Canarias · CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA, COMERCIO Y AUTÓNOMOS
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ACCIONES O PROYECTOS DE INTERNACIONALIZACION DE PYMES NO CAPITALINAS 2026
Resumen
Estas ayudas están diseñadas para impulsar la internacionalización de las pequeñas y medianas empresas canarias que desarrollan su actividad en las islas no capitalinas. El objetivo es apoyar económicamente la promoción exterior de sus productos y servicios, facilitando su salida a mercados internacionales.
La convocatoria resulta muy atractiva porque financia hasta el 75% de los costes del proyecto y permite el cobro de la subvención de forma anticipada, lo que evita que tengas que adelantar todo el dinero. Además, cuenta con un presupuesto total de 400.000 euros distribuido de forma específica entre Lanzarote, Fuerteventura, La Palma, El Hierro y La Gomera.
Quién puede solicitarla
- Pequeñas y medianas empresas (pymes) canarias.
- Deben estar ubicadas en alguna de las islas no capitalinas: Lanzarote, Fuerteventura, La Palma, El Hierro o La Gomera.
- No puedes superar el límite de 300.000 euros en ayudas de mínimis recibidas durante los tres años previos.
- El resto de requisitos de los beneficiarios se deben consultar en las bases reguladoras.
Cuantía
- La ayuda cubre el 75% de los costes subvencionables del proyecto.
- El importe máximo de la subvención por proyecto es de 4.500 euros (para un gasto máximo subvencionable de 6.000 euros). La empresa aporta los 1.500 euros restantes (25%).
- El importe mínimo de la subvención por proyecto es de 2.250 euros (para un gasto mínimo de 3.000 euros). La empresa aporta los 750 euros restantes (25%).
- El presupuesto total de la convocatoria es de 400.000 euros, distribuido por islas según su PIB: Lanzarote (152.000 €), Fuerteventura (120.000 €), La Palma (64.000 €), El Hierro (32.000 €) y La Gomera (32.000 €).
Gastos subvencionables
Se financian las acciones y proyectos destinados a la internacionalización de los productos y servicios de la pyme. El inicio de las actuaciones y los gastos subvencionables se computa desde el 1 de enero de 2026, debiendo finalizar la ejecución el 15 de junio de 2027. No aparece en el texto de la convocatoria el listado detallado de conceptos admitidos y excluidos; consúltalo en las bases reguladoras.
Criterios de valoración
El procedimiento de concesión se realiza bajo el régimen de concurrencia competitiva, pero el único criterio de valoración aplicable es el orden de presentación de las solicitudes (régimen de "papeleta" o entrada). Obtendrán la subvención las solicitudes que se presenten primero, siempre que estén completas y cumplan los requisitos, hasta que se agote el crédito disponible para cada isla. La fecha que marca la prioridad es el momento exacto en el que completes toda la documentación exigida.
Cómo solicitarla
- Accede a la sede electrónica del Gobierno de Canarias a través del enlace habilitado: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramitador/creacion/tramites/10804
- Cumplimenta el formulario de solicitud y aporta la documentación requerida a través del aplicativo informático de gestión.
- Presenta la solicitud por vía telemática antes de que finalice el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).
- Si la administración te requiere subsanar algún error, revisa las notificaciones en el tablón de anuncios de la sede electrónica y aporta los documentos solicitados para no perder tu orden de prioridad.
Ir a la sede electrónica para solicitarla →
Preguntas frecuentes
- ¿Qué porcentaje del proyecto me subvencionan?
- La ayuda cubre exactamente el 75% del gasto subvencionable de tu proyecto de internacionalización, debiendo aportar tú el 25% restante.
- ¿Cuál es el dinero máximo que puedo recibir?
- El importe máximo de la subvención que puedes obtener es de 4.500 euros por proyecto, correspondiente a una inversión total de 6.000 euros.
- ¿Tengo que adelantar todo el dinero del proyecto?
- No, la convocatoria prevé que el abono de esta subvención se pueda realizar de forma anticipada para facilitar la ejecución de las acciones.
- ¿Cómo se decide quién recibe la ayuda si se acaba el presupuesto?
- Se asigna por estricto orden de llegada. Las primeras empresas que presenten su solicitud de forma completa y correcta recibirán los fondos hasta agotar el presupuesto de su isla.
- ¿Cuál es el plazo para realizar y justificar las actividades?
- Puedes realizar las actividades desde el 1 de enero de 2026 hasta el 15 de junio de 2027, y tendrás de plazo para presentar la justificación hasta el 30 de junio de 2027.
Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 882343 · Cómo elaboramos las fichas