Andalucia · AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA
ACUERDO DE JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE 5 DE JUNIO DE 2026 APRUEBA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A PROFESIONALES DEL TAXI POR LOS MAYORES GASTOS DE ADQUISICIÓN Y ADAPTACIÓN DE VEHÍCULOS ADAPTADOS A PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA. EJERCICIO 2026
Resumen
Esta ayuda del Ayuntamiento de Almería está diseñada para apoyar a los profesionales del taxi que realizan el esfuerzo económico de adquirir o adaptar vehículos para personas con movilidad reducida (eurotaxis). El objetivo es fomentar el transporte público accesible, garantizando que los ciudadanos con limitaciones funcionales dispongan de opciones de movilidad adecuadas en el término municipal.
La subvención compensa parte del sobrecoste que supone comprar un vehículo de mayor volumen (tipo furgoneta) en comparación con un turismo estándar, así como los gastos de la propia adaptación técnica. Es una excelente oportunidad para amortizar las inversiones realizadas en la flota adaptada y asegurar la rentabilidad del servicio.
Quién puede solicitarla
Puedes solicitar esta ayuda si cumples con los siguientes requisitos:
- Ser titular de una licencia municipal de auto taxi otorgada por el Ayuntamiento de Almería en activo (sin estar en situación de suspensión).
- Desempeñar el servicio de forma habitual y permanente en el municipio.
- Disponer de un vehículo adaptado a personas con movilidad reducida que esté homologado según las normativas técnicas vigentes.
- Haber adquirido el vehículo adaptado entre los años 2020 y 2026 (tomando como fecha la resolución de adscripción del vehículo a la licencia).
- Comprometerse a destinar el vehículo al servicio público de taxi durante un mínimo de 4 años desde su adquisición y hasta completar una vida útil de 6 años.
- No tener sanciones de transportes pendientes de pago ni deudas tributarias o con la Seguridad Social.
Cuantía
La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 21.117,81 €. Las cuantías máximas individuales por beneficiario se calculan según el año de adquisición del vehículo:
- Para vehículos adquiridos entre 2022 y 2026: Se subvenciona un máximo de una sexta parte (1/6) del sobrecoste de adquisición y una sexta parte (1/6) del gasto de adaptación. El sobrecoste se calcula restando 27.500 € (coste estimado de un turismo estándar) al precio de compra del vehículo adaptado (sin IVA).
- Para vehículos adquiridos entre 2020 y 2021 (que ya hayan recibido alguna ayuda municipal previa): El límite máximo es de 500 € por sobrecoste de adquisición y de 1.000 € por gastos de adaptación.
Si el total de solicitudes supera el presupuesto disponible, se dará prioridad absoluta a los vehículos adquiridos entre 2022 y 2026. Los de 2020-2021 solo recibirán ayuda si sobra crédito.
Gastos subvencionables
- Amortización del sobrecoste de adquisición de un vehículo adaptado de mayor volumen y capacidad (tipo furgoneta) en comparación con un modelo estándar.
- Amortización de los gastos de adaptación técnica del vehículo para que sea accesible a personas con movilidad reducida.
- Todos los importes se calculan sobre precios sin IVA.
- Quedan excluidos los vehículos adquiridos en 2019 o años anteriores por haber superado los 6 años de vida útil.
Criterios de valoración
El procedimiento de concesión se realiza en régimen de concurrencia competitiva. No se establece un baremo de puntos, sino un criterio de prioridad temporal y reparto proporcional:
- Primer grupo prioritario: Vehículos adaptados adquiridos entre 2022 y 2026. Si el presupuesto no alcanza para cubrir el 1/6 de sus costes, se reducirá la ayuda de forma proporcional entre todos ellos y el segundo grupo no recibirá nada.
- Segundo grupo: Vehículos adquiridos entre 2020 y 2021. Solo se beneficiarán si sobra presupuesto tras atender al primer grupo, realizándose un reparto proporcional si el remanente es insuficiente.
Cómo solicitarla
Para solicitar la ayuda, debes seguir estos pasos dentro del plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería:
- Prepara la documentación requerida:
- Copia del DNI.
- Justificante de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en la categoría de taxi.
- Alta censal en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
- Solicitud oficial cumplimentada (Anexo I) y Declaración responsable (Anexo III).
- Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social, Hacienda Estatal y Autonómica.
- Informe de la Junta de Andalucía que acredite la ausencia de sanciones de transporte pendientes.
- Documento de Alta de Acreedores firmado y certificado bancario de titularidad de la cuenta.
- Copia de la tarjeta de transporte interurbano vigente.
- Facturas originales de compra y adaptación del vehículo donde figure la matrícula.
- Presenta la solicitud de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Almería o mediante el Registro Electrónico Común (Red SARA).
- Si prefieres la vía presencial, acude al Registro General del Ayuntamiento de Almería (de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas) solicitando cita previa en su web.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué se considera fecha de adquisición del taxi adaptado?
- A efectos de esta subvención, se toma como fecha de adquisición el día en que se dictó la resolución de adscripción del vehículo a tu licencia de taxi.
- ¿Puedo pedir la ayuda si compré el vehículo de segunda mano?
- El texto no distingue entre vehículos nuevos o usados, pero exige que la adquisición y adscripción a la licencia se haya realizado entre 2020 y 2026, aportando las facturas originales de compra y adaptación.
- ¿Tengo que poner alguna publicidad en el coche si me dan la ayuda?
- Sí. Tienes la obligación de colocar una pegatina con el distintivo "Almería Accesible" en el salpicadero, junto a la matrícula y número de plazas, y mantenerla visible durante los 4 años siguientes a la concesión.
- ¿Cómo y cuándo se realiza el pago de la subvención?
- Se realiza un pago anticipado del 100% de la ayuda concedida, pero el Ayuntamiento retiene un 20% en concepto de garantía. Este 20% restante se te abonará una vez que presentes y se apruebe la justificación de los gastos.
- ¿Hasta cuándo tengo de plazo para presentar las facturas y justificar la ayuda?
- Debes presentar toda la documentación justificativa (memoria de actuación, facturas y justificantes de pago) antes del 28 de febrero de 2027.
- ¿Se admiten pagos en efectivo para justificar los gastos?
- Solo se aceptan pagos en metálico para facturas de un importe máximo de 500 € (IVA incluido). Estas facturas deben incluir la firma y sello del emisor con el término "Recibí". Los importes superiores deben pagarse obligatoriamente por transferencia o banco.
Ficha revisada el 2026-08-21 · Fuente: BDNS 913989 · Cómo elaboramos las fichas