en traspaso o digitalización, 1.500 euros en comercio no sedentario, y 5.000 euros en emprendimiento o actividades paracomerciales.
Gastos subvencionables
Se admiten los siguientes gastos (siempre que las facturas individuales superen los 150 euros, IVA excluido):
- Obras de reforma, accesibilidad, iluminación, climatización y renovación de fachadas o escaparates.
- Adquisición de mobiliario, maquinaria y equipamiento comercial nuevo.
- Honorarios técnicos de proyectos y dirección de obra (hasta el 20% del coste de la obra/equipamiento).
- Creación o mejora sustancial de páginas web con venta online (e-commerce) y desarrollo de apps móviles para captación de clientes.
- Cánones de entrada a franquicias o centrales de compra (en localidades de menos de 2.500 habitantes).
- Compra o adaptación de vehículos nuevos para venta ambulante o transporte de alimentos (con distintivo ambiental 0, Eco, C o B).
- En traspasos, se admite la compra de activos usados (maquinaria, mobiliario) y los gastos de tasación del negocio (hasta 500 euros).
Quedan excluidos:
- Trabajos realizados por la propia empresa (autofacturación).
- Compra de locales, terrenos o construcción de inmuebles.
- Ordenadores, portátiles, tablets, teléfonos móviles, TPV, balanzas y software de facturación.
- Placas solares, gastos de posicionamiento SEO y repuestos de vehículos.
- Gastos de alquiler, materiales fungibles y activos adquiridos por leasing o renting.
Criterios de valoración
Las solicitudes se puntúan sobre un baremo de concurrencia competitiva que valora:
- Población del municipio: hasta 35 puntos (máxima puntuación para localidades de hasta 1.000 habitantes).
- Riesgo de despoblación: hasta 20 puntos según la clasificación oficial de Navarra.
- Tamaño de la empresa: 30 puntos para microempresas, 20 para pequeñas y 10 para medianas.
- Subvenciones anteriores: hasta 15 puntos para quienes no hayan recibido ayudas comerciales en los últimos tres años.
- Pertenencia a asociación de comerciantes: hasta 5 puntos según la antigüedad.
- Adhesión al Sistema de Arbitraje de Consumo: 4 puntos.
- Planes o formación en igualdad de género: hasta 3 puntos.
- Traspasos en zonas con pocos comercios: hasta 16 puntos.
- Comercios singulares o centenarios protegidos: 2 puntos.
- Para comercios en Pamplona: se aplican criterios adicionales de densidad comercial del barrio (hasta 4 puntos), evolución de comercios (hasta 4 puntos) y nuevos desarrollos urbanos (4 puntos).
- Para comercio no sedentario: se valora la población de las localidades atendidas, la periodicidad y las rutas (hasta 60 puntos en total).
Cómo solicitarla
El procedimiento para solicitar la ayuda es el siguiente:
- Accede a la ficha del trámite en el Portal del Gobierno de Navarra (https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/subvenciones-para-la-mejora-de-la-competitividad-de-las-empresas-comerciales-minoristas-y-el-fomento-del-emprendimiento-comercial).
- Prepara la documentación obligatoria escaneada en archivos separados: escrituras o DNI, acreditación de la CNAE-2025, memoria técnica y económica del proyecto (o Plan de Viabilidad para emprendimiento), relación valorada de inversiones en Excel con presupuestos o facturas proforma, y fotografías del estado previo del local (si haces obras).
- Si el gasto supera los 30.000 euros en obras o 12.000 euros en equipamiento/servicios, debes aportar tres ofertas de diferentes proveedores y justificar la elección.
- Presenta la solicitud de forma telemática a través del Registro General Electrónico de Navarra dentro del plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
- Si la solicitud está incompleta, dispondrás de un plazo de 10 días hábiles para subsanarla tras recibir la notificación en tu Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú).
Preguntas frecuentes
- ¿Puedo comprar un ordenador o una tablet con esta subvención?
- No. Los ordenadores, portátiles, tablets, teléfonos móviles, terminales de punto de venta (TPV) y balanzas digitales están expresamente excluidos de la ayuda.
- ¿Qué plazo tengo para realizar las reformas y pagar las facturas?
- Tanto las inversiones como las facturas y sus pagos deben realizarse entre el 18 de octubre de 2025 y el 16 de octubre de 2026, ambos inclusive.
- ¿Se admiten pagos en efectivo si tengo el recibo firmado?
- No. Todos los pagos deben realizarse obligatoriamente por vía bancaria (transferencia, tarjeta o cargo en cuenta). No se admite dinero en metálico ni recibís.
- Tengo un negocio de panadería donde elaboro mi propio pan, ¿puedo pedir la ayuda?
- Con carácter general no se subvencionan actividades donde tú mismo elabores o transformes el producto. Sin embargo, se hace una excepción si tu establecimiento es de fabricación de pan y pastelería fresca y está ubicado en un municipio de menos de 1.500 habitantes.
- ¿Qué pasa si no llego a realizar todo el proyecto que presenté en la solicitud?
- Si ejecutas menos del 50% de la inversión aprobada perderás toda la subvención. Si ejecutas entre el 50% y el 75%, la ayuda final se recortará a la mitad. Para evitar penalizaciones, debes comunicar cualquier renuncia o reducción superior al 25% antes del 1 de septiembre de 2026.
- ¿Durante cuánto tiempo tengo que mantener el negocio abierto tras recibir la ayuda?
- Debes mantener los bienes subvencionados vinculados a la actividad en Navarra durante un mínimo de 2 años desde la puesta en marcha de las inversiones. En caso de traspaso, el nuevo titular debe subrogarse en esta obligación.
Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 890314 · Cómo elaboramos las fichas