Saltar al contenido
Guía de Ayudas

Illes Balears · FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ISLAS BALEARES (FOGAIBA)

Ayudas de minimis para la mejora genética del ganado bovino de aptitud lechera del año 2026

Quedan184 díasCierra el 26 de marzo de 2027
Cuantía máxima citada50.000 €Ver condiciones y tramos →

Resumen

Estas ayudas están diseñadas para apoyar a las explotaciones ganaderas de vacuno de leche en las Islas Baleares mediante la cofinanciación de la compra de dosis seminales de sementales frisones. El objetivo principal es impulsar la mejora genética de las ganaderías, lo que permite incrementar la eficiencia en el uso de los recursos y disminuir las emisiones contaminantes por unidad de producto.

La convocatoria va dirigida a los ganaderos y ganaderas que participen activamente en el programa de inseminación artificial promovido por el Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera de las Illes Balears (IRFAP). Interesa especialmente porque permite modernizar la cabaña ganadera y mejorar la competitividad del sector lácteo con un respaldo económico directo sobre la inversión en material genético.

Quién puede solicitarla

  • Personas físicas, jurídicas o agrupaciones de personas sin personalidad propia que sean titulares de explotaciones ganaderas.
  • Estar inscrito de forma definitiva en el Programa de soporte a la inseminación artificial para la mejora genética del ganado bovino lechero del año 2026 del IRFAP (con fecha de referencia de 31 de julio de 2026).
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones generales para recibir subvenciones públicas.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, autonómica y con la Seguridad Social.
  • No haber sido sancionado o condenado en los últimos tres años por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género.
  • En el caso de solicitar ayudas superiores a 30.000,00 €, cumplir con los plazos de pago previstos en la Ley de lucha contra la morosidad comercial.

Cuantía

La ayuda cubre el 50,00 % del gasto subvencionable realizado.

El importe máximo de la ayuda está limitado a 50.000,00 € por beneficiario.

Al tratarse de una ayuda bajo el régimen de minimis, el total de ayudas de esta categoría que reciba un mismo beneficiario no puede superar los 50.000,00 € durante cualquier período de tres años.

Gastos subvencionables

  • Gastos admitidos: La adquisición de dosis seminales para la mejora genética del ganado bovino de aptitud lechera, adquiridas a través del programa del IRFAP, que hayan sido efectivamente pagadas entre la fecha de publicación de la resolución de inscripción definitiva en el programa y el 26 de febrero de 2027.
  • Gastos excluidos: El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) no es subvencionable en ningún caso. Tampoco se permite la comercialización posterior de las dosis seminales adquiridas, las cuales deben destinarse exclusivamente a la inseminación de hembras de la propia explotación.

Criterios de valoración

Las solicitudes se resuelven mediante un procedimiento individual de selección (concesión directa por orden de entrada). No se establece un baremo de puntos comparativo; las ayudas se conceden y resuelven individualmente a medida que entran en el registro, siempre que se cumplan los requisitos y hasta que se agote el crédito total de la convocatoria, que asciende a 95.000,00 €.

Cómo solicitarla

  1. El plazo de presentación se inicia al día siguiente de publicarse en el BOIB la resolución de inscripción definitiva en el programa del IRFAP y finaliza el 26 de marzo de 2027.
  2. Accede al trámite telemático disponible en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (http://www.caib.es) si estás obligado a la relación electrónica, o utiliza los registros físicos autorizados si eres persona física y optas por esta vía.
  3. Rellena el formulario de solicitud oficial dirigido al FOGAIBA.
  4. Aporta la documentación requerida: NIF del solicitante, acreditación de la representación (si aplica), y la documentación específica para agrupaciones sin personalidad jurídica si es tu caso.
  5. Presenta la factura de compra de las dosis seminales emitida por el IRFAP y su correspondiente justificante de pago bancario (salvo que autorices expresamente al FOGAIBA para comprobarlo de oficio con el IRFAP).
  6. Si la ayuda supera los 30.000,00 €, adjunta la certificación o informe de auditoría que acredite el cumplimiento de los plazos de pago de la Ley de morosidad.

Ir a la sede electrónica para solicitarla →

Preguntas frecuentes

¿Puedo revender las dosis seminales que compre con esta ayuda?
No, las dosis seminales adquiridas bajo este programa no pueden ser objeto de comercialización y deben destinarse únicamente a la inseminación de las hembras de tu propia explotación.
¿El IVA de las facturas de compra es subvencionable?
No, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) queda excluido de la ayuda en todos los casos.
¿Qué plazo tengo para realizar y pagar la compra de las dosis?
El gasto debe realizarse y pagarse efectivamente entre la fecha en que se publique en el BOIB la resolución de inscripción definitiva en el programa del IRFAP y el 26 de febrero de 2027.
¿Cómo se demuestra que he pagado las dosis seminales?
Debes presentar la factura del IRFAP junto con un justificante bancario (extracto o transferencia) o, en su defecto, un certificado del director gerente del IRFAP que confirme la recepción del pago. Los pagos en efectivo solo se admiten si son iguales o inferiores a 1.000,00 € y están debidamente acreditados en la factura.
¿Qué pasa si se acaba el presupuesto de la convocatoria antes de que presente mi solicitud?
Al ser un procedimiento de concesión por orden de entrada, si se agota el crédito de 95.000,00 € antes de que termine el plazo, se suspenderá la concesión de nuevas ayudas mediante resolución publicada en el BOIB.

Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 923505 · Cómo elaboramos las fichas

Otras ayudas de agricultura, pesca y alimentación