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Guía de Ayudas

Aragon · DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL E INNOVACIÓN

Ayudas para la competitividad de las PYME de actividad industrial en los sectores textil-confección y calzado, en el marco del Programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP).

PlazoAbiertaUn mes a partir del día siguiente de la publicación en el “Boletín Oficial de Aragón"
Cuantía máxima citada150.000 €Ver condiciones y tramos →

Resumen

Estas ayudas autonómicas están diseñadas para impulsar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas (pymes) de Aragón que operan en los sectores de textil-confección y calzado. El objetivo principal es apoyar a un tejido industrial maduro y muy arraigado en el medio rural, ayudándole a modernizarse frente a los desafíos de la globalización y la deslocalización.

Quién puede solicitarla

  • Pymes (pequeñas y medianas empresas) del sector textil-confección o del calzado.
  • Deben estar radicadas en Aragón (disponer de un centro de trabajo abierto y en funcionamiento, o solicitar la ayuda para un nuevo establecimiento en la región).
  • Estar válidamente constituidas como máximo antes de que termine el mes natural posterior al cierre de la presentación de solicitudes.
  • Contar con solvencia técnica y económica para desarrollar el proyecto.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, con la Comunidad Autónoma de Aragón y con la Seguridad Social.
  • Cumplir con la normativa medioambiental, de transparencia, laboral, de igualdad y de inclusión social.
  • En ayudas superiores a 30.000 euros, cumplir los plazos de pago de la Ley de Lucha contra la Morosidad.

Cuantía

La dotación presupuestaria total de la convocatoria es de 250.000 euros (cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER con 100.000 euros y con 150.000 euros de recursos propios autonómicos). Existe la previsión de un incremento de crédito adicional de hasta 150.000 euros.

El importe máximo de la ayuda por solicitud o beneficiario es de 50.000 euros. No se concederán ayudas que no alcancen un mínimo de 1.000 euros por motivos de eficiencia.

Las intensidades de ayuda varían según el tamaño de la empresa, la categoría del proyecto y la localización geográfica:

  1. Ayudas regionales a la inversión:
  • Teruel: 70% para microempresas, 60% para pequeñas empresas y 50% para medianas empresas.
  • Huesca y provincia de Zaragoza (excepto término municipal): 60% para microempresas, 50% para pequeñas empresas y 40% para medianas empresas.
  • Término municipal de Zaragoza: 50% para microempresas, 40% para pequeñas empresas y 30% para medianas empresas.
  1. Investigación y desarrollo industrial / Innovación en procesos y organización:
  • 80% para microempresas, 70% para pequeñas empresas y 60% para medianas empresas.
  1. Derechos de propiedad industrial / Consultoría estratégica:
  • 70% para microempresas, 60% para pequeñas empresas y 50% para medianas empresas.

Gastos subvencionables

Se admiten los siguientes gastos vinculados directamente al proyecto:

  • Adquisición de activos materiales (maquinaria, bienes de equipo, equipamiento industrial, prototipos e instalaciones generales) y activos inmateriales (software a medida, patentes, licencias). Los activos de segunda mano se admiten bajo declaración del vendedor y tasación independiente.
  • Edificaciones y naves nuevas vinculadas a la producción o logística, con un límite del 30% del coste del resto de activos elegibles.
  • Servicios externos de consultoría para investigación contratada con universidades, centros de investigación o consultoras de I+D.
  • Consultoría externa para innovación en procesos, organización, diseño industrial y planificación estratégica (planes de negocio, transformación digital, internacionalización).
  • Costes de obtención, validación y defensa de patentes.

Quedan excluidos:

  • Terrenos, parcelas y mobiliario no industrial (oficinas, salas de reuniones).
  • Reformas en zonas no productivas (vestuarios, comedores, oficinas).
  • Vehículos de transporte de uso externo (coches, furgonetas, camiones).
  • Alquiler de licencias de software y software comercial básico habitual.
  • Accesorios informáticos, teléfonos móviles y ordenadores portátiles de previsible uso personal.
  • Ensayos de control de calidad, calibraciones rutinarias, formación o gastos de explotación normales.
  • Facturas y pagos individuales inferiores a 250 euros, o compras repetitivas de componentes con valor unitario inferior a 100 euros.

Criterios de valoración

Las solicitudes se puntúan sobre un baremo de criterios acumulativos:

  • Proyectos de transformación digital o tecnologías facilitadoras esenciales: 50 puntos.
  • Proyectos de innovación en diseño industrial, procesos, productos o servicios: 50 puntos.
  • Proyectos orientados a la internacionalización y exportación: 50 puntos.
  • Proyectos de mejora de imagen, marketing y comunicación comercial: 50 puntos.
  • Proyectos de desarrollo y optimización de la cadena logística y de suministro: 30 puntos.
  • Proyectos con componente de sostenibilidad y economía circular: 30 puntos.
  • Proyectos en municipios afectados por desindustrialización en los últimos 5 años: 30 puntos.
  • Microempresas y pequeñas empresas: 15 puntos.
  • Empresas jóvenes (menos de 3 años de existencia): 15 puntos.
  • Medidas de igualdad de género, no discriminación, accesibilidad o mejoras medioambientales: 15 puntos.
  • Calidad, claridad y grado de elaboración de la solicitud: 10 puntos.

Cómo solicitarla

  1. Accede a la sede electrónica del Gobierno de Aragón (https://www.aragon.es/tramites) y busca el procedimiento número 11379.
  2. Cumplimenta el formulario de solicitud electrónica utilizando un sistema de firma electrónica admitido.
  3. Adjunta la documentación requerida en formato PDF: escrituras de constitución, acreditación de representación (si aplica), modelo 200 del último Impuesto de Sociedades, ofertas de los proveedores para cada gasto y la lista de gastos en formato Excel (.xls).
  4. Acompaña la solicitud con una Memoria del Proyecto que contenga: información general de la empresa, memoria descriptiva y técnica, justificación de los criterios de valoración, memoria económica y el calendario de ejecución.
  5. Presenta la solicitud de forma telemática dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo para realizar las inversiones y gastos del proyecto?
El período subvencionable abarca desde el 1 de octubre de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2026, ambas fechas inclusive.
¿Puedo presentar un proyecto que ya he terminado antes de pedir la ayuda?
No. Debido a las normas de los fondos europeos FEDER, los proyectos no pueden haber concluido materialmente ni haberse ejecutado por completo antes de presentar la solicitud, aunque ya se hayan realizado pagos.
¿Qué requisitos de empleo debo cumplir para cobrar la subvención?
Es obligatorio mantener el nivel de empleo en Aragón. Se comparará la plantilla media de trabajadores del mes de finalización del proyecto con la de diciembre de 2025 (o del ejercicio 2025) y la diferencia no puede ser igual o inferior a -1.
¿Existe un presupuesto mínimo de ejecución para no perder la ayuda?
Sí, debes ejecutar y justificar al menos el 50% del presupuesto elegible aprobado. Si ejecutas menos de ese porcentaje sin haber solicitado una modificación previa, perderás el derecho al cobro.
¿Se admiten pagos en efectivo o facturas de poco importe?
No se admite ningún pago en efectivo. Además, por razones de economía administrativa, no se subvencionan facturas o pagos individuales inferiores a 250 euros.
¿Cuánto tiempo tengo para aceptar la ayuda si me la conceden?
Dispones de un plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la notificación de la concesión, para comunicar tu aceptación de forma telemática.

Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 885171 · Cómo elaboramos las fichas

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